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SEGUNDA SECCION

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Anexo 16-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005

Contenido

INSTRUCTIVO DE INTEGRACION, DE CARACTERISTICAS Y FORMATOS GUIA PARA LA PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2005, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2005 (SIPRED’2005), APLICABLE A LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE SE MENCIONAN EN SUS CORRESPONDIENTES INSTRUCTIVOS.

ESTE INSTRUCTIVO SE INTEGRA DE LO SIGUIENTE:

      Instructivo para la integración y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado, por el ejercicio fiscal del 2005, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2005 (SIPRED’2005).

       Instructivo de características para el llenado y presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público registrado, por el ejercicio fiscal del 2005, utilizando el Sistema de Presentación del Dictamen 2005 (SIPRED’2005).

A.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades controladoras y controladas por el ejercicio fiscal de 2005.

B.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las instituciones de crédito por el ejercicio fiscal de 2005.

C.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las instituciones de seguros y fianzas por el ejercicio fiscal de 2005.

D.  Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros de los intermediarios financieros no bancarios, aplicable a uniones de crédito, a almacenes generales de depósito, a arrendadoras financieras y a empresas de factoraje por el ejercicio fiscal de 2005.

E.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de cambio por el ejercicio fiscal de 2005.

F.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las casas de bolsa por el ejercicio fiscal de 2005.

G.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades controladoras de grupos financieros por el ejercicio fiscal de 2005.

H.     Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades de inversión de capitales por el ejercicio fiscal de 2005.

I.       Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a las sociedades de inversión de renta variable y en instrumentos de deuda por el ejercicio fiscal de 2005.

J.      Formato guía para la presentación del dictamen fiscal de estados financieros, aplicable a los establecimientos permanentes de residentes en el extranjero por el ejercicio fiscal de 2005.

 

INSTRUCTIVO PARA LA INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DE 2005, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2005 (SIPRED’2005), APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS DE DICTAMENES:

A.      SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

B.      INSTITUCIONES DE CREDITO

C.      INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS

D.      INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

E.      CASAS DE CAMBIO

F.      CASAS DE BOLSA

G.      SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS

H.      SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

I.       SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA

J.      ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

I.- PAQUETE UTILIZADO PARA LA GENERACION DEL DICTAMEN.

         SIPRED’2005

       LA VERSION SERA LA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

II.- PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL.

LA PRESENTACION SE INTEGRA POR:

       LOS ANEXOS DEL DICTAMEN GENERADO A TRAVES DEL SIPRED 2005.

       LA OPINION DEL CONTADOR PUBLICO QUE DICTAMINA Y EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

       EN SU CASO, INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

III.- CARACTERISTICAS GENERALES.

A.- NOMBRE DEL ARCHIVO.

LA INFORMACION SE INTEGRARA EN UN SOLO ARCHIVO ENCRIPTADO Y ENSOBRETADO CON EXTENSION SB2, EL CUAL SERA CONFORMADO POR 24 CARACTERES (INCLUYENDO EXTENSION) Y CONTENDRA LA INFORMACION SEÑALADA EN EL PUNTO II ANTERIOR.

B.- LA INFORMACION CONTENIDA EN CADA DICTAMEN SE INTEGRARA DE LA SIGUIENTE MANERA.

SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.

No. DE
REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

 

 

    DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

6.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS.

7.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.

8.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

8.1.-

    DECLARATORIA.

8.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

8.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

8.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.

9.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

9.1

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

9.2

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

10.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

10.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

11.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

12.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

13.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

14.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN).

15.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

16.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

17.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

18.-

    INVERSIONES.

19.-

    OPERACIONES CON CLIENTES.

20.-

    OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.

21.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

21.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

22.-

    DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME AL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE, SOBRE LA BASE DE COSTOS HISTORICOS O PREDETERMINADOS.

23.-

    DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME AL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO, CON BASE EN COSTOS HISTORICOS.

24.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE EN SU CARACTER DE SOCIEDAD CONTROLADORA.

24.1.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. E I.A. CONSOLIDADO.

24.2.-

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO DIFERIDO CONSOLIDADO.

25.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO CONSOLIDADO.

26.-

    EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- DETERMINACION DEL RESULTADO FISCAL CONSOLIDADO O DE LA PERDIDA FISCAL CONSOLIDADA.

27.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

28.-

    EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- INFORMACION SOBRE CONSOLIDACION.

29.-

    EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- OTRAS PARTIDAS DE CONSOLIDACION.

30.-

    EMPRESAS QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.- IMPUESTOS ACREDITABLES.

31.-

    PARTIDAS POR DESINCORPORACION DE CONTROLADAS.

32.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN CONSOLIDADA).

33.-

    ANALISIS DE DATOS DE LAS EMPRESAS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO AL ACTIVO CONSOLIDADO.

 

INSTITUCIONES DE CREDITO.

No. DE REFERENCIA DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

 

 

    DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    BALANCE GENERAL.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

8.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

11.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

12.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN).

13.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

14.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

15.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

16.-

    INVERSIONES.

17.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

17.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS.

No. DE REFERENCIA DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

 

 

DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    BALANCE GENERAL.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.



 

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

8.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

11.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

12.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA (CUFIN).

13.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

14.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

15.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

16.-

    INVERSIONES.

17.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

17.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

 

 

    DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.


 

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

8.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

11.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

12.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

13.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

14.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

15.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

16.-

    INVERSIONES.

17.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

17.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

18.-

    DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME AL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE, SOBRE LA BASE DE COSTOS HISTORICOS O PREDETERMINADOS.

19.-

    DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME AL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO, CON BASE EN COSTOS HISTORICOS.

 

CASAS DE CAMBIO.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

 

 

    DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    BALANCE GENERAL.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

8.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

11.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.

12.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

13.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

14.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

15.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

16.-

    INVERSIONES.

17.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

17.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

CASAS DE BOLSA.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

     DATOS DE IDENTIFICACION:

       - CONTRIBUYENTE.

       - REPRESENTANTE LEGAL.

       - CONTADOR PUBLICO.

       - DESPACHO.

 

 

 

     DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    BALANCE GENERAL.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

8.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

11.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

12.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

13.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

14.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

15.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

16.-

    INVERSIONES.

17.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

17.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

 

 

    DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    BALANCE GENERAL.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

8.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

11.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

12.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

13.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

14.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

15.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

16.-

    INVERSIONES.

17.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

17.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

    DATOS GENERALES.

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    BALANCE GENERAL.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE VALUACION DE CARTERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

6.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

11.-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.

12.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

13.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

14.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

14.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      - CONTRIBUYENTE.

      - REPRESENTANTE LEGAL.

      - CONTADOR PUBLICO.

      - DESPACHO.

 

    DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    BALANCE GENERAL.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

4.-

    ESTADO DE VALUACION DE CARTERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

6.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

6.1.-

    DECLARATORIA.

6.2.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

7.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

7.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

7.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

8.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

9.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

10.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

 

ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

No. DE REFERENCIA
DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

    DATOS DE IDENTIFICACION:

      -  CONTRIBUYENTE.

      -  OFICINA CENTRAL EN EL EXTRANJERO.

      -  REPRESENTANTE LEGAL.

      -  C.P.R.

      -  DESPACHO.

 

 

 

    DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

    ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

2.-

    ESTADO DE RESULTADOS.

3.-

    ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL EXTRANJERO EN EL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE.

4.-

    ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

    NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

6.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS.

7.-

    ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.

8.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

8.1.-

    DECLARATORIA.

8.2.-

    RELACION DE PAGOS PROVISIONALES.

8.3.-

    DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES.

8.4.-

    DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.

9.-

    OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

9.1.-

    BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

10.-

    RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

11.-

    OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

12.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA LAS EMPRESAS QUE SE DEDICAN AL TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O TERRESTRE, ARTICULO 30, 4o. y 5o. PARRAFOS L.I.S.R.

13.-

    CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

14-

    CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

15.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE HONORARIOS.

15.1.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE ARRENDAMIENTO.

15.2.-

    IMPUESTO RETENIDO SOBRE INTERESES.

16.-

    INTEGRACION DEL IMPUESTO AL ACTIVO.

16.1.-

    OPERACIONES REALIZADAS A TRAVES DE FIDEICOMISOS.

17.-

    DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME AL SISTEMA DE COSTEO ABSORBENTE, SOBRE LA BASE DE COSTOS HISTORICOS O PREDETERMINADOS.

