INSTRUCTIVO PARA LA
INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS
PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO,
POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2005, UTILIZANDO EL SISTEMA DE
PRESENTACION
DEL DICTAMEN 2005 (SIPRED’2005), APLICABLE A LOS SIGUIENTES
TIPOS DE DICTAMENES:
A.
SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS
B.
INSTITUCIONES DE CREDITO
C.
INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS
D.
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS
E.
CASAS DE CAMBIO
F.
CASAS DE BOLSA
G.
SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS
H.
SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES
I.
SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE
DEUDA
J.
ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
I.- PAQUETE UTILIZADO PARA LA
GENERACION DEL DICTAMEN.
SIPRED’2005
� LA VERSION
SERA LA
PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACION.
II.- PRESENTACION DEL
DICTAMEN FISCAL.
LA PRESENTACION SE INTEGRA POR:
�
LOS ANEXOS DEL DICTAMEN GENERADO A TRAVES DEL SIPRED 2005.
�
LA OPINION DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINA Y EL INFORME SOBRE
LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.
�
EN SU CASO, INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.
III.- CARACTERISTICAS
GENERALES.
A.- NOMBRE DEL ARCHIVO.
LA INFORMACION SE INTEGRARA EN
UN SOLO ARCHIVO ENCRIPTADO Y ENSOBRETADO CON EXTENSION SB2,
EL CUAL SERA CONFORMADO POR 24 CARACTERES (INCLUYENDO EXTENSION)
Y CONTENDRA LA INFORMACION SEÑALADA EN EL PUNTO II ANTERIOR.
B.- LA INFORMACION CONTENIDA
EN CADA DICTAMEN SE INTEGRARA DE LA SIGUIENTE MANERA.
SOCIEDADES CONTROLADORAS Y
CONTROLADAS.
No. DE
REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
�
DATOS DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO.
|
|
|
|
�
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
� ESTADO
DE POSICION FINANCIERA. |
2.- |
� ESTADO
DE RESULTADOS. |
3.- |
� ESTADO
DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
� ESTADO
DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
� NOTAS A
LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS. |
6.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y
OTROS PRODUCTOS. |
7.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL COSTO
INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO. |
8.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
8.1.- |
�
DECLARATORIA. |
8.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
8.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
8.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y
SERVICIOS. |
9.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
9.1 |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
9.2 |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
10.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
10.1.- |
� BASE
DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
11.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
12.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
13.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
14.- |
� CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN). |
15.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
16.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
17.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
18.- |
�
INVERSIONES. |
19.- |
�
OPERACIONES CON CLIENTES. |
20.- |
�
OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.
|
21.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
21.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
22.- |
�
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME
AL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE, SOBRE LA BASE DE COSTOS
HISTORICOS O PREDETERMINADOS. |
23.- |
�
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME
AL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO, CON BASE EN COSTOS
HISTORICOS. |
24.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN
SU CARACTER DE SOCIEDAD CONTROLADORA. |
24.1.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. E I.A.
CONSOLIDADO. |
24.2.- |
�
IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO
CONSOLIDADO. |
25.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO CONSOLIDADO. |
26.- |
�
EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- DETERMINACION DEL
RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO O DE LA PERDIDA FISCAL
CONSOLIDADA. |
27.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS
ANTERIORES. |
28.- |
�
EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- INFORMACION SOBRE
CONSOLIDACION. |
29.- |
�
EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- OTRAS PARTIDAS DE
CONSOLIDACION. |
30.- |
�
EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- IMPUESTOS
ACREDITABLES. |
31.- |
�
PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS.
|
32.- |
� CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN CONSOLIDADA).
|
33.- |
�
ANALISIS DE DATOS DE LAS EMPRESAS PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO AL ACTIVO CONSOLIDADO. |
INSTITUCIONES
DE CREDITO.
No. DE REFERENCIA DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
� DATOS
DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO.
|
|
|
|
� DATOS
GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
� BALANCE
GENERAL. |
2.- |
� ESTADO
DE RESULTADOS. |
3.- |
� ESTADO
DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
� ESTADO
DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
� NOTAS A
LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
8.1.- |
� BASE
DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
11.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
12.- |
� CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN). |
13.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
14.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
15.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
16.- |
�
INVERSIONES. |
17.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
17.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
INSTITUCIONES DE SEGUROS Y
FIANZAS.
No. DE REFERENCIA DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
� DATOS
DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO. |
|
|
|
�
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
�
BALANCE GENERAL. |
2.- |
�
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
�
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
�
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
�
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
8.1.- |
�
BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
11.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
12.- |
�
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN). |
13.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
14.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
15.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
16.- |
�
INVERSIONES. |
17.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
17.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS.
No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
�
DATOS DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO. |
|
|
|
�
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
�
ESTADO DE POSICION FINANCIERA. |
2.- |
�
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
�
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
�
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
�
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y
SERVICIOS. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
8.1.- |
�
BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
11.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
12.- |
�
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
13.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
14.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
15.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
16.- |
�
INVERSIONES. |
17.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
17.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
18.- |
�
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME
AL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE, SOBRE LA BASE DE COSTOS
HISTORICOS O PREDETERMINADOS. |
19.- |
�
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME
AL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO, CON BASE EN COSTOS
HISTORICOS. |
CASAS DE CAMBIO.
No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS |
|
|
|
�
DATOS DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO. |
|
|
|
�
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
�
BALANCE GENERAL. |
2.- |
�
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
�
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
�
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
�
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.
|
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
8.1.- |
�
BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
11.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE
LA RENTA. |
12.- |
�
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
13.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
14.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
15.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
16.- |
�
INVERSIONES. |
17.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
17.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
CASAS DE BOLSA.
No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
�
DATOS DE IDENTIFICACION:
-
CONTRIBUYENTE.
-
REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR
PUBLICO.
- DESPACHO. |
|
|
|
�
DATOS GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
�
BALANCE GENERAL. |
2.- |
�
ESTADO DE RESULTADOS. |
3.- |
�
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
�
ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
�
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
RELACION DE PAGOS
PROVISIONALES. |
6.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
8.1.- |
� BASE
DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
11.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
12.- |
� CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
13.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
14.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
15.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
16.- |
�
INVERSIONES. |
17.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
17.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
SOCIEDADES CONTROLADORAS DE
GRUPOS FINANCIEROS.
No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
� DATOS
DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO. |
|
|
|
� DATOS
GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
� BALANCE
GENERAL. |
2.- |
� ESTADO
DE RESULTADOS. |
3.- |
� ESTADO
DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
� ESTADO
DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
� NOTAS A
LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
8.1.- |
� BASE
DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
11.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
12.- |
� CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
13.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
14.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
15.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
16.- |
�
INVERSIONES. |
17.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
17.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
SOCIEDADES DE INVERSION DE
CAPITALES.
No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
� DATOS
DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO. |
|
� DATOS
GENERALES. |
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
� BALANCE
GENERAL. |
2.- |
� ESTADO
DE RESULTADOS. |
3.- |
� ESTADO
DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
� ESTADO
DE VALUACION DE CARTERA. |
4.1.- |
� NOTAS A
LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
6.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO
AL VALOR AGREGADO. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
�
BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL
PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
11.- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS
SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA. |
12.- |
�
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
13.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS
ANTERIORES. |
14.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
14.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
SOCIEDADES DE INVERSION DE
RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA.
No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
� DATOS
DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- REPRESENTANTE LEGAL.
- CONTADOR PUBLICO.
- DESPACHO. |
|
� DATOS
GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
� BALANCE
GENERAL. |
2.- |
� ESTADO
DE RESULTADOS. |
3.- |
� ESTADO
DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE. |
4.- |
� ESTADO
DE VALUACION DE CARTERA. |
4.1.- |
� NOTAS A
LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE
RESULTADOS. |
6.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
6.1.- |
�
DECLARATORIA. |
6.2.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO. |
7.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
7.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
7.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
8.- |
� BASE
DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
9.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
10.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES
DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO |
DATOS A CONTENER |
|
DATOS FIJOS: |
|
|
|
� DATOS
DE IDENTIFICACION:
- CONTRIBUYENTE.
- OFICINA CENTRAL EN
EL EXTRANJERO.
- REPRESENTANTE
LEGAL.
- C.P.R.
