Mundo Fiscal   Manuales   Productos  

 Estudios Fiscales

 

 

 

Siguiente

 

 

INDICE GENERAL 2DA PARTE

 

RMF

2008

Título

Número 2007

II.1.

Disposiciones Generales

 

1.

II.1.1.

Requisitos de los trámites

1.5.

II.1.2.

Lugar y forma para presentar documentación

1.3.

II.2.

Código Fiscal de la Federación

2.

II.2.1.

Disposiciones generales

2.1.

II.2.1.1.

Cobro de créditos fiscales determinados por  autoridades federales

2.1.21.

II.2.1.2.

Cobro de créditos fiscales impugnados

2.1.22.

II.2.1.3.

Constancia de residencia fiscal

2.1.27.

II.2.1.4.

Publicación de factor de actualización y de cantidades actualizadas

2.1.13.

II.2.1.5.

Pago de derechos y aprovechamientos de la SCT

2.1.14.

II.2.1.6.

Impresión y llenado de formas fiscales

2.1.19.

II.2.1.7

Procedimiento que debe observarse en la aplicación de estímulos o subsidios

2.1.28.

II.2.1.8.

Procedimiento que deben observar los donatarios para comprobar que están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales

2.1.32.

II.2.1.9.

Convenio para el pago de créditos adeudados

2.1.17.

II.2.1.10.

Solicitud para la devolución del monto pagado de bienes que no pueden entregarse al postor

2.1.24.

II.2.2.

Devoluciones y compensaciones

2.2.

II.2.2.1.

Saldos a favor de personas físicas

2.2.2.

II.2.2.2.

Devolución de saldos a favor de IVA

2.2.3.

II.2.2.3.

Transferencias electrónicas

2.2.6.

II.2.2.4.

Opción para solicitar la devolución de saldos a favor

2.2.8.

II.2.2.5.

Consulta del trámite de devolución por Internet

2.2.9.

II.2.2.6.

Formato de solicitud de devolución

2.2.10

II.2.2.7.

Aviso de compensación.

2.2.5.

II.2.3.

Inscripción y avisos al RFC

2.3.

II.2.3.1.

De la inscripción al RFC

2.3.1.

II.2.3.1.1.

Inscripción al RFC

2.3.1.1.

II.2.3.1.2.

Inscripción al RFC con conclusión ante la ALSC

2.3.1.2.

II.2.3.1.3.

Inscripción al RFC personalizado

2.3.1.3.

II.2.3.1.4.

Solicitudes y avisos al RFC

2.3.1.4.

II.2.3.1.5.

Inscripción al RFC a través de fedatario público

2.3.1.5.

II.2.3.1.6.

Inscripción al RFC a través de la página de Internet del SAT con conclusión ante la ALSC

2.3.1.6.

II.2.3.1.7.

Documentación que debe entregar el fedatario público de las inscripciones al RFC

2.3.1.7.

II.2.3.1.8.

Informes de fedatarios públicos en materia de inscripción y avisos al RFC

2.3.1.9.

II.2.3.1.9.

Formas en que los fedatarios públicos cumplen con la obligación de cerciorarse de que la clave del RFC de socios o accionistas corresponde a la cédula o constancia respectiva.

2.3.1.10.

II.2.3.1.10.

Inscripción al RFC de la A en P

2.3.1.13.

II.2.3.1.11.

Inscripción al RFC de misiones diplomáticas

2.3.1.14.

II.2.3.1.12.

Inscripción al RFC de trabajadores

2.3.1.15.

II.2.3.1.13.

Inscripción al RFC de Unidades Administrativas de la Federación, Estados y Municipios

2.3.1.17.

II.2.3.1.14.

Inscripción al RFC de fideicomisos

2.3.1.18.

II.2.3.1.15

Inscripción al RFC de personas no obligadas en los términos del CFF

2.3.1.19.

II.2.3.1.16.

Inscripción al RFC de residentes en el extranjero

2.3.1.20.

II.2.3.2.

De los avisos al RFC

2.3.2

II.2.3.2.1.

Presentación de avisos al RFC

2.3.2.1.

II.2.3.2.2.

Avisos que se presentan en la página de Internet del SAT

2.3.2.2.

II.2.3.2.3.

Procedimiento para presentar avisos a través de la página de Internet del SAT

2.3.2.3.

II.2.3.2.4

Utilización de la CIEC

2.3.2.4.

II.2.3.2.5

Avisos al RFC que se presentan a través de atención personalizada

2.3.2.5.

II.2.3.2.6.

Procedimiento para presentar avisos al RFC a través de atención personalizada

2.3.2.6.

II.2.3.2.7.

Avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al RFC

2.3.2.7.

II.2.3.3.