18.-

    DETERMINACION DEL COSTO DE LO VENDIDO DEDUCIBLE CONFORME AL SISTEMA DE COSTEO DIRECTO, CON BASE EN COSTOS HISTORICOS.

19.-

    AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

20.-

    CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

21.-

    CUENTA DE REMESAS DE CAPITAL.

22.-

    INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

23.-

    OPERACIONES CON CLIENTES.

24.-

    OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.

25.-

    INVERSIONES.

26.-

    INFORMACION SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS EMITIDOS POR OTRA LINEA AEREA

26.1.-

    DATOS DE LA LINEA AEREA QUE EMITE LOS BOLETOS QUE AMPARAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS

 

C.- FORMATO DE PRESENTACION EN SIPRED’2005.

       LA ESTRUCTURA INTERNA DE LA INFORMACION ESTA INTEGRADA POR LOS DATOS DE IDENTIFICACION, DATOS GENERALES, ASI COMO LA INFORMACION RELATIVA A LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, NOTAS A LOS MISMOS, CONCILIACIONES Y RELACIONES; Y SE PRESENTARAN EN FORMA LINEAL VERTICAL, CON BASE EN LAS REGLAS ESPECIFICAS CON LAS QUE EL SISTEMA OPERA. ASIMISMO, CONTIENE LA OPINION Y EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, Y EN SU CASO, LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

D.- PRESENTACION DE LA INFORMACION.

       LOS DICTAMENES DEBERAN ELABORARSE Y PREPARARSE PARA SU ENVIO INVARIABLEMENTE MEDIANTE EL SISTEMA DENOMINADO SIPRED’2005, DESARROLLADO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.

       EN LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS SE PUEDEN ADICIONAR RENGLONES CON INDICES O CON NOTAS, CONFORME A LAS NOTAS TECNICAS, PERO NO SE PUEDEN ADICIONAR COLUMNAS.

       CABE SEÑALAR QUE LOS IMPORTES DE LOS DATOS A PROPORCIONAR DE LOS ANEXOS DEL DICTAMEN QUE NO SE OCUPEN PODRAN DEJARSE EN BLANCO O BIEN ANOTAR CERO PARA EVITAR ERRORES DE OMISION DE LA CAPTURA, EXCEPTO EN AQUELLOS INDICES, QUE EL PROPIO SISTEMA INDIQUE QUE NO DEBEN DEJARSE EN BLANCO Y SE REQUERIRA QUE POR LO MENOS SE ANOTE
UN CERO.

       LA INFORMACION DEBERA PRESENTARSE RESPETANDO LA ESTRUCTURA DE CONSTRUCCION Y ENCRIPTACION DE DATOS DEL SIPRED’2005. ASIMISMO, POR NINGUN MOTIVO PODRA PRESENTARLA O EDITARLA CON ALGUN OTRO SOFTWARE.

       EN LA PRESENTACION DE LOS IMPORTES, SE PODRAN UTILIZAR FORMULAS, SUMATORIAS Y CUALQUIER TIPO DE OPERACION O RUTINA QUE ESTE INCLUIDA EN EL SIPRED’2005.

       PARA DESCRIBIR LOS TEXTOS DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR, LA OPINION, EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN, PODRAN UTILIZARSE CARACTERES ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, CORCHETES, ETC.).

       LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION Y EL INFORME SE DEBERAN REQUISITAR OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CASOS Y DEBERAN CONTENER UN MINIMO DE 100 CARACTERES CAPTURADOS.

       EN EL CASO DE UTILIZAR LA PANTALLA DE "INFORMACION ADICIONAL", SE DEBERAN CAPTURAR AL MENOS 100 CARACTERES.

       CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LAS ACOTACIONES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, RELACIONES Y CONCILIACIONES QUE ESTARAN RELACIONADAS CON LAS NOTAS A LOS MISMOS, SE ANOTARA LA REFERENCIA INMEDIATAMENTE DESPUES DEL NOMBRE DE LA CUENTA O SUBCUENTA QUE SE VA A REFERENCIAR INSERTANDO UNA NOTA POR MEDIO DEL SISTEMA. EN LAS NOTAS RELACIONADAS CON CUENTAS ADICIONADAS MEDIANTE INDICES AGREGADOS, SE DEBE INDICAR EL INDICE AL QUE SE REFIERE LA NOTA. EJEMPLO:

NOTA DEL INDICE 011014...

       TODOS LOS DATOS DE LAS CELDAS SE CAPTURARAN DE ACUERDO A LAS REGLAS DE VALIDACION PROPIAS DEL SISTEMA.

IV.- CARACTERISTICAS ESPECIFICAS.

A.- LAS COLUMNAS.

       SE DEBERA RESPETAR EL NUMERO DE COLUMNAS ESTABLECIDAS PARA CADA UNO DE LOS ANEXOS ESPECIFICOS.

       POR NINGUN MOTIVO SE DEBERAN INCORPORAR COLUMNAS NI ARCHIVOS O ANEXOS EXTRAS.

       LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION, EL INFORME Y LA INFORMACION ADICIONAL, NO TENDRAN COLUMNAS DE INDICES.

B.- LOS INDICES.

       SE MANEJARAN ENTRE SEIS Y HASTA DIEZ CARACTERES, DEPENDIENDO DEL TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE.

       EL TRATAMIENTO DEL INDICE SERA COMO UN CARACTER ALFANUMERICO.

       LA JUSTIFICACION DE LOS CARACTERES DE LOS INDICES SERA CENTRADA.

C.- LOS CONCEPTOS.

       TODOS LOS TEXTOS UTILIZADOS SE PRESENTARAN EN LETRAS MAYUSCULAS Y NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.). SE PODRAN CAPTURAR CON MINUSCULAS; SIN EMBARGO, EL SIPRED’2005 AUTOMATICAMENTE LAS CONVIERTE A MAYUSCULAS.

D.- LAS CANTIDADES.

       LAS CIFRAS DE IMPORTES, PODRAN CONTENER FORMULAS; PERO NO SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, CORCHETES O PARENTESIS), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

       LOS SIMBOLOS COMO LOS PARENTESIS, LOS SEPARADORES DE MILES, ETC.; SOLAMENTE SERAN LOS QUE EL SISTEMA ASIGNE (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).

       LAS CANTIDADES NEGATIVAS, DEBERAN CAPTURARSE CON SIGNO NEGATIVO, ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD, PERO PODRAN VISUALIZARSE CON PARENTESIS (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).

       LOS CAMPOS NUMERICOS QUE CONTENGAN INFORMACION, SERAN JUSTIFICADOS A LA DERECHA.

       LOS IMPORTES, DEBERAN ANOTARSE EN MILES DE PESOS.

       LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJES SE DEBERAN CAPTURAR CON ENTEROS Y 2 DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE, EXCEPTO EN LOS CASOS EN QUE DICHAS CANTIDADES REPRESENTEN UN FACTOR DE ACTUALIZACION, LOS CUALES DEBERAN CONTENER ENTEROS Y 4 DECIMALES.

         EJEMPLOS:

                               20%              SE ESCRIBIRA            20.00
                                     1.8%             SE ESCRIBIRA            1.80
                                     2.76087         SE ESCRIBIRA            2.7608
                                     4.61430         SE ESCRIBIRA            4.6143

V.- TERMINOLOGIA UTILIZADA.

ALFABETICO.-

CUANDO SE CAPTURAN SOLO LETRAS.

ALFANUMERICO.-

CUANDO SE CAPTURA UNA COMBINACION DE LETRA(S) Y/O NUMERO(S).

NUMERICO.-

CUANDO SE CAPTURAN SOLO NUMEROS.

BACKUP.-

RESPALDO DE INFORMACION.

BYTES.-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO MAGNETICO EQUIVALENTE A 8 BITS (BINARY DIGIT) O A UN CARACTER DE INFORMACION.

CARACTER.-

ES LA REPRESENTACION DE CUALQUIER LETRA O NUMERO EN FORMA INDIVIDUAL.

CELDA.-

SE DEFINE POR LA INTERSECCION DE UNA COLUMNA Y UN RENGLON.

COPY (COPIAR).-

INSTRUCCION QUE PERMITE COPIAR UNO O MAS ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO.

PASTE (PEGAR).-

INSTRUCCION QUE PERMITE PEGAR UNO O MAS ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO.

DIRECTORIO.-

ESTRUCTURA QUE AGRUPA UN CONJUNTO DE ARCHIVOS O SUBDIRECTORIOS.

DISCO MAGNETICO FLEXIBLE.-

ES EL MEDIO DE ALMACENAMIENTO MAGNETICO, LLAMADO TAMBIEN: DISCO, DISKETTE, FLOPPY, ETC.