- DESPACHO. |
|
|
|
� DATOS
GENERALES. |
|
|
|
INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A: |
|
|
1.- |
� ESTADO
DE POSICION FINANCIERA. |
2.- |
� ESTADO
DE RESULTADOS. |
3.- |
� ESTADO
DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO DE LA OFICINA CENTRAL
DEL EXTRANJERO EN EL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE. |
4.- |
� ESTADO
DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA. |
4.1.- |
� NOTAS A
LOS ESTADOS FINANCIEROS. |
5.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS. |
6.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y
OTROS PRODUCTOS. |
7.- |
�
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL COSTO
INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO. |
8.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR. |
8.1.- |
�
DECLARATORIA. |
8.2.- |
�
RELACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
8.3.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES. |
8.4.- |
�
DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y
SERVICIOS. |
9.- |
�
OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR. |
9.1.- |
� BASE
DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO. |
10.- |
�
RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR. |
11.- |
�
OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS. |
12.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA LAS EMPRESAS
QUE SE DEDICAN AL TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O
TERRESTRE, ARTICULO 30, 4o. y 5o. PARRAFOS L.I.S.R. |
13.- |
�
CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA
EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
14- |
�
CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN
ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. |
15.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS. |
15.1.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO. |
15.2.- |
�
IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES. |
16.- |
�
INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO. |
16.1.- |
�
OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS. |
17.- |
�
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME
AL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE, SOBRE LA BASE DE COSTOS
HISTORICOS O PREDETERMINADOS. |
18.- |
�
DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME
AL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO, CON BASE EN COSTOS
HISTORICOS. |
19.- |
�
AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES. |
20.- |
� CUENTA
DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN. |
21.- |
� CUENTA
DE REMESAS DE CAPITAL. |
22.- |
�
INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS. |
23.- |
�
OPERACIONES CON CLIENTES. |
24.- |
�
OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS. |
25.- |
�
INVERSIONES. |
26.- |
�
INFORMACION SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE
RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PRESTEN SERVICIOS DE
TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS
AMPARADO POR BOLETOS EMITIDOS POR OTRA LINEA AEREA |
26.1.- |
� DATOS
DE LA LINEA AEREA QUE EMITE LOS BOLETOS QUE AMPARAN EL
SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE
PERSONAS |
C.- FORMATO DE PRESENTACION
EN SIPRED’2005.
�
LA ESTRUCTURA INTERNA DE LA INFORMACION ESTA INTEGRADA POR LOS
DATOS DE IDENTIFICACION, DATOS GENERALES, ASI COMO LA
INFORMACION RELATIVA A LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, NOTAS A
LOS MISMOS, CONCILIACIONES Y RELACIONES; Y SE PRESENTARAN EN
FORMA LINEAL VERTICAL, CON BASE EN LAS REGLAS ESPECIFICAS CON
LAS QUE EL SISTEMA OPERA. ASIMISMO, CONTIENE LA OPINION Y EL
INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL
CONTRIBUYENTE, Y EN SU CASO, LA INFORMACION ADICIONAL AL
DICTAMEN.
D.- PRESENTACION DE LA INFORMACION.
�
LOS DICTAMENES DEBERAN ELABORARSE Y PREPARARSE PARA SU ENVIO
INVARIABLEMENTE MEDIANTE EL SISTEMA DENOMINADO SIPRED’2005,
DESARROLLADO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.
�
EN LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS SE PUEDEN ADICIONAR RENGLONES CON
INDICES O CON NOTAS, CONFORME A LAS NOTAS TECNICAS, PERO NO SE
PUEDEN ADICIONAR COLUMNAS.
�
CABE SEÑALAR QUE LOS IMPORTES DE LOS DATOS A PROPORCIONAR DE LOS
ANEXOS DEL DICTAMEN QUE NO SE OCUPEN PODRAN DEJARSE EN BLANCO O
BIEN ANOTAR CERO PARA EVITAR ERRORES DE OMISION DE LA CAPTURA,
EXCEPTO EN AQUELLOS INDICES, QUE EL PROPIO SISTEMA INDIQUE QUE
NO DEBEN DEJARSE EN BLANCO Y SE REQUERIRA QUE POR LO MENOS SE
ANOTE
UN CERO.
�
LA INFORMACION DEBERA PRESENTARSE RESPETANDO LA ESTRUCTURA DE
CONSTRUCCION Y ENCRIPTACION DE DATOS DEL SIPRED’2005. ASIMISMO,
POR NINGUN MOTIVO PODRA PRESENTARLA O EDITARLA CON ALGUN OTRO
SOFTWARE.
�
EN LA PRESENTACION DE LOS IMPORTES, SE PODRAN UTILIZAR FORMULAS,
SUMATORIAS Y CUALQUIER TIPO DE OPERACION O RUTINA QUE ESTE
INCLUIDA EN EL SIPRED’2005.
�
PARA DESCRIBIR LOS TEXTOS DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS
FINANCIEROS, LA DECLARATORIA DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL
CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR,
LA OPINION, EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL
DEL CONTRIBUYENTE Y LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN, PODRAN
UTILIZARSE CARACTERES ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, PARENTESIS,
CORCHETES, ETC.).
�
LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION
Y EL INFORME SE DEBERAN REQUISITAR OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS
CASOS Y DEBERAN CONTENER UN MINIMO DE 100 CARACTERES CAPTURADOS.
�
EN EL CASO DE UTILIZAR LA PANTALLA DE "INFORMACION ADICIONAL",
SE DEBERAN CAPTURAR AL MENOS 100 CARACTERES.
�
CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LAS ACOTACIONES DE LOS ESTADOS
FINANCIEROS, RELACIONES Y CONCILIACIONES QUE ESTARAN
RELACIONADAS CON LAS NOTAS A LOS MISMOS, SE ANOTARA LA
REFERENCIA INMEDIATAMENTE DESPUES DEL NOMBRE DE LA CUENTA O
SUBCUENTA QUE SE VA A REFERENCIAR INSERTANDO UNA NOTA POR MEDIO
DEL SISTEMA. EN LAS NOTAS RELACIONADAS CON CUENTAS ADICIONADAS
MEDIANTE INDICES AGREGADOS, SE DEBE INDICAR EL INDICE AL QUE SE
REFIERE LA NOTA. EJEMPLO:
NOTA DEL INDICE 011014...
�
TODOS LOS DATOS DE LAS CELDAS SE CAPTURARAN DE ACUERDO A LAS
REGLAS DE VALIDACION PROPIAS DEL SISTEMA.
IV.- CARACTERISTICAS ESPECIFICAS.
A.- LAS COLUMNAS.
�
SE DEBERA RESPETAR EL NUMERO DE COLUMNAS ESTABLECIDAS PARA CADA
UNO DE LOS ANEXOS ESPECIFICOS.
�
POR NINGUN MOTIVO SE DEBERAN INCORPORAR COLUMNAS NI ARCHIVOS O
ANEXOS EXTRAS.
�
LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA
OPINION, EL INFORME Y LA INFORMACION ADICIONAL, NO TENDRAN
COLUMNAS DE INDICES.
B.- LOS INDICES.
�
SE MANEJARAN ENTRE SEIS Y HASTA DIEZ CARACTERES, DEPENDIENDO DEL
TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE.
�
EL TRATAMIENTO DEL INDICE SERA COMO UN CARACTER ALFANUMERICO.
�
LA JUSTIFICACION DE LOS CARACTERES DE LOS INDICES SERA CENTRADA.
C.- LOS CONCEPTOS.
�
TODOS LOS TEXTOS UTILIZADOS SE PRESENTARAN EN LETRAS MAYUSCULAS
Y NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.). SE PODRAN CAPTURAR CON MINUSCULAS; SIN
EMBARGO, EL SIPRED’2005 AUTOMATICAMENTE LAS CONVIERTE A
MAYUSCULAS.
D.- LAS CANTIDADES.
�
LAS CIFRAS DE IMPORTES, PODRAN CONTENER FORMULAS; PERO NO SIGNOS
ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, CORCHETES O
PARENTESIS), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL
9.
�
LOS SIMBOLOS COMO LOS PARENTESIS, LOS SEPARADORES DE MILES,
ETC.; SOLAMENTE SERAN LOS QUE EL SISTEMA ASIGNE (SEGUN LA
CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).
�
LAS CANTIDADES NEGATIVAS, DEBERAN CAPTURARSE CON SIGNO NEGATIVO,
ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD, PERO PODRAN
VISUALIZARSE CON PARENTESIS (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL
USUARIO).
�
LOS CAMPOS NUMERICOS QUE CONTENGAN INFORMACION, SERAN
JUSTIFICADOS A LA DERECHA.
�
LOS IMPORTES, DEBERAN ANOTARSE EN MILES DE PESOS.
�
LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJES SE DEBERAN
CAPTURAR CON ENTEROS Y 2 DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE,
EXCEPTO EN LOS CASOS EN QUE DICHAS CANTIDADES REPRESENTEN UN
FACTOR DE ACTUALIZACION, LOS CUALES DEBERAN CONTENER ENTEROS Y 4
DECIMALES.
EJEMPLOS:
20% SE ESCRIBIRA 20.00
1.8% SE
ESCRIBIRA 1.80
2.76087 SE
ESCRIBIRA 2.7608
4.61430 SE
ESCRIBIRA 4.6143
V.- TERMINOLOGIA UTILIZADA.
