Deducción de Pagos a Personas Fisicas y Donativos
Las
compras a personas fisicas solo son deducibles las que se hayan
pagado en el ejercicio, si no se pagan no son deducibles y solo
serán deducibles cuando se paguen dentro de los 4 meses
siguientes. Según lo dispone el siguiente artículo.
Articulo 31 Fracción IX
LISR
IX. Tratándose de pagos que a su vez sean
ingresos de contribuyentes personas físicas,
de los contribuyentes a que se refieren el
Capítulo VII de este Título,
(DEL REGIMEN SIMPLIFICADO)
así como de aquéllos realizados a los
contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la
fracción I del artículo 18 de esta
Ley
y de los donativos,
éstos sólo se deduzcan
cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que
se trate. Sólo se entenderán como efectivamente
erogados cuando hayan sido pagados en efectivo, mediante
traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de
bolsa, o en otros bienes que no sean títulos de crédito.
Tratándose de pagos con cheque, se considerará
efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido
cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un
tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración.
También se entiende que es efectivamente erogado
cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante
cualquier forma de extinción de las obligaciones.
Cuando los pagos a que se refiere el párrafo
anterior se efectúen con cheque, la deducción se efectuará en el
ejercicio en que éste se cobre, siempre
que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria
que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre
dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
Fracción I del Artículo 18 de esta Ley
Tratándose
de los ingresos por la prestación de servicios
personales independientes que obtengan las
sociedades o asociaciones civiles y de ingresos por
el servicio de suministro de agua potable para uso
doméstico o de recolección de basura doméstica que
obtengan los organismos descentralizados, los
concesionarios, permisionarios o empresas
autorizadas para proporcionar dichos servicios, se
considera que los mismos se obtienen en el momento
en que se cobre el precio o la contraprestación
pactada.