DISKCOPY.-

INSTRUCCION QUE PERMITE HACER UNA COPIA FIEL DE UN DISCO.

INTERNET.-

RED DE ALCANCE MUNDIAL QUE INTERCONECTA UNA GRAN CANTIDAD DE EQUIPOS DE COMPUTO.

ENCRIPTADO.-

FORMATO DE ARCHIVO EL CUAL SIGUIENDO UN CONJUNTO DE METODOS, SE OCULTA EL CONTENIDO DEL MISMO A TODOS AQUELLOS A QUIEN NO ESTE DIRIGIDO.

GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE PUBLICA).-

DOCUMENTO ELECTRONICO QUE CONTIENE UN CONJUNTO DE INFORMACION A LA QUE SE LE HA FIJADO UNA FIRMA DIGITAL. POR UNA AUTORIDAD CERTIFICADORA, EN ESTE CASO EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, Y SE UTILIZA PARA FIRMAR DOCUMENTOS ELECTRONICOS. RELACIONADA EN FORMA INEQUIVOCA CON LA LLAVE PRIVADA.

LLAVE PRIVADA.-

CONTRASEÑA QUE PERMITE IDENTIFICAR JUNTO CON LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE PUBLICA) QUE EL REMITENTE Y DESTINATARIO DE LA INFORMACION SON QUIENES DICEN SER.

ENSOBRETADO O FIRMADO DIGITAL.-

PROCESO DE INTEGRACION AL DICTAMEN FISCAL DE LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL Y LLAVE PRIVADA DE UN REMITENTE Y UNA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL DE UN DESTINATARIO QUE PERMITA GARANTIZAR SU AUTENTICIDAD, INTEGRIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y NO REPUDIACION DE LA INFORMACION TRASMITIDA.

KILOBYTE (KB).-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 BYTES.

MEGABYTE (MB).-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 KILOBYTES.

GENERAR DISCO.-

CREAR A TRAVES DEL SISTEMA SIPRED, EL DISCO MAGNETICO FLEXIBLE QUE CONTENGA LA INFORMACION DEL DICTAMEN.

RESPALDAR.-

PROCEDIMIENTO O RUTINA QUE GENERA UNA COPIA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION.

RESTAURAR.-

PROCEDIMIENTO O RUTINA DE RECUPERACION DE DATOS A PARTIR DE UN RESPALDO.

SUBDIRECTORIO.-

ESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO QUE AGRUPA A UN CONJUNTO DE ARCHIVOS.

 

VI.- PROCEDIMIENTOS PARA UTILIZAR EL SISTEMA SIPRED’2005.

         PARA EFECTOS DE UTILIZAR EL SIPRED’2005, SE PROCEDERA COMO SE INDICA A CONTINUACION:

A.- REQUERIMIENTOS:

        COMPUTADORA PERSONAL (PC).

        MONITOR SVGA A COLOR (RECOMENDABLE).

        PROCESADOR PENTIUM® A 500 Mhz O SUPERIOR.

        128 MB DE MEMORIA RAM O SUPERIOR.

        DISCO DURO CON 100 MB LIBRES PARA LA INSTALACION DEL SISTEMA, CONSIDERANDO ADEMAS 4 MB APROXIMADAMENTE, POR CADA DICTAMEN QUE SE CAPTURE O GENERE.

        SISTEMA OPERATIVO MICROSOFT WINDOWS® 2000 O SUPERIOR.

        IMPRESORA DE INYECCION DE TINTA O LASER COMPATIBLE CON MICROSOFT WINDOWS®.

        RATON INSTALADO.

        MICROSOFT® EXCEL 2000 O MICROSOFT® OFFICE 2000.

        MICROSOFT® DE INTERNET EXPLORER VERSION 5.0 O SUPERIOR.

       CONEXION A INTERNET A TRAVES DE ALGUN PROVEEDOR DE SERVICIOS.

B.- PROCEDIMIENTO DE INSTALACION DEL SIPRED.

        LA INSTALACION SE LLEVARA A CABO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES SEÑALADAS EN EL PROCEDIMIENTO DE DESCARGA E INSTALACION DEL SIPRED’2005 CONTENIDO EN EL APENDICE IV DE ESTE INSTRUCTIVO ASI COMO EN EL MANUAL DE USUARIO DEL SISTEMA.

C.- PROCEDIMIENTO DE ENTRADA.

1.       ENCENDER EL EQUIPO DE COMPUTO.

2.       EJECUTAR EL SIPRED’2005 DESDE EL GRUPO DE PROGRAMAS GENERADO POR EL PROGRAMA DE INSTALACION: INICIO-PROGRAMAS-SIPRED´2005.

3.       SE PROCEDERA A LA GENERACION DE UN DICTAMEN (NUEVO O A PARTIR DE UN EJERCICIO ANTERIOR) Y AL LLENADO DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION (DEL CONTRIBUYENTE, CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, REPRESENTANTE LEGAL), DATOS GENERALES Y POSTERIORMENTE A LOS DEMAS ANEXOS DEL DICTAMEN.

APENDICE I      CATALOGO DE CLAVES DE ENTIDADES FEDERATIVAS.

01

AGUASCALIENTES

 

06

COLIMA

02

BAJA CALIFORNIA

 

07

CHIAPAS

03

BAJA CALIFORNIA SUR

 

08

CHIHUAHUA

04

CAMPECHE

 

09

DISTRITO FEDERAL

05

COAHUILA

 

10

DURANGO

11

GUANAJUATO

 

22

QUERETARO

12

GUERRERO

 

23

QUINTANA ROO

13

HIDALGO

 

24

SAN LUIS POTOSI

14

JALISCO

 

25

SINALOA

15

ESTADO DE MEXICO

 

26

SONORA

16

MICHOACAN

 

27

TABASCO

17

MORELOS

 

28

TAMAULIPAS

18

NAYARIT

 

29

TLAXCALA

19

NUEVO LEON

 

30

VERACRUZ

20

OAXACA

 

31

YUCATAN

21

PUEBLA

 

32

ZACATECAS

 

CABE HACER MENCION, QUE EL SIPRED’2005 CUENTA CON ESTE CATALOGO DEL CUAL SE PODRA ELEGIR EL ESTADO QUE CORRESPONDA.

APENDICE II     CATALOGO DE CLAVES DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS FISCALES.

PARA LOS EFECTOS DE ESTE APENDICE, SE APLICARA EL CATALOGO DE CLAVES DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS FISCALES, VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, EL SIPRED CONTIENE DICHO CATALOGO ACTUALIZADO, SEGUN EL ANEXO 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2005.

APENDICE III    NOTAS TECNICAS.

GENERALES:

UTILIZACION DE SIGNOS NEGATIVOS.

        CUANDO LAS CUENTAS ACREEDORAS TENGAN SALDO DEUDOR O BIEN LAS CUENTAS DEUDORAS TENGAN SALDO ACREEDOR, SE LES ANTEPONDRA EL SIGNO NEGATIVO Y CUANDO SE TRATE DE CUENTAS QUE SU SALDO PUEDA SER TANTO ACREEDOR COMO DEUDOR, SE DEBERA PONER EL SIGNO NEGATIVO EN DICHA CUENTA CUANDO:

- REPRESENTE UN SALDO DEUDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA CLASIFICACION DE CUENTAS ACREEDORAS.

- REPRESENTE UN SALDO ACREEDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA CLASIFICACION DE CUENTAS DEUDORAS.

        PARA EFECTOS DE UNA MEJOR VISUALIZACION, EL SISTEMA PERMITE VER LAS CANTIDADES NEGATIVAS ENTRE PARENTESIS.

UTILIZACION DE INDICES.

        POR NINGUN MOTIVO SE PODRAN AGREGAR INDICES DENOMINADOS TOTAL, QUE POR ESENCIA REFLEJEN EL IMPORTE DE UN GRUPO DE CUENTAS Y/O SUBCUENTAS.

        TAMPOCO SE PODRA UTILIZAR UN INDICE YA PREESTABLECIDO PARA SER OCUPADO POR OTRO CONCEPTO, SIN EMBARGO, DENTRO DE ESTOS GRUPOS PODRAN INCORPORARSE AQUELLOS QUE SE REQUIERAN Y QUE ESTE PERMITIDO CONFORME A LAS REGLAS QUE MAS ADELANTE SE INDICAN.