ALFABETICO.- |
CUANDO SE CAPTURAN SOLO LETRAS. |
ALFANUMERICO.- |
CUANDO SE CAPTURA UNA COMBINACION DE
LETRA(S) Y/O NUMERO(S). |
NUMERICO.- |
CUANDO SE CAPTURAN SOLO NUMEROS. |
BACKUP.- |
RESPALDO DE INFORMACION. |
BYTES.- |
UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO
MAGNETICO EQUIVALENTE A 8 BITS (BINARY DIGIT) O A UN
CARACTER DE INFORMACION. |
CARACTER.- |
ES LA REPRESENTACION DE CUALQUIER LETRA O
NUMERO EN FORMA INDIVIDUAL. |
CELDA.- |
SE DEFINE POR LA INTERSECCION DE UNA
COLUMNA Y UN RENGLON. |
COPY (COPIAR).- |
INSTRUCCION QUE PERMITE COPIAR UNO O MAS
ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN
MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO. |
PASTE (PEGAR).- |
INSTRUCCION QUE PERMITE PEGAR UNO O MAS
ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN
MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO. |
DIRECTORIO.- |
ESTRUCTURA QUE AGRUPA UN CONJUNTO DE
ARCHIVOS O SUBDIRECTORIOS. |
DISCO MAGNETICO FLEXIBLE.- |
ES EL MEDIO DE ALMACENAMIENTO MAGNETICO,
LLAMADO TAMBIEN: DISCO, DISKETTE, FLOPPY, ETC. |
DISKCOPY.- |
INSTRUCCION QUE PERMITE HACER UNA COPIA
FIEL DE UN DISCO. |
INTERNET.- |
RED DE ALCANCE MUNDIAL QUE INTERCONECTA
UNA GRAN CANTIDAD DE EQUIPOS DE COMPUTO. |
ENCRIPTADO.- |
FORMATO DE ARCHIVO EL CUAL SIGUIENDO UN
CONJUNTO DE METODOS, SE OCULTA EL CONTENIDO DEL MISMO A
TODOS AQUELLOS A QUIEN NO ESTE DIRIGIDO. |
GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE
PUBLICA).- |
DOCUMENTO ELECTRONICO QUE CONTIENE UN
CONJUNTO DE INFORMACION A LA QUE SE LE HA FIJADO UNA
FIRMA DIGITAL. POR UNA AUTORIDAD CERTIFICADORA, EN ESTE
CASO EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, Y SE
UTILIZA PARA FIRMAR DOCUMENTOS ELECTRONICOS. RELACIONADA
EN FORMA INEQUIVOCA CON LA LLAVE PRIVADA. |
LLAVE PRIVADA.- |
CONTRASEÑA QUE PERMITE IDENTIFICAR JUNTO
CON LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE PUBLICA) QUE
EL REMITENTE Y DESTINATARIO DE LA INFORMACION SON
QUIENES DICEN SER. |
ENSOBRETADO O FIRMADO DIGITAL.- |
PROCESO DE INTEGRACION AL DICTAMEN FISCAL
DE LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL Y LLAVE PRIVADA DE UN
REMITENTE Y UNA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL DE UN
DESTINATARIO QUE PERMITA GARANTIZAR SU AUTENTICIDAD,
INTEGRIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y NO REPUDIACION DE LA
INFORMACION TRASMITIDA. |
KILOBYTE (KB).- |
UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO
EQUIVALENTE A 1024 BYTES. |
MEGABYTE (MB).- |
UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO
EQUIVALENTE A 1024 KILOBYTES. |
GENERAR DISCO.- |
CREAR A TRAVES DEL SISTEMA SIPRED, EL
DISCO MAGNETICO FLEXIBLE QUE CONTENGA LA INFORMACION DEL
DICTAMEN. |
RESPALDAR.- |
PROCEDIMIENTO O RUTINA QUE GENERA UNA
COPIA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION. |
RESTAURAR.- |
PROCEDIMIENTO O RUTINA DE RECUPERACION DE
DATOS A PARTIR DE UN RESPALDO. |
SUBDIRECTORIO.- |
ESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO QUE AGRUPA A
UN CONJUNTO DE ARCHIVOS. |
VI.- PROCEDIMIENTOS PARA
UTILIZAR EL SISTEMA SIPRED’2005.
PARA EFECTOS DE
UTILIZAR EL SIPRED’2005, SE PROCEDERA COMO SE INDICA A
CONTINUACION:
A.- REQUERIMIENTOS:
�
COMPUTADORA PERSONAL (PC).
�
MONITOR SVGA A COLOR (RECOMENDABLE).
�
PROCESADOR PENTIUM® A 500 Mhz O SUPERIOR.
�
128 MB DE MEMORIA RAM O SUPERIOR.
�
DISCO DURO CON 100 MB LIBRES PARA LA INSTALACION DEL SISTEMA,
CONSIDERANDO ADEMAS 4 MB APROXIMADAMENTE, POR CADA DICTAMEN QUE
SE CAPTURE O GENERE.
�
SISTEMA OPERATIVO MICROSOFT WINDOWS® 2000 O SUPERIOR.
�
IMPRESORA DE INYECCION DE TINTA O LASER COMPATIBLE CON MICROSOFT
WINDOWS®.
�
RATON INSTALADO.
�
MICROSOFT® EXCEL 2000 O MICROSOFT® OFFICE 2000.
�
MICROSOFT®
DE INTERNET EXPLORER VERSION 5.0 O SUPERIOR.
� CONEXION A
INTERNET A TRAVES DE ALGUN PROVEEDOR DE SERVICIOS.
B.- PROCEDIMIENTO DE
INSTALACION DEL SIPRED.
�
LA INSTALACION SE LLEVARA A CABO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES
SEÑALADAS EN EL PROCEDIMIENTO DE DESCARGA E INSTALACION DEL
SIPRED’2005 CONTENIDO EN EL APENDICE IV DE ESTE INSTRUCTIVO ASI
COMO EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SISTEMA.
C.- PROCEDIMIENTO DE ENTRADA.
1. ENCENDER EL EQUIPO DE COMPUTO.
2. EJECUTAR EL SIPRED’2005 DESDE EL GRUPO
DE PROGRAMAS GENERADO POR EL PROGRAMA DE INSTALACION:
INICIO-PROGRAMAS-SIPRED´2005.
3. SE PROCEDERA A LA GENERACION DE UN
DICTAMEN (NUEVO O A PARTIR DE UN EJERCICIO ANTERIOR) Y AL
LLENADO DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION (DEL CONTRIBUYENTE,
CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, REPRESENTANTE LEGAL), DATOS
GENERALES Y POSTERIORMENTE A LOS DEMAS ANEXOS DEL DICTAMEN.
APENDICE I CATALOGO DE
CLAVES DE ENTIDADES FEDERATIVAS.
01 |
AGUASCALIENTES |
|
06 |
COLIMA |
02 |
BAJA CALIFORNIA |
|
07 |
CHIAPAS |
03 |
BAJA CALIFORNIA SUR |
|
08 |
CHIHUAHUA |
04 |
CAMPECHE |
|
09 |
DISTRITO FEDERAL |
05 |
COAHUILA |
|
10 |
DURANGO |
11 |
GUANAJUATO |
|
22 |
QUERETARO |
12 |
GUERRERO |
|
23 |
QUINTANA ROO |
13 |
HIDALGO |
|
24 |
SAN LUIS POTOSI |
14 |
JALISCO |
|
25 |
SINALOA |
15 |
ESTADO DE MEXICO |
|
26 |
SONORA |
16 |
MICHOACAN |
|
27 |
TABASCO |
17 |
MORELOS |
|
28 |
TAMAULIPAS |
18 |
NAYARIT |
|
29 |
TLAXCALA |
19 |
NUEVO LEON |
|
30 |
VERACRUZ |
20 |
OAXACA |
|
31 |
YUCATAN |
21 |
PUEBLA |
|
32 |
ZACATECAS |
CABE
HACER MENCION, QUE EL SIPRED’2005 CUENTA CON ESTE CATALOGO DEL
CUAL SE PODRA ELEGIR EL ESTADO QUE CORRESPONDA.
APENDICE II CATALOGO DE CLAVES DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS
FISCALES.
PARA
LOS EFECTOS DE ESTE APENDICE, SE APLICARA EL CATALOGO DE CLAVES
DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS FISCALES, VIGENTE A LA FECHA DE
PRESENTACION DEL DICTAMEN, EL SIPRED CONTIENE DICHO CATALOGO
ACTUALIZADO, SEGUN EL ANEXO 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL
PARA 2005.
APENDICE III NOTAS TECNICAS.
GENERALES:
UTILIZACION DE SIGNOS NEGATIVOS.
� CUANDO LAS
CUENTAS ACREEDORAS TENGAN SALDO DEUDOR O BIEN LAS CUENTAS
DEUDORAS TENGAN SALDO ACREEDOR, SE LES ANTEPONDRA EL SIGNO
NEGATIVO Y CUANDO SE TRATE DE CUENTAS QUE SU SALDO PUEDA SER
TANTO ACREEDOR COMO DEUDOR, SE DEBERA PONER EL SIGNO NEGATIVO EN
DICHA CUENTA CUANDO:
- REPRESENTE UN SALDO
DEUDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA
CLASIFICACION DE CUENTAS ACREEDORAS.
- REPRESENTE UN SALDO
ACREEDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA
CLASIFICACION DE CUENTAS DEUDORAS.
� PARA
EFECTOS DE UNA MEJOR VISUALIZACION, EL SISTEMA PERMITE VER LAS
CANTIDADES NEGATIVAS ENTRE PARENTESIS.
UTILIZACION DE INDICES.
� POR NINGUN
MOTIVO SE PODRAN AGREGAR INDICES DENOMINADOS TOTAL, QUE POR
ESENCIA REFLEJEN EL IMPORTE DE UN GRUPO DE CUENTAS Y/O
SUBCUENTAS.
� TAMPOCO SE
PODRA UTILIZAR UN INDICE YA PREESTABLECIDO PARA SER OCUPADO POR
OTRO CONCEPTO, SIN EMBARGO, DENTRO DE ESTOS GRUPOS PODRAN
INCORPORARSE AQUELLOS QUE SE REQUIERAN Y QUE ESTE PERMITIDO
CONFORME A LAS REGLAS QUE MAS ADELANTE SE INDICAN.
� CADA INDICE
SE COMPONE DE SEIS A DIEZ CARACTERES, SEGUN EL TIPO DE DICTAMEN
DE QUE SE TRATE, QUE IDENTIFICAN DE MANERA UNICA A CADA
CONCEPTO.