De las disposiciones adicionales a la inscripción y avisos al RFC

2.3.3.

II.2.3.3.1.

Cédula de identificación fiscal y constancia de registro fiscal

2.3.3.2.

II.2.3.3.2.

Catalogo de Actividades Económicas

2.3.3.3.

II.2.3.3.3.

Sistema de Inscripción y Avisos al RFC a través de fedatario público

2.3.3.4.

II.2.3.3.4.

Vigencia del Sistema de inscripción y avisos al RFC a través de fedatario público.

2.3.3.5.

II.2.4.

Impresión y expedición de comprobantes fiscales

2.4.

II.2.4.1.

Pago de las agencias de publicidad, emisión de comprobantes

2.4.3.

II.2.4.2.

Expedición de comprobantes por cuenta de terceros

2.4.4.

II.2.4.3.

Requisitos de los comprobantes fiscales

2.4.7.

II.2.4.4.

Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten autorización para imprimir comprobantes fiscales

2.4.8.

II.2.4.5.

Obligaciones de los impresores autorizados

2.4.9.

II.2.4.6.

Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten autorización para imprimir sus propios  comprobantes fiscales

2.4.24.

II.2.4.7.

Fecha de impresión y numeración de los comprobantes fiscales

2.4.19.

II.2.5.

Autofacturación

2.5.

II.2.5.1.

Requisitos para comprobar la adquisición de determinados bienes cuando se trate de su primera enajenación

2.5.2.

II.2.6.

Discos ópticos

2.7.

II.2.6.1

Utilización de discos ópticos compactos o cintas magnéticas

2.7.1.

II.2.7.

Declaraciones y avisos

2.9.

II.2.7.1.

Formas oficiales aprobadas por el SAT

2.9.13.

II.2.7.2.

Declaraciones y avisos para el pago de derechos

2.9.1.

II.2.7.3.

Presentación de la declaración informativa

2.9.3.

II.2.7.4.

Declaraciones de contribuciones de mejoras

2.9.5.

II.2.7.5.

Declaración de pago en materia de agua

2.9.6.

II.2.7.6.

Declaraciones vía Internet de personas morales con fines no lucrativos

2.9.7.

II.2.7.7.

Declaración informativa de clientes y proveedores

2.9.8.

II.2.7.8.

Aviso sobre centros cambiarios y transmisores de dinero dispersores

2.9.9.

II.2.7.9.

Aviso para presentar dictamen por enajenación de acciones

2.9.11.

II.2.7.10.

Declaración de productos y aprovechamientos

2.9.12.

II.2.7.11.

Convenios con donatarias

2.9.2.

II.2.7.12.

Impresión de formas oficiales

2.9.14.

II.2.7.13.

Presentación del dictamen de estados financieros y demás información a través de Internet

2.9.15.

II.2.8.

Dictamen de contador público

2.10.

II.2.8.1.

Presentación del dictamen utilizando el programa SIPRED 2007

2.10.1.

II.2.8.2.

Información relativa al dictamen de estados financieros.

2.10.2.

II.2.8.3.

Envío de información sobre estados financieros de consolidación, de instituciones financieras y de establecimientos permanentes

2.10.7.

II.2.8.4.

Donatarias exceptuadas de presentar dictamen fiscal simplificado

2.10.8.

II.2.8.5.

Información del dictamen que debe enviarse vía Internet conforme a los formatos guía

2.10.9.

II.2.8.6.

Aviso de opción de dictamen de estados financieros

2.10.22.

II.2.8.7

Información relativa a la vigencia de la certificación de los contadores públicos

2.10.24.

II.2.8.8.

Información de socios activos y del cumplimiento de la norma de educación continua o de actualización académica

2.10.23.

II.2.8.9.

Registro de contadores públicos para dictaminar estados financieros

2.10.25.

II.2.8.10.

Registro de despachos de contadores para dictaminar estados financieros

2.10.26.

II.2.8.11.

Contribuyentes que tributen en el régimen simplificado que dictaminan sus estados financieros

2.10.28.

II.2.9.

Facultades de las autoridades fiscales

2.11.

II.2.9.1.

Criterios no vinculativos

2.11.5.

II.2.9.2.

Consultas en materia de precios de transferencia

2.11.3.

II.2.10.

Pago a plazos, en parcialidades o diferido

2.12.

II.2.10.1.

Solicitud para dejar sin efectos una autorización de pago a plazos

2.12.1.

II.2.10.2.

Forma oficial para pago a plazos

2.12.2.

 

II.2.10.3.

Entrega de forma oficial FMP-1 para pago de primera y última parcialidad o plazo

2.12.3.

II.2.10.4.

Solicitud para pago a plazos

2.12.4.

II.2.11.

De las notificaciones y de la garantía fiscal

2.13.