        CADA INDICE SE COMPONE DE SEIS A DIEZ CARACTERES, SEGUN EL TIPO DE DICTAMEN DE QUE SE TRATE, QUE IDENTIFICAN DE MANERA UNICA A CADA CONCEPTO.

        EL SIPRED’2005 PERMITIRA ADICIONAR RENGLONES PERO NO PERMITIRA ADICIONAR COLUMNAS.

        LOS RENGLONES QUE REPRESENTEN TITULOS NO LLEVAN INDICE Y POR LO TANTO EL SIPRED’2005 NO PERMITIRA ANOTAR EN ELLOS NINGUNA CANTIDAD.

CONSTRUCCION DE NUEVOS INDICES.

        EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL CONTRIBUYENTE TUVIESE EN SU CONTABILIDAD NOMBRES DE CUENTAS DIFERENTES A LAS QUE SE MENCIONAN EN LOS ANEXOS DE INFORMACION OFICIALES QUE INTEGRAN EL FORMATO GUIA DEL DICTAMEN FISCAL, DEBERA UBICAR DICHAS CUENTAS EN LOS CONCEPTOS DE DICHO FORMATO QUE POR SU NATURALEZA SEAN ANALOGOS A LAS CUENTAS QUE SE DESEAN INCORPORAR, RESPETANDO LOS INDICES Y CONCEPTOS YA ESTABLECIDOS.

        ASIMISMO PODRA CONSTRUIR NUEVOS CONCEPTOS, ASIGNANDOLES UN NUEVO INDICE CONFORME A LA DEFINICION DE INDICES ANTES SEÑALADA, SIEMPRE Y CUANDO NO HAYA PODIDO UBICARLOS COMO SE INDICA EN EL PARRAFO ANTERIOR.

LAS NOTAS TECNICAS QUE A CONTINUACION SE MENCIONAN SERAN APLICABLES PARA LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE CONTENGAN LA INFORMACION O DATOS A QUE SE REFIERE CADA UNA DE ELLAS.

DATOS GENERALES.

        PARA EFECTOS DE LLENAR LOS RENGLONES DENOMINADOS “SECTOR ECONOMICO AL QUE PERTENECE” Y “NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO”, SE DEBERA TOMAR EN CUENTA LA DESCRIPCION QUE AL EFECTO SE HACE EN EL ANEXO No. 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL VIGENTE PARA 2005.

RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

        EN ESTA RELACION, CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS ENTRE LA COLUMNA “IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA” Y LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, EN UNO O MAS INDICES DE LOS CAPITULOS:

-IMPUESTO SOBRE LA RENTA

-IMPUESTO AL ACTIVO.

SE DEBERAN REPORTAR LAS DIFERENCIAS DETECTADAS EN CADA UNO DE LOS INDICES DE DICHOS CAPITULOS, INCLUYENDO EL DEL “IMPUESTO A CARGO DEL EJERCICIO” O EL DE “IMPUESTO A FAVOR DEL EJERCICIO”, EN LA COLUMNA DE “DIFERENCIA”, EN EL INDICE CORRESPONDIENTE.

LA INFORMACION QUE SE REVELE EN LOS INDICES CORRESPONDIENTES A LA COLUMNA “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, DEBERA CORRESPONDER A LOS IMPUESTOS EFECTIVAMENTE PAGADOS POR EL CONTRIBUYENTE.

       IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.

PARA EFECTOS DE LAS CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE POR CONCEPTO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS, SE DEBERA REPORTAR EN LAS COLUMNAS “IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA” Y “CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE”, LA SUMATORIA DE LAS CIFRAS MENSUALES RELATIVAS A LOS IMPUESTOS CAUSADOS, CORRESPONDIENTE A LOS PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS DEL EJERCICIO.

        IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR INVERSIONES EN TERRITORIOS CON REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

EN RELACION CON ESTE CONCEPTO, SE DEBERA CONSIDERAR COMO BASE GRAVABLE LA SUMA DE LOS INGRESOS ACUMULABLES Y/O RESULTADOS FISCALES DE TODAS AQUELLAS INVERSIONES MANTENIDAS POR EL CONTRIBUYENTE EN DICHOS TERRITORIOS, LA SUMATORIA DEL IMPUESTO CAUSADO POR CADA UNA DE LAS INVERSIONES POR LAS QUE SE GENERO BASE GRAVABLE Y EL IMPUESTO PAGADO EN EL EJERCICIO. SE DEBERAN OMITIR, EN SU CASO, LAS INVERSIONES EN LAS QUE SE HAYA GENERADO O AMORTIZADO PERDIDAS, ES DECIR, UNICAMENTE SE CONSIDERARAN LAS INVERSIONES QUE HAYAN GENERADO BASE GRAVABLE PARA LA CAUSACION O ENTERO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y/O DETERMINACION DE PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS

        CUANDO EN EL ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR”, SE CONSIGNEN DIFERENCIAS ENTRE CONTRIBUCION A CARGO O SALDO A FAVOR DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE Y EL IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA, POR CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES O DE PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS, SE DEBERA PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN LOS ANEXOS DENOMINADOS “DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES” O “DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO” Y EN SU CASO “IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS”, ANALIZANDOLA, TAL COMO SE INDICA EN EL ANEXO, POR MES AL QUE CORRESPONDE LA DIFERENCIA, UNICAMENTE DE AQUELLOS PAGOS PROVISIONALES O DEFINITIVOS EN LOS QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DETERMINE DIFERENCIAS A CARGO, CON MOTIVO DE SU REVISION.

LO ANTERIOR SIEMPRE Y CUANDO DICHAS DIFERENCIAS NO SE HAYAN PAGADO A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN.

SI POR EL CONTRARIO, EN EL ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR”, NO SE CONSIGNAN DIFERENCIAS ENTRE EL IMPUESTO DECLARADO POR EL CONTRIBUYENTE Y EL IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA POR CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES O DEFINITIVOS, NO SE PROPORCIONARA LA INFORMACION DE LOS ANEXOS DENOMINADO “DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES” Y “DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO” Y EN SU CASO “DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS”.

RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

        LAS CONTRIBUCIONES QUE AL CIERRE DEL EJERCICIO DICTAMINADO ESTEN PENDIENTES DE PAGO, SE RELACIONARAN EN EL ANEXO DENOMINADO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, IDENTIFICANDOLAS POR TIPO DE CONTRIBUCION Y DENTRO DE ESTA, POR MES, EJERCICIO O PERIODO DE CAUSACION, INDICANDO SU IMPORTE, FECHA DE PAGO Y NOMBRE DE LA INSTITUCION DE CREDITO EN EL QUE SE EFECTUO EL PAGO, O EN SU CASO, NUMERO DE LA OPERACION, O BIEN, DEJANDO EN BLANCO ESTOS DATOS CON EXCEPCION DEL IMPORTE, CUANDO NO SE HUBIERA CUBIERTO LA CONTRIBUCION A LA FECHA DE LA PRESENTACION DEL DICTAMEN.

        LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTEN EFECTUANDO EL PAGO EN PARCIALIDADES, DE UNA O MAS CONTRIBUCIONES, DEBERAN ANOTAR LOS DATOS DEL AVISO DE OPCION, (FORMULARIO 44): NUMERO DE FOLIO, FECHA DE PRESENTACION Y LA ADMINISTRACION RECEPTORA, ASI COMO LOS DATOS DE LA AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES, INDICANDO EL NUMERO DEL OFICIO Y LA FECHA.

EJEMPLO:

SE TIENE EL CASO DE UN CONTRIBUYENTE QUE PRESENTA DICTAMEN DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS POR TRATARSE DE UNA SOCIEDAD CONTROLADA, CON LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:

- SE LE DETERMINO, CON MOTIVO DEL DICTAMEN, UNA DIFERENCIA DE I.S.R. A CARGO, QUE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN NO SE HA CUBIERTO.

- AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO LOS PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. A SU CARGO, DE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, MISMOS QUE QUEDAN CUBIERTOS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE Y DE LOS CUALES SE PRESENTA UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA EN EL MES DE MARZO DEL AÑO SIGUIENTE.

- AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO EL ENTERO DE LAS RETENCIONES DEL I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS DE DICIEMBRE, MISMAS QUE QUEDARON CUBIERTAS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE.