� EL
SIPRED’2005 PERMITIRA ADICIONAR RENGLONES PERO NO PERMITIRA
ADICIONAR COLUMNAS.
� LOS
RENGLONES QUE REPRESENTEN TITULOS NO LLEVAN INDICE Y POR LO
TANTO EL SIPRED’2005 NO PERMITIRA ANOTAR EN ELLOS NINGUNA
CANTIDAD.
CONSTRUCCION DE NUEVOS INDICES.
� EN AQUELLOS
CASOS EN QUE EL CONTRIBUYENTE TUVIESE EN SU CONTABILIDAD NOMBRES
DE CUENTAS DIFERENTES A LAS QUE SE MENCIONAN EN LOS ANEXOS DE
INFORMACION OFICIALES QUE INTEGRAN EL FORMATO GUIA DEL DICTAMEN
FISCAL, DEBERA UBICAR DICHAS CUENTAS EN LOS CONCEPTOS DE DICHO
FORMATO QUE POR SU NATURALEZA SEAN ANALOGOS A LAS CUENTAS QUE SE
DESEAN INCORPORAR, RESPETANDO LOS INDICES Y CONCEPTOS YA
ESTABLECIDOS.
� ASIMISMO
PODRA CONSTRUIR NUEVOS CONCEPTOS, ASIGNANDOLES UN NUEVO INDICE
CONFORME A LA DEFINICION DE INDICES ANTES SEÑALADA, SIEMPRE Y
CUANDO NO HAYA PODIDO UBICARLOS COMO SE INDICA EN EL PARRAFO
ANTERIOR.
LAS
NOTAS TECNICAS QUE A CONTINUACION SE MENCIONAN SERAN APLICABLES
PARA LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE CONTENGAN LA INFORMACION O
DATOS A QUE SE REFIERE CADA UNA DE ELLAS.
DATOS GENERALES.
� PARA
EFECTOS DE LLENAR LOS RENGLONES DENOMINADOS “SECTOR ECONOMICO AL
QUE PERTENECE” Y “NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO”, SE DEBERA TOMAR
EN CUENTA LA DESCRIPCION QUE AL EFECTO SE HACE EN EL ANEXO No. 6
DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL VIGENTE PARA 2005.
RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO
DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.
� EN ESTA
RELACION, CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS ENTRE LA COLUMNA “IMPUESTO
DETERMINADO POR AUDITORIA” Y LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O
SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, EN UNO O MAS
INDICES DE LOS CAPITULOS:
-IMPUESTO SOBRE LA RENTA
-IMPUESTO AL ACTIVO.
SE DEBERAN REPORTAR LAS
DIFERENCIAS DETECTADAS EN CADA UNO DE LOS INDICES DE DICHOS
CAPITULOS, INCLUYENDO EL DEL “IMPUESTO A CARGO DEL EJERCICIO” O
EL DE “IMPUESTO A FAVOR DEL EJERCICIO”, EN LA COLUMNA DE
“DIFERENCIA”, EN EL INDICE CORRESPONDIENTE.
LA INFORMACION QUE SE REVELE
EN LOS INDICES CORRESPONDIENTES A LA COLUMNA “CONTRIBUCION A
CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, DEBERA
CORRESPONDER A LOS IMPUESTOS EFECTIVAMENTE PAGADOS POR EL
CONTRIBUYENTE.
�
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO
ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.
PARA EFECTOS DE LAS
CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE POR CONCEPTO DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE
PRODUCCION Y SERVICIOS, SE DEBERA REPORTAR EN LAS COLUMNAS
“IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA” Y “CONTRIBUCION A CARGO O
SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, LA SUMATORIA DE
LAS CIFRAS MENSUALES RELATIVAS A LOS IMPUESTOS CAUSADOS,
CORRESPONDIENTE A LOS PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS DEL EJERCICIO.
�
IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR INVERSIONES EN
TERRITORIOS CON REGIMENES FISCALES PREFERENTES.
EN RELACION CON ESTE
CONCEPTO, SE DEBERA CONSIDERAR COMO BASE GRAVABLE LA SUMA DE LOS
INGRESOS ACUMULABLES Y/O RESULTADOS FISCALES DE TODAS AQUELLAS
INVERSIONES MANTENIDAS POR EL CONTRIBUYENTE EN DICHOS
TERRITORIOS, LA SUMATORIA DEL IMPUESTO CAUSADO POR CADA UNA DE
LAS INVERSIONES POR LAS QUE SE GENERO BASE GRAVABLE Y EL
IMPUESTO PAGADO EN EL EJERCICIO. SE DEBERAN OMITIR, EN SU CASO,
LAS INVERSIONES EN LAS QUE SE HAYA GENERADO O AMORTIZADO
PERDIDAS, ES DECIR, UNICAMENTE SE CONSIDERARAN LAS INVERSIONES
QUE HAYAN GENERADO BASE GRAVABLE PARA LA CAUSACION O ENTERO DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y/O DETERMINACION DE PAGOS
MENSUALES DEFINITIVOS
� CUANDO EN
EL ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE
COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR”, SE CONSIGNEN
DIFERENCIAS ENTRE CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR
DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y EL IMPUESTO DETERMINADO POR
AUDITORIA, POR CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES O DE PAGOS
MENSUALES DEFINITIVOS, SE DEBERA PROPORCIONAR LA INFORMACION
SOLICITADA EN LOS ANEXOS DENOMINADOS “DETERMINACION DE PAGOS
PROVISIONALES” O “DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO” Y EN SU CASO “IMPUESTO ESPECIAL
SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS”, ANALIZANDOLA, TAL COMO SE INDICA
EN EL ANEXO, POR MES AL QUE CORRESPONDE LA DIFERENCIA,
UNICAMENTE DE AQUELLOS PAGOS PROVISIONALES O DEFINITIVOS EN LOS
QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DETERMINE DIFERENCIAS A
CARGO, CON MOTIVO DE SU REVISION.
LO ANTERIOR SIEMPRE Y
CUANDO DICHAS DIFERENCIAS NO SE HAYAN PAGADO A LA FECHA DE
PRESENTACION DEL DICTAMEN.
SI POR EL CONTRARIO, EN EL
ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO
SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR”, NO SE CONSIGNAN
DIFERENCIAS ENTRE EL IMPUESTO DECLARADO POR EL CONTRIBUYENTE Y
EL IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA POR CONCEPTO DE PAGOS
PROVISIONALES O DEFINITIVOS, NO SE PROPORCIONARA LA INFORMACION
DE LOS ANEXOS DENOMINADO “DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES”
Y “DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO” Y EN SU CASO “DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y
SERVICIOS”.
RELACION DE CONTRIBUCIONES
POR PAGAR.
�
LAS CONTRIBUCIONES QUE AL CIERRE DEL EJERCICIO DICTAMINADO ESTEN
PENDIENTES DE PAGO, SE RELACIONARAN EN EL ANEXO DENOMINADO
“RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, IDENTIFICANDOLAS POR
TIPO DE CONTRIBUCION Y DENTRO DE ESTA, POR MES, EJERCICIO O
PERIODO DE CAUSACION, INDICANDO SU IMPORTE, FECHA DE PAGO Y
NOMBRE DE LA INSTITUCION DE CREDITO EN EL QUE SE EFECTUO EL
PAGO, O EN SU CASO, NUMERO DE LA OPERACION, O BIEN, DEJANDO EN
BLANCO ESTOS DATOS CON EXCEPCION DEL IMPORTE, CUANDO NO SE
HUBIERA CUBIERTO LA CONTRIBUCION A LA FECHA DE LA PRESENTACION
DEL DICTAMEN.
�
LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTEN EFECTUANDO EL PAGO EN
PARCIALIDADES, DE UNA O MAS CONTRIBUCIONES, DEBERAN ANOTAR LOS
DATOS DEL AVISO DE OPCION, (FORMULARIO 44): NUMERO DE FOLIO,
FECHA DE PRESENTACION Y LA ADMINISTRACION RECEPTORA, ASI COMO
LOS DATOS DE LA AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES, INDICANDO
EL NUMERO DEL OFICIO Y LA FECHA.
EJEMPLO:
SE TIENE EL CASO DE UN
CONTRIBUYENTE QUE PRESENTA DICTAMEN DE SOCIEDADES CONTROLADORAS
Y CONTROLADAS POR TRATARSE DE UNA SOCIEDAD CONTROLADA, CON LOS
SUPUESTOS SIGUIENTES:
- SE LE DETERMINO, CON MOTIVO DEL DICTAMEN, UNA
DIFERENCIA DE I.S.R. A CARGO, QUE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL
DICTAMEN NO SE HA CUBIERTO.
- AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO LOS
PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. A SU CARGO, DE LOS MESES DE
NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, MISMOS QUE QUEDAN CUBIERTOS EN EL MES DE
ENERO DEL AÑO SIGUIENTE Y DE LOS CUALES SE PRESENTA UNA
DECLARACION COMPLEMENTARIA EN EL MES DE MARZO DEL AÑO SIGUIENTE.
- AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO EL
ENTERO DE LAS RETENCIONES DEL I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS DE
DICIEMBRE, MISMAS QUE QUEDARON CUBIERTAS EN EL MES DE ENERO DEL
AÑO SIGUIENTE.
ESTOS DATOS SE REFLEJARAN EN EL
ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, EN LOS INDICES Y
CON LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:
|
IMPUESTO SOBRE LA RENTA |
|
111020 |
DETERMINADO AL CIERRE POR DICTAMEN |
SE LLENARA UNICAMENTE LA COLUMNA DE
IMPORTE |
111030 |
PAGO PROVISIONAL DE NOVIEMBRE DE 2005 |
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE
IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE
PAGO |
111031 |
PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE
NOVIEMBRE DE 2005 |
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE
IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE
PAGO |
111032 |
PAGO PROVISIONAL DE DICIEMBRE DE 2005 |
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE
IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE
PAGO |
111033 |
PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE
DICIEMBRE DE 2005 |
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE
IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE
PAGO |
|
IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR
SALARIOS Y EN GENERAL POR LA
PRESTACION DE UN SERVICIO
PERSONAL SUBORDINADO EN SU
CARACTER DE RETENEDOR |
|
111070 |
CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE
DE 2005 |
SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE
IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE
PAGO |
OPERACIONES DE COMERCIO
EXTERIOR.
�
EN EL ANEXO “OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR”, LOS DATOS QUE SE
SOLICITAN SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA UNO DE LOS
AGENTES ADUANALES Y DENTRO DE CADA AGENTE ADUANAL AGRUPADOS POR
PAIS DE ORIGEN Y PROCEDENCIA, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES EN
QUE INTERVINO Y CONSIGNANDOLAS EN EL (LOS) RENGLON(ES) QUE LES
CORRESPONDA.
BASE DETERMINADA DE PAGOS AL
EXTRANJERO.
�
EN EL ANEXO “BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO”, LOS DATOS
SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO,
GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR CONCEPTO DE PAGO Y POR TASA DE
IMPUESTO RETENIDO CONSIGNANDOLAS EN EL RENGLON QUE LES
CORRESPONDA.
AMORTIZACION DE PERDIDAS.
�
LOS CONTRIBUYENTES QUE AMORTICEN EN ESTE EJERCICIO PERDIDAS DE
EJERCICIOS ANTERIORES, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA
INFORMACION SOLICITADA EN EL ANEXO DENOMINADO “AMORTIZACION DE
PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES”.
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL
NETA.
� POR LO QUE
RESPECTA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA
INTEGRACION DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 88 DE LA
LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y A LA REGLA 3.6.2 DE LA
RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2005.
� PARA
EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE DISTRIBUYAN O PERCIBAN
DIVIDENDOS, SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA
EXISTENTES, CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A
LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA OPERACIONAL
CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, ENTRE EL CONCEPTO “FACTOR DE
ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS” Y EL
CONCEPTO “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE
DIVIDENDOS”.
EJEMPLO:
EN EL DICTAMEN APLICABLE A
INSTITUCIONES DE CREDITO (BANCOS), ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN
COMO SIGUE:
K000000425 FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN
QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS
K000000475 SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE
QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS
K000000500 DIVIDENDOS COBRADOS
K000000550 SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES
DEL COBRO DE DIVIDENDOS
�
LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION, SERA OBLIGATORIA PARA
AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS.
INTEGRACION DE CIFRAS
REEXPRESADAS.
� LOS
CONTRIBUYENTES QUE REEXPRESEN LAS CIFRAS DE SUS ESTADOS
FINANCIEROS BASICOS, CONFORME AL BOLETIN B-10 DE LOS PRINCIPIOS
DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS Y SUS DOCUMENTOS DE
ADECUACIONES, ASI COMO AQUELLAS INSTITUCIONES QUE LA COMISION
NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y/O LA COMISION NACIONAL DE
SEGUROS Y FIANZAS, LES ESTABLEZCA EN SUS CRITERIOS DE
CONTABILIDAD, LA OBLIGATORIEDAD DE REFLEJAR EL EFECTO DE LA
INFLACION EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS; DEBERAN
PROPORCIONAR LA INFORMACION DE CIFRAS HISTORICAS Y CIFRAS
REEXPRESADAS EN EL ANEXO DE “INTEGRACION DE CIFRAS
REEXPRESADAS”.
� DICHA
INTEGRACION CONSISTIRA EN REFLEJAR EL AJUSTE DE CARGO O ABONO
DERIVADO DE LOS EFECTOS DE REEXPRESION QUE FUERON MOTIVO DE
REVISION EN LA AUDITORIA DEL EJERCICIO DEL QUE SE TRATE Y QUE SE
ASIENTAN EN SU HOJA DE TRABAJO, ASIMISMO, EN LAS NOTAS A LOS
ESTADOS FINANCIEROS, SE INCLUIRA LA REVELACION DE QUE LA
INFORMACION PROPORCIONADA POR REEXPRESION, SE PRESENTA EN PESOS
DE PODER ADQUISITIVO DE COMPRA DE CIERRE DEL ULTIMO EJERCICIO O
QUE ESTOS NO INCLUYEN LOS EFECTOS DE LA APLICACION DEL BOLETIN
B-10 Y SUS DOCUMENTOS DE ADECUACIONES, O BIEN EL DE LA ULTIMA
ACTUALIZACION.
OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS.
�
EN EL ANEXO “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”, SE DEBERAN
ADICIONAR TANTOS INDICES COMO PARTES RELACIONADAS CON LAS QUE
HUBIESE REALIZADO ALGUN TIPO DE OPERACION DURANTE EL EJERCICIO,
YA SEA DE INGRESOS O DE EGRESOS, VALUADOS EN MILES DE PESOS DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES DECIR, LA COLUMNA
CORRESPONDIENTE AL “MONTO DE LA OPERACION”, DEBERA CONTENER LOS
IMPORTES DE LAS OPERACIONES REALIZADAS Y/O DEVENGADAS EN EL
EJERCICIO.
ASIMISMO, EN LA COLUMNA QUE SE REFIERE AL “NUMERO
DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC”, SE ANOTARA PARA EL PRIMER CASO,
EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA LA PARTE
RELACIONADA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS
DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA NO UTILICE DICHA CLAVE, SE
ANOTARA N/A. EN EL SEGUNDO CASO, SE ANOTARA EL REGISTRO
FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, CUANDO LA PARTE RELACIONADA SEA UN
RESIDENTE EN TERRITORIO NACIONAL.
POR LO QUE SE REFIERE A LA COLUMNA “TIPO DE
OPERACION”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y DESCRIPCION QUE
CORRESPONDA AL TIPO DE OPERACION REALIZADA, DE CONFORMIDAD CON
EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE V.
HOJA DE CAPTURA DE
INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.
� ESTA HOJA
DE CAPTURA DE TEXTO LIBRE, SE UTILIZARA PARA PROPORCIONAR
INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN, COMO PUEDE SER LA QUE
PROPORCIONAN LAS SOCIEDADES QUE SE ESCINDAN O FUSIONEN, A QUE SE
REFIERE EL ARTICULO 51, FRACCION III, INCISOS g) O h)
RESPECTIVAMENTE, DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE LA
FEDERACION.
ESPECIFICAS:
APLICABLES AL DICTAMEN DE
SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.
ESTADO DE VARIACIONES EN EL
CAPITAL CONTABLE.
� DEBIDO A LA
LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN EL
ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE SE HA INCLUIDO UNA
COLUMNA PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, LA CUAL PODRA
UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO AGREGAR CUENTAS QUE NO TENGAN
UNA COLUMNA ESPECIFICA. EJEMPLO: “PRIMAS EN VENTA DE ACCIONES”.
� QUIEN ANOTE
CANTIDADES EN LA COLUMNA DE “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, DEBIDO A
QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA
INTEGRACION DE LAS MISMAS, SE DEBERA PRESENTAR INMEDIATAMENTE
DESPUES DEL INDICE 033070 “RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO
MONETARIOS”, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE
LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHO SALDO Y EN LA COLUMNA DE
REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE DE CADA CUENTA.
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
SUBCUENTAS DE GASTOS.
�
EL IMPORTE QUE SE ANOTE EN EL CONCEPTO DE GASTOS “VARIOS”·,
DENTRO DEL GRUPO DE “OTROS GASTOS”·, NO DEBERA EXCEDER DEL 5%
DEL TOTAL DE LOS GASTOS DE QUE SE TRATE, POR LO QUE EN CASO DE
QUE EXISTAN OTROS CONCEPTOS DE GASTOS NO CONTEMPLADOS EN ESTE
ANEXO, SE DEBERAN ADICIONAR LOS INDICES NECESARIOS PARA
DETALLARLOS.
INCORPORACION DE SUBCUENTAS
EN LOS ANALISIS COMPARATIVOS DE GASTOS.
� LOS
CONTRIBUYENTES QUE POR SU GIRO O CONTROL INTERNO REQUIERAN DE
AGREGAR SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS COMPARATIVOS DE GASTOS,
PODRAN ADICIONAR DICHAS SUBCUENTAS DENTRO DEL ANALISIS DE GASTOS
DE LA CUENTA A LA QUE CORRESPONDA, ESTO ES:
- SI LA SUBCUENTA QUE SE DESEA INCORPORAR
CORRESPONDE A GASTOS DE VENTA, SE DEBERA AGREGAR DENTRO DEL
RUBRO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA QUE SE DESEA
ADICIONAR, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL ULTIMO INDICE SEÑALADO EN
DICHO RUBRO Y ANTES DEL TOTAL, EN LA COLUMNA DE GASTOS DE VENTA
DEL ANEXO “ANALISIS COMPARATIVO DE GASTOS”.