ESTOS DATOS SE REFLEJARAN EN EL ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, EN LOS INDICES Y CON LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

 

111020

DETERMINADO AL CIERRE POR DICTAMEN

SE LLENARA UNICAMENTE LA COLUMNA DE IMPORTE

111030

PAGO PROVISIONAL DE NOVIEMBRE DE 2005

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

111031

PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE NOVIEMBRE DE 2005

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

111032

PAGO PROVISIONAL DE DICIEMBRE DE 2005

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

111033

PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE DICIEMBRE DE 2005

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR
SALARIOS Y EN GENERAL POR LA
PRESTACION DE UN SERVICIO
PERSONAL SUBORDINADO EN SU
CARACTER DE RETENEDOR

 

111070

CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE
DE 2005

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

 

OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR.

        EN EL ANEXO “OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR”, LOS DATOS QUE SE SOLICITAN SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA UNO DE LOS AGENTES ADUANALES Y DENTRO DE CADA AGENTE ADUANAL AGRUPADOS POR PAIS DE ORIGEN Y PROCEDENCIA, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES EN QUE INTERVINO Y CONSIGNANDOLAS EN EL (LOS) RENGLON(ES) QUE LES CORRESPONDA.

BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

        EN EL ANEXO “BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO”, LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR CONCEPTO DE PAGO Y POR TASA DE IMPUESTO RETENIDO CONSIGNANDOLAS EN EL RENGLON QUE LES CORRESPONDA.

AMORTIZACION DE PERDIDAS.

        LOS CONTRIBUYENTES QUE AMORTICEN EN ESTE EJERCICIO PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN EL ANEXO DENOMINADO “AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES”.

CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA.

        POR LO QUE RESPECTA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 88 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y A LA REGLA 3.6.2 DE LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2005.

        PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE DISTRIBUYAN O PERCIBAN DIVIDENDOS, SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES, CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, ENTRE EL CONCEPTO “FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS” Y EL CONCEPTO “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS”.

EJEMPLO:

EN EL DICTAMEN APLICABLE A INSTITUCIONES DE CREDITO (BANCOS), ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN COMO SIGUE:

K000000425     FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

K000000475     SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

K000000500     DIVIDENDOS COBRADOS

K000000550     SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS

        LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION, SERA OBLIGATORIA PARA AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS.

INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

        LOS CONTRIBUYENTES QUE REEXPRESEN LAS CIFRAS DE SUS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, CONFORME AL BOLETIN B-10 DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS Y SUS DOCUMENTOS DE ADECUACIONES, ASI COMO AQUELLAS INSTITUCIONES QUE LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES Y/O LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, LES ESTABLEZCA EN SUS CRITERIOS DE CONTABILIDAD, LA OBLIGATORIEDAD DE REFLEJAR EL EFECTO DE LA INFLACION EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS; DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION DE CIFRAS HISTORICAS Y CIFRAS REEXPRESADAS EN EL ANEXO DE “INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS”.

        DICHA INTEGRACION CONSISTIRA EN REFLEJAR EL AJUSTE DE CARGO O ABONO DERIVADO DE LOS EFECTOS DE REEXPRESION QUE FUERON MOTIVO DE REVISION EN LA AUDITORIA DEL EJERCICIO DEL QUE SE TRATE Y QUE SE ASIENTAN EN SU HOJA DE TRABAJO, ASIMISMO, EN LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, SE INCLUIRA LA REVELACION DE QUE LA INFORMACION PROPORCIONADA POR REEXPRESION, SE PRESENTA EN PESOS DE PODER ADQUISITIVO DE COMPRA DE CIERRE DEL ULTIMO EJERCICIO O QUE ESTOS NO INCLUYEN LOS EFECTOS DE LA APLICACION DEL BOLETIN B-10 Y SUS DOCUMENTOS DE ADECUACIONES, O BIEN EL DE LA ULTIMA ACTUALIZACION.

OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

        EN EL ANEXO “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”, SE DEBERAN ADICIONAR TANTOS INDICES COMO PARTES RELACIONADAS CON LAS QUE HUBIESE REALIZADO ALGUN TIPO DE OPERACION DURANTE EL EJERCICIO, YA SEA DE INGRESOS O DE EGRESOS, VALUADOS EN MILES DE PESOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES DECIR, LA COLUMNA CORRESPONDIENTE AL “MONTO DE LA OPERACION”, DEBERA CONTENER LOS IMPORTES DE LAS OPERACIONES REALIZADAS Y/O DEVENGADAS EN EL EJERCICIO.

ASIMISMO, EN LA COLUMNA QUE SE REFIERE AL “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL O RFC”, SE ANOTARA PARA EL PRIMER CASO, EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA LA PARTE RELACIONADA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA NO UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A. EN EL SEGUNDO CASO, SE ANOTARA EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES, CUANDO LA PARTE RELACIONADA SEA UN RESIDENTE EN TERRITORIO NACIONAL.

POR LO QUE SE REFIERE A LA COLUMNA “TIPO DE OPERACION”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y DESCRIPCION QUE CORRESPONDA AL TIPO DE OPERACION REALIZADA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE V.

HOJA DE CAPTURA DE INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

        ESTA HOJA DE CAPTURA DE TEXTO LIBRE, SE UTILIZARA PARA PROPORCIONAR INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN, COMO PUEDE SER LA QUE PROPORCIONAN LAS SOCIEDADES QUE SE ESCINDAN O FUSIONEN, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 51, FRACCION III, INCISOS g) O h) RESPECTIVAMENTE, DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

ESPECIFICAS:

APLICABLES AL DICTAMEN DE SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS.

ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

        DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE SE HA INCLUIDO UNA COLUMNA PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, LA CUAL PODRA UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO AGREGAR CUENTAS QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA. EJEMPLO: “PRIMAS EN VENTA DE ACCIONES”.

        QUIEN ANOTE CANTIDADES EN LA COLUMNA DE “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, DEBIDO A QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS, SE DEBERA PRESENTAR INMEDIATAMENTE DESPUES DEL INDICE 033070 “RESULTADO POR TENENCIA DE ACTIVOS NO MONETARIOS”, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHO SALDO Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE DE CADA CUENTA.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

        EL IMPORTE QUE SE ANOTE EN EL CONCEPTO DE GASTOS “VARIOS”·, DENTRO DEL GRUPO DE “OTROS GASTOS”·, NO DEBERA EXCEDER DEL 5% DEL TOTAL DE LOS GASTOS DE QUE SE TRATE, POR LO QUE EN CASO DE QUE EXISTAN OTROS CONCEPTOS DE GASTOS NO CONTEMPLADOS EN ESTE ANEXO, SE DEBERAN ADICIONAR LOS INDICES NECESARIOS PARA DETALLARLOS.

INCORPORACION DE SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS COMPARATIVOS DE GASTOS.

        LOS CONTRIBUYENTES QUE POR SU GIRO O CONTROL INTERNO REQUIERAN DE AGREGAR SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS COMPARATIVOS DE GASTOS, PODRAN ADICIONAR DICHAS SUBCUENTAS DENTRO DEL ANALISIS DE GASTOS DE LA CUENTA A LA QUE CORRESPONDA, ESTO ES:

- SI LA SUBCUENTA QUE SE DESEA INCORPORAR CORRESPONDE A GASTOS DE VENTA, SE DEBERA AGREGAR DENTRO DEL RUBRO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA QUE SE DESEA ADICIONAR, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL ULTIMO INDICE SEÑALADO EN DICHO RUBRO Y ANTES DEL TOTAL, EN LA COLUMNA DE GASTOS DE VENTA DEL ANEXO “ANALISIS COMPARATIVO DE GASTOS”.

- SI SE DESEA ADICIONAR LA SUBCUENTA DE “PRIMA DOMINICAL DE GASTOS DE VENTA”, SE ADICIONARA DENTRO DEL RUBRO DE REMUNERACIONES POR TENER LA MISMA NATURALEZA DE LAS SUBCUENTAS QUE SE INCLUYEN EN ESTE CAPITULO.

- EN EL CASO DE QUE NO EXISTA UN RUBRO O GRUPO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA DE LA SUBCUENTA QUE SE DESEA ADICIONAR, EN ESTE CASO, SE INCORPORARA EN EL RUBRO DE OTROS GASTOS.

- LA CANTIDAD SE ANOTARA EN LA COLUMNA CORRESPONDIENTE A GASTOS DE VENTA, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL ULTIMO INDICE SEÑALADO EN DICHO RUBRO.

INFORMACION RELATIVA A IMPUESTOS DE CONTRIBUYENTES QUE CONSOLIDAN FISCALMENTE.