- SI SE DESEA ADICIONAR LA SUBCUENTA DE “PRIMA
DOMINICAL DE GASTOS DE VENTA”, SE ADICIONARA DENTRO DEL RUBRO DE
REMUNERACIONES POR TENER LA MISMA NATURALEZA DE LAS SUBCUENTAS
QUE SE INCLUYEN EN ESTE CAPITULO.
- EN EL CASO DE QUE NO EXISTA UN RUBRO O GRUPO DE
SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA DE LA SUBCUENTA QUE SE
DESEA ADICIONAR, EN ESTE CASO, SE INCORPORARA EN EL RUBRO DE
OTROS GASTOS.
- LA CANTIDAD SE ANOTARA EN LA COLUMNA
CORRESPONDIENTE A GASTOS DE VENTA, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL
ULTIMO INDICE SEÑALADO EN DICHO RUBRO.
INFORMACION RELATIVA A
IMPUESTOS DE CONTRIBUYENTES QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.
EN RELACION A LA INFORMACION DEL
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SE DEBERA CONSIDERAR LO SIGUIENTE:
� ANEXO No.
8.1:
- EN EL ANEXO 8.1 DECLARATORIA, SE DEBERA
REFLEJAR LA REVISION DE LOS IMPUESTOS DE LA CONTROLADORA O
CONTROLADA, COMO ENTE INDIVIDUAL Y LA REVISION DE LOS IMPUESTOS
DICTAMINADOS EN LA CONSOLIDACION FISCAL EN EL CASO DE LA
SOCIEDAD CONTROLADORA.
CUENTA DE UTILIDAD FISCAL
NETA, CUFIN CONSOLIDADA.
� LAS
SOCIEDADES CONTROLADORAS, DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION
QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL
NETA, CUFIN CONSOLIDADA, CONTENIDA EN EL ANEXO 32, CON UNA
INTEGRACION DE LA MISMA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 57-H DE
LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE HASTA 2001 Y EL
ARTICULO 69 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE EN
2005.
CONCILIACION ENTRE EL
RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA
RENTA.
� CUANDO EL
CONTRIBUYENTE DETERMINE PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA LLENAR
ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 120140 “PERDIDA FISCAL”, CONCLUYENDO
LA CONCILIACION POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA
PERDIDA FISCAL EN EL INDICE 120170 “RESULTADO FISCAL”.
AMORTIZACION DE PERDIDAS.
�
LAS SOCIEDADES CONTROLADORAS DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION
SOLICITADA EN LOS ANEXOS 15 Y 27 DENOMINADOS “AMORTIZACION DE
PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES” Y “AMORTIZACION DE PERDIDAS
CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, AUN Y CUANDO EN ESTE
EJERCICIO NO HAYAN AMORTIZADO PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.
�
LAS SOCIEDADES CONTROLADAS DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION
SOLICITADA, EN EL ANEXO 15 DENOMINADO “AMORTIZACION DE PERDIDAS
DE EJERCICIOS ANTERIORES”, AUN Y CUANDO EN ESTE EJERCICIO NO
HAYAN AMORTIZADO PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.
OPERACIONES CON CLIENTES Y
OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.
�
LA INFORMACION DE ESTOS ANEXOS SE REFERIRA A LAS OPERACIONES
CELEBRADAS EN EL EJERCICIO, CON LOS 1500 PRINCIPALES CLIENTES Y
CON LOS 1500 PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS SIN
INCLUIR EL I.V.A., A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 86 FRACCION VIII
DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SE PROPORCIONARA
ATENDIENDO A LAS INSTRUCCIONES QUE SE INDICAN EN LA DECLARACION
DE OPERACIONES CON CLIENTES Y PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.
APLICABLES A LOS DICTAMENES
DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR FINANCIERO.
DEFINICION DE INDICES PARA LA
INCORPORACION DE NUEVAS CUENTAS Y SUBCUENTAS AL FORMATO GUIA DEL
DICTAMEN FISCAL.
�
EN LO REFERENTE A LOS INDICES PARA CADA UNA DE LAS CUENTAS DE
LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, ANALISIS, CONCILIACIONES Y
RELACIONES, DEBERAN IDENTIFICARSE TAL Y COMO SE ESTABLECE EN LAS
REGLAS ESPECIFICAS PARA CADA UNO DE ELLOS. ESTOS INDICES NO
DEBERAN MODIFICARSE, SIN EMBARGO, EL CONTADOR PUBLICO PODRA
INTERCALAR LAS CUENTAS QUE CONSIDERE NECESARIAS USANDO EL NUMERO
ASIGNADO POR LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES O POR LA
COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SEGUN EL CATALOGO DE
CUENTAS AUTORIZADO, O BIEN, TRATANDOSE DE UN CONCEPTO QUE NO
TENGA NUMERO DE CUENTA, ASIGNANDOLE EL NUMERO CONSECUTIVO QUE LE
CORRESPONDA DE ACUERDO A LOS MARGENES ESTABLECIDOS ENTRE CADA
UNO DE ELLOS, SIEMPRE Y CUANDO NO MODIFIQUE LOS ESTABLECIDOS POR
LA AUTORIDAD.
APLICACION DE REGLAS DE
AGRUPACION Y CATALOGOS DE CUENTAS AUTORIZADOS POR LA COMISION
NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, Y LA DE SEGUROS Y FIANZAS.
�
LOS CONTRIBUYENTES A EFECTO DE DETERMINAR LOS IMPORTES QUE
REFLEJARAN EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, RELACIONES,
ANALISIS Y CONCILIACIONES, SE APEGARAN EN SU CASO, A LAS REGLAS
DE AGRUPACION Y AL CATALOGO DE CUENTAS AUTORIZADO POR LAS
COMISIONES ANTES SEÑALADAS, VIGENTE EN EL EJERCICIO DICTAMINADO.
INSTITUCIONES DE SEGUROS Y
FIANZAS.
ANALISIS COMPARATIVO DE LAS
CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.
�
CON EL PROPOSITO DE RECONOCER EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS
LOS EFECTOS DE LA INFLACION EN LA INFORMACION FINANCIERA, EN EL
SIPRED’2005 SE HAN ABIERTO INDICES ALFANUMERICOS EN AQUELLAS
CUENTAS EN LAS CUALES SE DEBERA ANOTAR LAS CANTIDADES QUE
CORRESPONDAN PARA TALES EFECTOS.
�
EN LAS CUENTAS DEUDORAS Y ACREEDORAS DE RESULTADOS EN LAS QUE
SEA NECESARIO AGREGAR INDICES PARA REFLEJAR LOS EFECTOS DE LA
INFLACION, SE ANOTARA LA ACTUALIZACION EN EL INDICE SIGUIENTE AL
ULTIMO ANOTADO EN EL GRUPO DE SUBCUENTAS O SUBSUBCUENTAS
RESPECTIVO.
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO
BANCARIOS.
�
DEBIDO A LA SIMILITUD EN LA DENOMINACION DE LAS DIVERSAS CUENTAS
QUE INTEGRAN LOS CATALOGOS DE CUENTAS DE ALMACENES GENERALES DE
DEPOSITO, EMPRESAS DE FACTORAJE FINANCIERO, ARRENDADORAS
FINANCIERAS Y UNIONES DE CREDITO Y CON LA FINALIDAD DE
SIMPLIFICAR LA INFORMACION QUE CONTIENE EL DICTAMEN FISCAL
APLICABLE A DICHAS INSTITUCIONES; SE HIZO NECESARIO CONSOLIDAR
EN UN SOLO DICTAMEN TODA LA INFORMACION PARA EL EJERCICIO DE
2002, AL CUAL SE LE DIO EL NOMBRE DE “INTERMEDIARIOS FINANCIEROS
NO BANCARIOS”, PARA EL EJERCICIO DE 2005 SE REVALIDA SU
VIGENCIA.
APLICABLES A LOS DICTAMENES
DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.
AEROLINEAS.
�
POR LO QUE RESPECTA A LAS AEROLINEAS DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO, PRESENTARAN LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS CUATRO
ESTADOS FINANCIEROS BASICOS CONSIDERANDO, PARA ELLO, QUE EL
SIPRED PERMITE ADICIONAR LOS RENGLONES QUE JUZGUEN CONVENIENTES,
CON EL FIN DE ADECUARLOS DEPENDIENDO SUS NECESIDADES.
DATOS DE IDENTIFICACION.
�
EN EL RENGLON DE “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL” DE LA OFICINA
CENTRAL EN EL EXTRANJERO, SE PODRA OMITIR EL LLENADO DE ESTE
CAMPO, EN CASO DE QUE LA AUTORIDAD FISCAL DEL PAIS DONDE SE
ENCUENTRA UBICADA O SEA RESIDENTE LA OFICINA CENTRAL DEL
ESTABLECIMIENTO PERMANENTE DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO NO
ASIGNE A DICHAS OFICINAS CENTRALES NUMERO DE IDENTIFICACION
FISCAL.
DETERMINACION DE PAGOS
DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL
SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.
�
EN EL INDICE 084020 “VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES AL 25%
GRAVADOS A LA TASA DEL 15%”, POR LO QUE SE REFIERE A LAS LINEAS
AEREAS, CONSIDERARAN UNICAMENTE LA PARTE QUE DE CONFORMIDAD CON
EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO, CORRESPONDA AL SERVICIO PRESTADO EN TERRITORIO
NACIONAL.