EN RELACION A LA INFORMACION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, SE DEBERA CONSIDERAR LO SIGUIENTE:

       ANEXO No. 8.1:

- EN EL ANEXO 8.1 DECLARATORIA, SE DEBERA REFLEJAR LA REVISION DE LOS IMPUESTOS DE LA CONTROLADORA O CONTROLADA, COMO ENTE INDIVIDUAL Y LA REVISION DE LOS IMPUESTOS DICTAMINADOS EN LA CONSOLIDACION FISCAL EN EL CASO DE LA SOCIEDAD CONTROLADORA.

CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, CUFIN CONSOLIDADA.

        LAS SOCIEDADES CONTROLADORAS, DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, CUFIN CONSOLIDADA, CONTENIDA EN EL ANEXO 32, CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 57-H DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE HASTA 2001 Y EL ARTICULO 69 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA VIGENTE EN 2005.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

        CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 120140 “PERDIDA FISCAL”, CONCLUYENDO LA CONCILIACION POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE 120170 “RESULTADO FISCAL”.

AMORTIZACION DE PERDIDAS.

        LAS SOCIEDADES CONTROLADORAS DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN LOS ANEXOS 15 Y 27 DENOMINADOS “AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES” Y “AMORTIZACION DE PERDIDAS CONSOLIDADAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, AUN Y CUANDO EN ESTE EJERCICIO NO HAYAN AMORTIZADO PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

        LAS SOCIEDADES CONTROLADAS DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA, EN EL ANEXO 15 DENOMINADO “AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES”, AUN Y CUANDO EN ESTE EJERCICIO NO HAYAN AMORTIZADO PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

OPERACIONES CON CLIENTES Y OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.

        LA INFORMACION DE ESTOS ANEXOS SE REFERIRA A LAS OPERACIONES CELEBRADAS EN EL EJERCICIO, CON LOS 1500 PRINCIPALES CLIENTES Y CON LOS 1500 PRINCIPALES PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS SIN INCLUIR EL I.V.A., A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 86 FRACCION VIII DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SE PROPORCIONARA ATENDIENDO A LAS INSTRUCCIONES QUE SE INDICAN EN LA DECLARACION DE OPERACIONES CON CLIENTES Y PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE LAS INSTITUCIONES DEL SECTOR FINANCIERO.

DEFINICION DE INDICES PARA LA INCORPORACION DE NUEVAS CUENTAS Y SUBCUENTAS AL FORMATO GUIA DEL DICTAMEN FISCAL.

        EN LO REFERENTE A LOS INDICES PARA CADA UNA DE LAS CUENTAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, ANALISIS, CONCILIACIONES Y RELACIONES, DEBERAN IDENTIFICARSE TAL Y COMO SE ESTABLECE EN LAS REGLAS ESPECIFICAS PARA CADA UNO DE ELLOS. ESTOS INDICES NO DEBERAN MODIFICARSE, SIN EMBARGO, EL CONTADOR PUBLICO PODRA INTERCALAR LAS CUENTAS QUE CONSIDERE NECESARIAS USANDO EL NUMERO ASIGNADO POR LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES O POR LA COMISION NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS, SEGUN EL CATALOGO DE CUENTAS AUTORIZADO, O BIEN, TRATANDOSE DE UN CONCEPTO QUE NO TENGA NUMERO DE CUENTA, ASIGNANDOLE EL NUMERO CONSECUTIVO QUE LE CORRESPONDA DE ACUERDO A LOS MARGENES ESTABLECIDOS ENTRE CADA UNO DE ELLOS, SIEMPRE Y CUANDO NO MODIFIQUE LOS ESTABLECIDOS POR LA AUTORIDAD.

APLICACION DE REGLAS DE AGRUPACION Y CATALOGOS DE CUENTAS AUTORIZADOS POR LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, Y LA DE SEGUROS Y FIANZAS.

        LOS CONTRIBUYENTES A EFECTO DE DETERMINAR LOS IMPORTES QUE REFLEJARAN EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, RELACIONES, ANALISIS Y CONCILIACIONES, SE APEGARAN EN SU CASO, A LAS REGLAS DE AGRUPACION Y AL CATALOGO DE CUENTAS AUTORIZADO POR LAS COMISIONES ANTES SEÑALADAS, VIGENTE EN EL EJERCICIO DICTAMINADO.

INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS CUENTAS DEL ESTADO DE RESULTADOS.

        CON EL PROPOSITO DE RECONOCER EN LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS LOS EFECTOS DE LA INFLACION EN LA INFORMACION FINANCIERA, EN EL SIPRED’2005 SE HAN ABIERTO INDICES ALFANUMERICOS EN AQUELLAS CUENTAS EN LAS CUALES SE DEBERA ANOTAR LAS CANTIDADES QUE CORRESPONDAN PARA TALES EFECTOS.

        EN LAS CUENTAS DEUDORAS Y ACREEDORAS DE RESULTADOS EN LAS QUE SEA NECESARIO AGREGAR INDICES PARA REFLEJAR LOS EFECTOS DE LA INFLACION, SE ANOTARA LA ACTUALIZACION EN EL INDICE SIGUIENTE AL ULTIMO ANOTADO EN EL GRUPO DE SUBCUENTAS O SUBSUBCUENTAS RESPECTIVO.

INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS.

        DEBIDO A LA SIMILITUD EN LA DENOMINACION DE LAS DIVERSAS CUENTAS QUE INTEGRAN LOS CATALOGOS DE CUENTAS DE ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO, EMPRESAS DE FACTORAJE FINANCIERO, ARRENDADORAS FINANCIERAS Y UNIONES DE CREDITO Y CON LA FINALIDAD DE SIMPLIFICAR LA INFORMACION QUE CONTIENE EL DICTAMEN FISCAL APLICABLE A DICHAS INSTITUCIONES; SE HIZO NECESARIO CONSOLIDAR EN UN SOLO DICTAMEN TODA LA INFORMACION PARA EL EJERCICIO DE 2002, AL CUAL SE LE DIO EL NOMBRE DE “INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS”, PARA EL EJERCICIO DE 2005 SE REVALIDA SU VIGENCIA.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

AEROLINEAS.

        POR LO QUE RESPECTA A LAS AEROLINEAS DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, PRESENTARAN LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS CUATRO ESTADOS FINANCIEROS BASICOS CONSIDERANDO, PARA ELLO, QUE EL SIPRED PERMITE ADICIONAR LOS RENGLONES QUE JUZGUEN CONVENIENTES, CON EL FIN DE ADECUARLOS DEPENDIENDO SUS NECESIDADES.

DATOS DE IDENTIFICACION.

        EN EL RENGLON DE “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL” DE LA OFICINA CENTRAL EN EL EXTRANJERO, SE PODRA OMITIR EL LLENADO DE ESTE CAMPO, EN CASO DE QUE LA AUTORIDAD FISCAL DEL PAIS DONDE SE ENCUENTRA UBICADA O SEA RESIDENTE LA OFICINA CENTRAL DEL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO NO ASIGNE A DICHAS OFICINAS CENTRALES NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL.

DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.

        EN EL INDICE 084020 “VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES AL 25% GRAVADOS A LA TASA DEL 15%”, POR LO QUE SE REFIERE A LAS LINEAS AEREAS, CONSIDERARAN UNICAMENTE LA PARTE QUE DE CONFORMIDAD CON EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CORRESPONDA AL SERVICIO PRESTADO EN TERRITORIO NACIONAL.

        ASIMISMO, EN EL INDICE 084040 “VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADOS A LA TASA DEL 0%”, AGREGARA LA PARTE NO CONSIDERADA COMO PRESTACION DE SERVICIOS EN LOS TERMINOS DEL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 16, ANTES MENCIONADO, EN RELACION CON LO QUE ESTABLECEN LAS FRACCIONES V Y VI DEL ARTICULO 29 DE LA CITADA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL I.S.R., PARA LAS EMPRESAS QUE SE DEDICAN AL TRANSPORTE INTERNACIONAL AEREO O TERRESTE.

        PARA EFECTOS DEL LLENADO DE LOS RENGLONES “UTILIDAD ANTES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS” Y TOTAL DE “INGRESOS CONTABLES OBTENIDOS EN EL EJERCICIO FISCAL DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS”, EL CONTRIBUYENTE DEBERA OBTENER DICHOS IMPORTES DE ACUERDO CON EL ARTICULO 30 DE L.I.S.R. EN CASO DE QUE EL CONTRIBUYENTE HAYA OPTADO POR DETERMINAR LA DEDUCCION DE LA PARTE PROPORCIONAL DEL GASTO PROMEDIO QUE POR SUS OPERACIONES HAYA TENIDO EN EL MISMO EJERCICIO DE CONFORMIDAD CON DICHO PRECEPTO LEGAL, CONSIDERANDO LOS DATOS DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS.

        RESPECTO DE LOS INDICES 121050 Y 121070 CORRESPONDIENTE AL “FACTOR DE GASTO PROMEDIO APLICABLE”, SE DEBERA MANEJAR CON ENTEROS Y DOS DECIMALES.

EJEMPLO:

FACTOR DE GASTO DEL 80%              SE ESCRIBIRA 0.80

FACTOR DE GASTO DEL 100%            SE ESCRIBIRA 1.00

INCORPORACION DE SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS COMPARATIVOS DE GASTOS.

        LOS CONTRIBUYENTES QUE POR SU GIRO O CONTROL INTERNO REQUIERAN DE AGREGAR SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS DE GASTOS COMPARATIVOS, PODRAN ADICIONAR DICHAS SUBCUENTAS DENTRO DEL ANALISIS DE GASTOS DE LA CUENTA A LA QUE CORRESPONDA, ESTO ES:

- SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA QUE SE DESEA ADICIONAR, ES DECIR:

- SI SE DESEA ADICIONAR LA SUBCUENTA DE “PRIMA DOMINICAL”, SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE REMUNERACIONES POR TENER LA MISMA NATURALEZA DE LAS SUBCUENTAS QUE SE INCLUYEN EN ESTE CAPITULO.

- EN EL CASO DE QUE NO EXISTA UN CAPITULO O GRUPO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA DE LA SUBCUENTA QUE SE DESEA ADICIONAR, EN ESTE CASO, SE INCORPORARA EN EL CAPITULO DE OTROS GASTOS.

- LAS SUBCUENTAS SE ADICIONARAN DENTRO DEL CAPITULO A QUE CORRESPONDAN, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL ULTIMO INDICE SEÑALADO EN DICHO CAPITULO.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.

        CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE UNA PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 130140 “PERDIDA FISCAL”, CONCLUYENDO LA CONCILIACION. POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE 130170 “RESULTADO FISCAL”.

DATOS DE LA LINEA AEREA QUE ENAJENA LOS BOLETOS QUE AMPAREN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS.

        POR LO QUE RESPECTA A LAS LINEAS AEREAS QUE PRESTEN EL SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS, AMPARADO POR BOLETOS EMITIDOS POR LINEA AEREA DISTINTA A LA QUE PRESTA EL SERVICIO, AMBAS LINEAS AEREAS, INDEPENDIENTEMENTE DE QUIEN ESTE OBLIGADA A REALIZAR EL ENTERO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DEBERAN LLENAR EL ANEXO 26 DENOMINADO “INFORMACION SOBRE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE PRESTEN SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO REGULAR INTERNACIONAL DE PERSONAS AMPARADO POR BOLETOS EMITIDOS POR OTRA LINEA AEREA”, CON LOS DATOS SOLICITADOS.

ASI MISMO LAS LINEA AEREAS A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION DEL IVA SOLICITADA EN EL ANEXO 8.4 DENOMINADO “DETERMINACION DE PAGOS DEFINITIVOS DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO E IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS”.

APENDICE IV.     PROCEDIMIENTO DE DESCARGA E INSTALACION DEL SIPRED’2005.

PARA OBTENER EL MANUAL DE USUARIO Y EL SOFTWARE DE INSTALACION DEL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL 2005 (SIPRED’2005), SE REQUIERE ACCESAR POR MEDIO DE INTERNET A LA PAGINA WEB DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (www.sat.gob.mx) O ACCEDER A ESTA
A TRAVES DE LA PAGINA WEB DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO (www.shcp.gob.mx).

PARA DESCARGAR EL MANUAL DE USUARIO Y EL SOFTWARE DE INSTALACION DEL SIPRED’2005 SIGA EL PROCEDIMIENTO QUE SE DESCRIBE A CONTINUACION:

1.       SELECCIONE EL APARTADO “SERVICIOS”, ENSEGUIDA “DESCARGA DE SOFTWARE”, POSTERIORMENTE “SIPRED” (SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN)” Y DESCARGUE LOS ARCHIVOS CORRESPONDIENTES AL MANUAL DE USUARIO Y SOFTWARE DE INSTALACION DEL SIPRED’2005.

2.       DESCOMPACTAR EN EL DISCO DURO DE LA COMPUTADORA LOS ARCHIVOS DESCARGADOS.

3.       PREVIO A LA INSTALACION DEL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL 2005 (SIPRED’2005), LEA EL MANUAL DE USUARIO Y VERIFIQUE QUE NO SE ESTEN EJECUTANDO EN EL EQUIPO APLICACIONES O MANEJADORES DE MEMORIA ACTIVOS O QUE HAGAN USO EXCLUSIVO DE LA MEMORIA ALTA.

4.       VERIFIQUE QUE NO HAYA SIDO INSTALADO ANTERIORMENTE EL SISTEMA SIPRED’2005, DE LO CONTRARIO VEA LA SECCION “DESINSTALACION DEL SIPRED’2005” EN EL MANUAL DEL USUARIO Y SIGA EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA LA DESINSTALACION.

5.       EJECUTE EL ARCHIVO SETUP.EXE DESDE LA RUTA DONDE DESCOMPACTO LOS ARCHIVOS QUE DESCARGO DE LA PAGINA DEL SAT.

6.       LA INSTALACION DEL SIPRED’2005, INICIARA CON EL COPIADO DE LOS ARCHIVOS Y UTILERIAS NECESARIAS PARA SU EJECUCION.

7.       EL PAQUETE INSTALADOR REVISARA EL ESPACIO DISPONIBLE QUE HAY EN SU DISCO DURO Y EN CASO DE NO CONTAR CON EL ESPACIO NECESARIO, LE INDICARA QUE LIBERE ESPACIO EN DISCO DURO PARA CONTINUAR CON LA INSTALACION. EL ESPACIO LIBRE EN DISCO RECOMENDADO PARA SIPRED’2005 ES DE APROXIMADAMENTE 100 MB, MAS EL TAMAÑO OCUPADO POR CADA DICTAMEN QUE SE CAPTURE.

8.       SI USTED DESEA INTERRUMPIR LA INSTALACION DEL SIPRED’2005, LO PODRA REALIZAR EN CUALQUIER MOMENTO. EN ESTE CASO, EL PAQUETE INSTALADOR MANDARA UN MENSAJE DE CONFIRMACION Y ELIMINARA LOS ARCHIVOS PREVIAMENTE INSTALADOS.

9.       SI DESEA CONTINUAR, EL INSTALADOR MOSTRARA UNA BARRA EN LA QUE INDICARA EL PORCENTAJE DE AVANCE DE LA INSTALACION, ASI COMO EL DESTINO Y EL NOMBRE DE LOS ARCHIVOS QUE ESTA COPIANDO (SE DEBERA RESPETAR LA RUTA DE INSTALACION PROPUESTA POR EL PROGRAMA INSTALADOR).

10.     AL TERMINAR DE COPIAR TODOS LOS ARCHIVOS, EL INSTALADOR ENVIARA UN MENSAJE INDICANDO QUE LA INSTALACION HA TERMINADO CORRECTAMENTE Y MOSTRARA EL GRUPO DE TRABAJO QUE HA CREADO AUTOMATICAMENTE, CON SU RESPECTIVO ICONO.

11.     DURANTE EL PROCESO DE INSTALACION PUEDEN PRESENTARSE MENSAJES RELACIONADOS CON CONFLICTOS ENTRE LAS VERSIONES DE ALGUNOS ARCHIVOS. SE RECOMIENDA CONSERVAR EL ARCHIVO CON LA VERSION MAS RECIENTE.

12.     PARA EJECUTAR EL SISTEMA, SELECCIONE LA OPCION INICIO-PROGRAMAS-DICTAMENES FISCALES 2005 Y POSTERIORMENTE “SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL 2005”.

PARA LOGRAR LA CORRECTA INSTALACION DEL SISTEMA SIPRED’2005, SIGA EL ORDEN MOSTRADO EN CADA UNO DE LOS PASOS ANTERIORES Y ATIENDA LAS RECOMENDACIONES ESPECIFICAS DEL APARTADO “INSTALACION DEL SISTEMA” DEL MANUAL DE USUARIO DEL SIPRED’2005.

APENDICE V     TIPOS DE OPERACIONES.