�
ASIMISMO, EN EL INDICE 084040 “VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES
GRAVADOS A LA TASA DEL 0%”, AGREGARA LA PARTE NO CONSIDERADA
COMO PRESTACION DE SERVICIOS EN LOS TERMINOS DEL PENULTIMO
PARRAFO DEL ARTICULO 16, ANTES MENCIONADO, EN RELACION CON LO
QUE ESTABLECEN LAS FRACCIONES V Y VI DEL ARTICULO 29 DE LA
CITADA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
CONCILIACION ENTRE EL
RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL I.S.R., PARA LAS
EMPRESAS QUE SE DEDICAN AL TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O
TERRESTE.
�
PARA EFECTOS DEL LLENADO DE LOS RENGLONES “UTILIDAD ANTES DE
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS
ESTABLECIMIENTOS” Y TOTAL DE “INGRESOS CONTABLES OBTENIDOS EN EL
EJERCICIO FISCAL DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS
ESTABLECIMIENTOS”, EL CONTRIBUYENTE DEBERA OBTENER DICHOS
IMPORTES DE ACUERDO CON EL ARTICULO 30 DE L.I.S.R. EN CASO DE
QUE EL CONTRIBUYENTE HAYA OPTADO POR DETERMINAR LA DEDUCCION DE
LA PARTE PROPORCIONAL DEL GASTO PROMEDIO QUE POR SUS OPERACIONES
HAYA TENIDO EN EL MISMO EJERCICIO DE CONFORMIDAD CON DICHO
PRECEPTO LEGAL, CONSIDERANDO LOS DATOS DE LA OFICINA CENTRAL Y
TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS.
�
RESPECTO DE LOS INDICES 121050 Y 121070 CORRESPONDIENTE AL
“FACTOR DE GASTO PROMEDIO APLICABLE”, SE DEBERA MANEJAR CON
ENTEROS Y DOS DECIMALES.
EJEMPLO:
FACTOR DE GASTO DEL 80% SE ESCRIBIRA
0.80
FACTOR DE GASTO DEL 100% SE ESCRIBIRA
1.00
INCORPORACION DE SUBCUENTAS
EN LOS ANALISIS COMPARATIVOS DE GASTOS.
�
LOS CONTRIBUYENTES QUE POR SU GIRO O CONTROL INTERNO REQUIERAN
DE AGREGAR SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS DE GASTOS COMPARATIVOS,
PODRAN ADICIONAR DICHAS SUBCUENTAS DENTRO DEL ANALISIS DE GASTOS
DE LA CUENTA A LA QUE CORRESPONDA, ESTO ES:
- SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE SUBCUENTAS
DE NATURALEZA ANALOGA A LA QUE SE DESEA ADICIONAR, ES DECIR:
- SI SE DESEA ADICIONAR LA SUBCUENTA DE “PRIMA
DOMINICAL”, SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE REMUNERACIONES
POR TENER LA MISMA NATURALEZA DE LAS SUBCUENTAS QUE SE INCLUYEN
EN ESTE CAPITULO.
- EN EL CASO DE QUE NO EXISTA UN CAPITULO O GRUPO
DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA DE LA SUBCUENTA QUE SE
DESEA ADICIONAR, EN ESTE CASO, SE INCORPORARA EN EL CAPITULO DE
OTROS GASTOS.
- LAS SUBCUENTAS SE ADICIONARAN DENTRO DEL
CAPITULO A QUE CORRESPONDAN, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL ULTIMO
INDICE SEÑALADO EN DICHO CAPITULO.
CONCILIACION ENTRE EL
RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.
�
CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE UNA PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE
DEBERA LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 130140 “PERDIDA
FISCAL”, CONCLUYENDO LA CONCILIACION. POR NINGUN MOTIVO DEBERA
ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE 130170
“RESULTADO FISCAL”.
DATOS DE LA LINEA AEREA QUE
ENAJENA LOS BOLETOS QUE AMPAREN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO
REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS.
�
POR LO QUE RESPECTA A LAS LINEAS AEREAS QUE PRESTEN EL SERVICIO
DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS, AMPARADO
POR BOLETOS EMITIDOS POR LINEA AEREA DISTINTA A LA QUE PRESTA EL
SERVICIO, AMBAS LINEAS AEREAS, INDEPENDIENTEMENTE DE QUIEN ESTE
OBLIGADA A REALIZAR EL ENTERO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO,
DEBERAN LLENAR EL ANEXO 26 DENOMINADO “INFORMACION SOBRE EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE
PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE
PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS EMITIDOS POR OTRA LINEA AEREA”,
CON LOS DATOS SOLICITADOS.
ASI MISMO LAS LINEA AEREAS A QUE SE REFIERE EL
PARRAFO ANTERIOR, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA
INFORMACION DEL IVA SOLICITADA EN EL ANEXO 8.4 DENOMINADO
“DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS”.
APENDICE IV.
PROCEDIMIENTO DE DESCARGA E INSTALACION DEL SIPRED’2005.
PARA OBTENER EL MANUAL DE
USUARIO Y EL SOFTWARE DE INSTALACION DEL SISTEMA DE PRESENTACION
DEL DICTAMEN FISCAL 2005 (SIPRED’2005), SE REQUIERE ACCESAR POR
MEDIO DE INTERNET A LA PAGINA WEB DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA (www.sat.gob.mx) O ACCEDER A ESTA
A TRAVES DE LA PAGINA WEB DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO
PUBLICO (www.shcp.gob.mx).
PARA DESCARGAR EL MANUAL DE
USUARIO Y EL SOFTWARE DE INSTALACION DEL SIPRED’2005 SIGA EL
PROCEDIMIENTO QUE SE DESCRIBE A CONTINUACION:
1. SELECCIONE EL APARTADO “SERVICIOS”,
ENSEGUIDA “DESCARGA DE SOFTWARE”, POSTERIORMENTE “SIPRED”
(SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN)” Y DESCARGUE LOS ARCHIVOS
CORRESPONDIENTES AL MANUAL DE USUARIO Y SOFTWARE DE INSTALACION
DEL SIPRED’2005.
2. DESCOMPACTAR EN EL DISCO DURO DE LA
COMPUTADORA LOS ARCHIVOS DESCARGADOS.
3. PREVIO A LA INSTALACION DEL SISTEMA DE
PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL 2005 (SIPRED’2005), LEA EL
MANUAL DE USUARIO Y VERIFIQUE QUE NO SE ESTEN EJECUTANDO EN EL
EQUIPO APLICACIONES O MANEJADORES DE MEMORIA ACTIVOS O QUE HAGAN
USO EXCLUSIVO DE LA MEMORIA ALTA.
4. VERIFIQUE QUE NO HAYA SIDO INSTALADO
ANTERIORMENTE EL SISTEMA SIPRED’2005, DE LO CONTRARIO VEA LA
SECCION “DESINSTALACION DEL SIPRED’2005” EN EL MANUAL DEL
USUARIO Y SIGA EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA LA
DESINSTALACION.
5. EJECUTE EL ARCHIVO SETUP.EXE DESDE LA
RUTA DONDE DESCOMPACTO LOS ARCHIVOS QUE DESCARGO DE LA PAGINA
DEL SAT.
6. LA INSTALACION DEL SIPRED’2005, INICIARA
CON EL COPIADO DE LOS ARCHIVOS Y UTILERIAS NECESARIAS PARA SU
EJECUCION.
7. EL PAQUETE INSTALADOR REVISARA EL
ESPACIO DISPONIBLE QUE HAY EN SU DISCO DURO Y EN CASO DE NO
CONTAR CON EL ESPACIO NECESARIO, LE INDICARA QUE LIBERE ESPACIO
EN DISCO DURO PARA CONTINUAR CON LA INSTALACION. EL ESPACIO
LIBRE EN DISCO RECOMENDADO PARA SIPRED’2005 ES DE
APROXIMADAMENTE 100 MB, MAS EL TAMAÑO OCUPADO POR CADA DICTAMEN
QUE SE CAPTURE.
8. SI USTED DESEA INTERRUMPIR LA
INSTALACION DEL SIPRED’2005, LO PODRA REALIZAR EN CUALQUIER
MOMENTO. EN ESTE CASO, EL PAQUETE INSTALADOR MANDARA UN MENSAJE
DE CONFIRMACION Y ELIMINARA LOS ARCHIVOS PREVIAMENTE INSTALADOS.
9. SI DESEA CONTINUAR, EL INSTALADOR
MOSTRARA UNA BARRA EN LA QUE INDICARA EL PORCENTAJE DE AVANCE DE
LA INSTALACION, ASI COMO EL DESTINO Y EL NOMBRE DE LOS ARCHIVOS
QUE ESTA COPIANDO (SE DEBERA RESPETAR LA RUTA DE INSTALACION
PROPUESTA POR EL PROGRAMA INSTALADOR).
10. AL TERMINAR DE COPIAR TODOS LOS ARCHIVOS,
EL INSTALADOR ENVIARA UN MENSAJE INDICANDO QUE LA INSTALACION HA
TERMINADO CORRECTAMENTE Y MOSTRARA EL GRUPO DE TRABAJO QUE HA
CREADO AUTOMATICAMENTE, CON SU RESPECTIVO ICONO.
11. DURANTE EL PROCESO DE INSTALACION PUEDEN
PRESENTARSE MENSAJES RELACIONADOS CON CONFLICTOS ENTRE LAS
VERSIONES DE ALGUNOS ARCHIVOS. SE RECOMIENDA CONSERVAR EL
ARCHIVO CON LA VERSION MAS RECIENTE.