         OPERACIONES DE INGRESO

01     INGRESOS NETOS POR VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS

02     INGRESOS NETOS POR VENTA DE INVENTARIOS PARA DISTRIBUCION

03     INGRESOS POR PRESTACION DE SERVICIOS

04     INGRESOS POR MAQUILA

05     INGRESOS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

06     INGRESOS POR SEGUROS Y REASEGUROS

07     INGRESOS POR COMISIONES

08     INGRESOS POR REGALIAS

09     INGRESOS POR ASISTENCIA TECNICA

10     INGRESOS POR INTERESES

11     INGRESOS POR ARRENDAMIENTO

12     ENAJENACION DE ACCIONES

13     VENTA DE ACTIVO FIJO

14     OTROS INGRESOS (ESPECIFICAR)

         OPERACIONES DE EGRESO

15     COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA PRODUCCION

16     COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA DISTRIBUCION

17     COMPRA DE ACTIVO FIJO

18     PAGO DE REGALIAS

19     PAGO DE ASISTENCIA TECNICA

20     PAGO DE HONORARIOS

21     PAGO DE ARRENDAMIENTO

22     PAGO DE GARANTIAS

23     PAGO DE PUBLICIDAD

24     PAGO DE SERVICIOS DE MAQUILA

25     PAGO POR OTROS SERVICIOS PRESTADOS

26     PAGO POR SERVICIOS FINANCIEROS

27     PAGO DE COMISIONES

28     PAGO DE INTERESES

29     PRIMAS PAGADAS POR SEGURO Y REASEGURO

30     COMPRA DE ACCIONES

31     OTROS PAGOS (ESPECIFICAR)

INSTRUCTIVO DE CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO Y PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2005 UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2005 (SIPRED'2005), APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS DE DICTAMENES.

A.      SOCIEDADES CONTROLADORAS Y CONTROLADAS

B.      INSTITUCIONES DE CREDITO

C.      INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS

D.      INTERMEDIARIOS FINANCIEROS NO BANCARIOS

E.      CASAS DE CAMBIO

F.      CASAS DE BOLSA

G.      SOCIEDADES CONTROLADORAS DE GRUPOS FINANCIEROS

H.      SOCIEDADES DE INVERSION DE CAPITALES

I.       SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE Y EN INSTRUMENTOS DE DEUDA

J.      ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

ESTE INSTRUCTIVO ES COMPLEMENTO DE LOS FORMATOS GUIA Y DEL INSTRUCTIVO PARA LA INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN.

CONTENIDO Y CARACTERISTICAS PARA EL LLENADO DEL DICTAMEN

DATOS DE IDENTIFICACION.

APLICABLES A TODOS LOS TIPOS DE DICTAMENES.

NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE.

       DATO, NOMBRE COMPLETO DEL CONTRIBUYENTE.

       DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).

       UTILIZACION UNICAMENTE DE LETRAS MAYUSCULAS.

RFC DEL CONTRIBUYENTE.

       DATO, REGISTRO FEDERAL DEL CONTRIBUYENTE.

       DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

- GUION MEDIO Y TRES LETRAS.

- SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA, (DOS CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).

- TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

       UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

DOMICILIO FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO:

CALLE, NUMERO EXTERIOR E INTERIOR.

       DATO, DE CALLE Y NUMERO COMPLETO.

       DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).

       LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

       ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

COLONIA.

       DATO, COLONIA COMPLETA.

       DATO DE CARACTERES ALFANUMERICOS (MAXIMO 50 CARACTERES).

       LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

       ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DELEGACION O MUNICIPIO.

       DATO, DELEGACION O MUNICIPIO COMPLETO.

       DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 50 CARACTERES).

       LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

       ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

CIUDAD O POBLACION.

       DATO, CIUDAD O POBLACION COMPLETA.

       DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 50 CARACTERES).

       LOS CARACTERES ALFABETICOS UNICAMENTE EN MAYUSCULAS.

       ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

CODIGO POSTAL.

       DATO DE 5 CARACTERES NUMERICOS SIN SIGNO.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

ESTADO.

       DATO ELEGIDO DE UNA LISTA (CATALOGO).

TELEFONO DEL CONTRIBUYENTE, DEL REPRESENTANTE LEGAL, DEL CONTADOR PUBLICO Y DEL DESPACHO.

       DATO DE QUINCE CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO SIN SIGNO.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

CLAVE DE ACTIVIDAD PARA EFECTOS FISCALES APLICABLE AL CONTRIBUYENTE.

       DATO DENOMINADO TAMBIEN GIRO.

       SECTOR:                  DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (UN DIGITO).

       SUBSECTOR:           DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (UN DIGITO).

       RAMA:                     DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (DOS DIGITOS).

       ACTIVIDAD:             DATO ELEGIDO DE UN CATALOGO (DOS DIGITOS).

        LA DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD ESPECIFICA SE OBTENDRA Y ASIGNARA AUTOMATICAMENTE DE LOS SEIS DIGITOS ELEGIDOS O SELECCIONADOS.

       ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO.

        DATO, NOMBRE COMPLETO DEL REPRESENTANTE LEGAL O DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO. SE ANOTARA: APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)

        DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).

        UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

        ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

REPRESENTANTE LEGAL NACIONAL O EXTRANJERO.

       DATO DE 2 CARACTERES ALFABETICOS (SI O NO).

       UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

       ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

RFC DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO.

       DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL REPRESENTANTE LEGAL O DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO.

       DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

- CUATRO LETRAS.

- SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS

CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).

- TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

EN EL CASO DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTEN CON ESTE DATO, SE ANOTARA LO SIGUIENTE:               REXT990101XXX

        UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

CURP DEL CONTRIBUYENTE (PERSONA FISICA), DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DEL CONTADOR PUBLICO.

       DATO DE 18 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

- CUATRO CARACTERES ALFABETICOS

- SEIS CARACTERES NUMERICOS.

- SEIS CARACTERES ALFABETICOS.

- UN CARACTER ALFANUMERICO.

- UN CARACTER NUMERICO.

       UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

       ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

NUMERO DE ESCRITURA, NUMERO DE NOTARIA QUE CERTIFICO EL PODER.

        DATO DE QUINCE CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO SIN SIGNO.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

FECHA DE CERTIFICACION DEL PODER, FECHA DE DESIGNACION.

        DATO DE LA CERTIFICACION DEL PODER Y DE LA DESIGNACION DEL CARGO.

        ESTE DATO ESTARA COMPUESTO POR DIEZ CARACTERES ALFANUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA DE CERTIFICACION DEL PODER (DOS PARA EL DIA, DOS PARA EL MES Y CUATRO PARA EL AÑO SEPARADOS POR DIAGONALES “/”).

NUMERO DE REGISTRO DEL CONTADOR PUBLICO.

        PARA EFECTOS DE ESTE DATO SE ANOTARA EL NUMERO ASIGNADO POR LA ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL AL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO.

        DATO DE CINCO CARACTERES NUMERICOS MAXIMO, SIN SIGNO.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

COLEGIO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO.

        DATO, NOMBRE DEL COLEGIO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO.

        DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 80 CARACTERES).

        UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

          ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

DATOS DEL DESPACHO AL QUE PERTENECE EL CONTADOR PUBLICO:

NOMBRE DEL DESPACHO.

       DATO, NOMBRE COMPLETO DEL DESPACHO.

       DATO DE CARACTERES ALFABETICOS (MAXIMO 100 CARACTERES).

       UTILIZACION UNICAMENTE DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

       ESTE TEXTO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.).

RFC DEL DESPACHO.

       DATO, REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES DEL DESPACHO.

       DATO DE 13 CARACTERES ALFANUMERICOS MAXIMO, COMPUESTO POR:

- GUION MEDIO Y TRES LETRAS.

         - SEIS CARACTERES NUMERICOS QUE CORRESPONDEN A LA FECHA (DOS

          CARACTERES PARA EL AÑO, DOS PARA EL MES Y DOS PARA EL DIA).

         - TRES CARACTERES ALFANUMERICOS PARA LA HOMONIMIA.

       UTILIZACION DE CARACTERES ALFABETICOS EN MAYUSCULAS.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC., SALVO EL CARACTER &).

NUMERO DE REGISTRO DEL DESPACHO.

        PARA EFECTOS DE ESTE DATO SE ANOTARA EL NUMERO ASIGNADO POR LA ADMINISTRACION GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL AL DESPACHO.

        DATO DE CINCO CARACTERES NUMERICOS MAXIMO, SIN SIGNO.

        ESTE DATO NO PODRA CONTENER SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, GUIONES, PARENTESIS, ETC.), UNICAMENTE DEBERA CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.