12. PARA EJECUTAR EL SISTEMA, SELECCIONE LA
OPCION INICIO-PROGRAMAS-DICTAMENES FISCALES 2005 Y
POSTERIORMENTE “SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL
2005”.
PARA LOGRAR LA CORRECTA
INSTALACION DEL SISTEMA SIPRED’2005, SIGA EL ORDEN MOSTRADO EN
CADA UNO DE LOS PASOS ANTERIORES Y ATIENDA LAS RECOMENDACIONES
ESPECIFICAS DEL APARTADO “INSTALACION DEL SISTEMA” DEL MANUAL DE
USUARIO DEL SIPRED’2005.
APENDICE V TIPOS DE
OPERACIONES.
OPERACIONES DE INGRESO
01 INGRESOS NETOS POR VENTA
DE INVENTARIOS PRODUCIDOS
02 INGRESOS NETOS POR VENTA
DE INVENTARIOS PARA DISTRIBUCION
03 INGRESOS POR PRESTACION
DE SERVICIOS
04 INGRESOS POR MAQUILA
05 INGRESOS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
06 INGRESOS POR SEGUROS Y REASEGUROS
07 INGRESOS POR COMISIONES
08 INGRESOS POR REGALIAS
09 INGRESOS POR ASISTENCIA TECNICA
10 INGRESOS POR INTERESES
11 INGRESOS POR ARRENDAMIENTO
12 ENAJENACION DE ACCIONES
13 VENTA DE ACTIVO FIJO
14 OTROS INGRESOS (ESPECIFICAR)
OPERACIONES DE EGRESO
15 COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA PRODUCCION
16 COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA DISTRIBUCION
17 COMPRA DE ACTIVO FIJO
18 PAGO DE REGALIAS
19 PAGO DE ASISTENCIA TECNICA
20 PAGO DE HONORARIOS
21 PAGO DE ARRENDAMIENTO
22 PAGO DE GARANTIAS
23 PAGO DE PUBLICIDAD
24 PAGO DE SERVICIOS DE MAQUILA
25 PAGO POR OTROS SERVICIOS PRESTADOS
26 PAGO POR SERVICIOS FINANCIEROS
27 PAGO DE COMISIONES
28 PAGO DE INTERESES
29 PRIMAS PAGADAS POR SEGURO Y REASEGURO
30 COMPRA DE ACCIONES
31 OTROS PAGOS (ESPECIFICAR)
INSTRUCTIVO DE CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO Y PRESENTACION
DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES
EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL
DEL 2005 UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2005
(SIPRED'2005), APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS DE DICTAMENES.
A. SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS
B. INSTITUCIONES DE CREDITO
C. INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS
D. INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS
E. CASAS DE CAMBIO
F. CASAS DE BOLSA
G. SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS
H. SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES
I. SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN
INSTRUMENTOS DE DEUDA
J. ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL
EXTRANJERO
ESTE
INSTRUCTIVO ES COMPLEMENTO DE LOS FORMATOS GUIA Y DEL
INSTRUCTIVO PARA LA INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN.
CONTENIDO Y CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO
DEL DICTAMEN
DATOS DE IDENTIFICACION.
APLICABLES A TODOS LOS TIPOS
DE DICTAMENES.
NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE.
� DATO, NOMBRE
COMPLETO DEL CONTRIBUYENTE.
� DATO DE
CARACTERES ALFANUMERICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).
� UTILIZACION
UNICAMENTE DE LETRAS MAYUSCULAS.
RFC DEL CONTRIBUYENTE.
� DATO,
REGISTRO FEDERAL DEL CONTRIBUYENTE.
� DATO DE 13
CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:
- GUION MEDIO Y TRES LETRAS.
- SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA
FECHA, (DOS CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA
EL DIA).
- TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA
HOMONIMIA.
� UTILIZACION
DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
�
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).
DOMICILIO FISCAL DEL
CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO:
CALLE, NUMERO EXTERIOR E
INTERIOR.
� DATO, DE
CALLE Y NUMERO COMPLETO.
� DATO DE
CARACTERES ALFANUMERICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).
� LOS
CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
� ESTE DATO NO
PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS,
ETC.).
COLONIA.
� DATO,
COLONIA COMPLETA.
� DATO DE
CARACTERES ALFANUMERICOS (MAXIMO 50 CARACTERES).
� LOS
CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
� ESTE DATO NO
PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS,
ETC.).
DELEGACION O MUNICIPIO.
� DATO,
DELEGACION O MUNICIPIO COMPLETO.
� DATO DE
CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 50 CARACTERES).
� LOS
CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
� ESTE DATO NO
PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS,
ETC.).
CIUDAD O POBLACION.
� DATO, CIUDAD
O POBLACION COMPLETA.
� DATO DE
CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 50 CARACTERES).
� LOS
CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.
� ESTE DATO NO
PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS,
ETC.).
CODIGO POSTAL.
� DATO DE 5
CARACTERES NUMERICOS SIN SIGNO.
�
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS,
COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA
CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
ESTADO.
� DATO ELEGIDO
DE UNA LISTA (CATALOGO).
TELEFONO DEL CONTRIBUYENTE,
DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO Y DEL DESPACHO.
� DATO DE
QUINCE CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO SIN SIGNO.
�
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS,
COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA
CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
CLAVE DE ACTIVIDAD PARA
EFECTOS FISCALES APLICABLE AL CONTRIBUYENTE.
� DATO
DENOMINADO TAMBIEN GIRO.
�
SECTOR: DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (UN
DIGITO).
�
SUBSECTOR: DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (UN DIGITO).
�
RAMA: DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (DOS
DIGITOS).
�
ACTIVIDAD: DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (DOS
DIGITOS).
�
LA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD ESPECIFICA SE OBTENDRA Y ASIGNARA
AUTOMATICAMENTE DE LOS SEIS DIGITOS ELEGIDOS O SELECCIONADOS.
� ESTE TEXTO
NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
NOMBRE DEL REPRESENTANTE
LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO.
�
DATO, NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL O DEL CONTADOR
PUBLICO REGISTRADO. SE ANOTARA: APELLIDO PATERNO, MATERNO Y
NOMBRE(S)
�
DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).
�
UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
�
ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS,
CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
REPRESENTANTE LEGAL NACIONAL
O EXTRANJERO.
� DATO DE 2
CARACTERES ALFABETICOS (SI O NO).
� UTILIZACION
UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
� ESTE DATO NO
PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS,
ETC.).
RFC DEL REPRESENTANTE LEGAL Y
DEL CONTADOR PUBLICO.
�
DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL REPRESENTANTE LEGAL
O DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO.
� DATO DE 13
CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:
-
CUATRO LETRAS.
-
SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS
CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).
-
TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.
EN EL CASO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO
CUENTEN CON ESTE DATO, SE ANOTARA LO SIGUIENTE:
REXT990101XXX
�
UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
�
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).
CURP DEL CONTRIBUYENTE
(PERSONA FISICA), DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR
PUBLICO.
� DATO DE 18
CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:
-
CUATRO CARACTERES ALFABETICOS
-
SEIS CARACTERES NUMERICOS.
-
SEIS CARACTERES ALFABETICOS.
- UN CARACTER ALFANUMERICO.
- UN CARACTER NUMERICO.
�
UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
�
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
NUMERO DE ESCRITURA, NUMERO DE NOTARIA QUE CERTIFICO EL PODER.
�
DATO DE QUINCE CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO SIN SIGNO.
�
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS,
COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA
CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
FECHA DE CERTIFICACION DEL PODER, FECHA DE DESIGNACION.
�
DATO DE LA CERTIFICACION DEL PODER Y DE LA DESIGNACION DEL
CARGO.
�
ESTE DATO ESTARA COMPUESTO POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE
CORRESPONDEN A LA FECHA DE CERTIFICACION DEL PODER (DOS PARA EL
DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR
DIAGONALES “/”).
NUMERO DE REGISTRO DEL CONTADOR PUBLICO.
�
PARA EFECTOS DE ESTE DATO SE ANOTARA EL NUMERO ASIGNADO POR LA
ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL AL CONTADOR
PUBLICO REGISTRADO.
�
DATO DE CINCO CARACTERES NUMERICOS MAXIMO, SIN SIGNO.
�
ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS,
COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA
CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.
COLEGIO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO.
�
DATO, NOMBRE DEL COLEGIO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO
REGISTRADO.
�
DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 80 CARACTERES).
�
UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
� ESTE
TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC.).
DATOS DEL DESPACHO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO:
NOMBRE DEL DESPACHO.
�
DATO, NOMBRE COMPLETO DEL DESPACHO.
�
DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).
�
UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
�
ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS,
CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).
RFC DEL DESPACHO.
�
DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL DESPACHO.
DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO
POR:
- GUION MEDIO Y TRES LETRAS.
- SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA
(DOS
CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL
DIA).
- TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.
�
UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.
� ESTE DATO
NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES,
PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).
NUMERO DE REGISTRO DEL DESPACHO.
� PARA
EFECTOS DE ESTE DATO SE ANOTARA EL NUMERO ASIGNADO POR LA
ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL AL DESPACHO.
� DATO DE
CINCO CARACTERES NUMERICOS MAXIMO, SIN SIGNO.
� ESTE DATO
NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS,
PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE
LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.