II.2.11.1.

Notificaciones por estrados y de edictos en Internet

2.13.2.

II.2.11.2.

Suspensión del procedimiento administrativo de ejecución

2.13.1.

II.2.11.3.

Solicitud de instituciones de crédito para ser incluidas en el listado de emisoras de cartas de crédito

2.13.8.

II.2.11.4.

Formalidades para la emisión de cartas de crédito

2.13.9.

II.2.11.5.

Requerimiento del importe garantizado por cartas de crédito

2.13.10.

II.2.12.

Presentación de pagos provisionales y definitivos vía Internet

2.14.

II.2.12.1.

Pagos provisionales o definitivos de impuestos mediante transferencia electrónica de fondos

2.14.1.

II.2.12.2.

Informe de las razones por las que no se realiza pago de impuestos

2.14.2.

 

 

II.2.12.3.

Pagos de impuestos realizados fuera del plazo

 

Procedimiento en el caso de que el pago de impuestos por línea de captura  se realice fuera del plazo

2.14.3.

II.2.12.4.

Presentación de declaraciones complementarias vía Internet

2.14.4.

 

 

 

II.2.12.5.

Presentación de declaraciones complementarias para modificar declaraciones con errores

 

Procedimiento para la presentación de declaraciones complementarias para modificar declaraciones con errores

2.14.5.

II.2.12.6.

Presentación de declaraciones complementarias por omisión de algunas obligaciones fiscales

2.14.6.

II.2.12.7.

Pagos provisionales de IETU

2.14.7.

II.2.12.8.

Pagos mensuales de IEPS

2.14.8

II.2.13.

Opción para la presentación de pagos provisionales y definitivos para personas físicas

2.15.

II.2.13.1.

Declaraciones sin cantidad a pagar

2.15.2.

II.2.13.2.

Pago de impuestos por línea de captura fuera de plazo

2.15.3.

II.2.13.3.

Declaraciones de pagos provisionales y definitivos

2.15.4.

II.2.13.4.

Procedimiento para presentar declaraciones complementarias por errores

2.15.5.

II.2.13.5.

Procedimiento para presentar declaraciones complementarias por omisión de algunas obligaciones

2.15.6.

II.2.14.

De las disposiciones adicionales y del mecanismo de transición

2.16.

II.2.14.1.

Procedimiento para la presentación de declaraciones a partir del 1 de diciembre de 2006

2.16.1.

II.2.14.2.

Pagos provisionales o definitivos anteriores a julio de 2002

2.16.2.

II.2.14.3.

Declaración complementaria a la de razones por las que no se realiza pago de impuestos vigentes hasta el 30 noviembre de 2006

2.16.3.

II.2.14.4.

Procedimiento para la presentación de declaraciones conforme al procedimiento vigente hasta el 30 noviembre de 2006.

2.16.4.

II.2.15.

Declaraciones anuales vía Internet

2.17.

II.2.15.1.

Presentación vía Internet de las declaraciones anuales de ISR e IMPAC

2.17.1.

II.2.15.2.

Presentación de declaraciones anuales por personas morales del Título III de la Ley del ISR

2.17.2.

II.2.15.3.

Presentación de declaraciones anuales complementarias vía Internet

2.17.3.

II.2.16.

Declaraciones anuales por ventanilla bancaria

2.18.

II.2.16.1.

Lugar de presentación de declaraciones anuales por ventanilla bancaria

2.18.1.

II.2.16.2.

Declaración anual por sueldos, personas físicas con ingresos superiores a $400,000.00

2.18.2.

II.2.16.3

Opción para presentar declaraciones anuales vía Internet

2.18.3.

II.2.17.

Disposiciones adicionales para la presentación de declaraciones anuales

2.19.

II.2.17.1.

Medios electrónicos (FIEL y CIEC) que sustituyen la firma autógrafa

2.19.1.

II.2.17.2.

RFC y CURP en declaración anual

2.19.2.

II.2.18.

Declaración Informativa Múltiple vía Internet y por medios magnéticos

2.20.

II.2.18.1.

Medios para presentar la declaración informativa múltiple

2.20.1.

II.2.18.2.

Opción para presentar información en formato oficial

2.20.2.

II.2.18.3.

Plazo para presentar información de partes relacionadas

2.20.3.

II.2.18.4.

Declaraciones complementarias de la Declaración Informativa Múltiple

2.20.4.

II.2.18.5.

Opción para expedir constancias o copias a terceros

2.20.5.

II.2.18.6.

Declaración informativa sobre sujetos ubicados en regímenes fiscales preferentes

2.20.6.

II.2.18.7.

CIEC en la Declaración Informativa Múltiple

2.20.7.

II.2.18.8.

Información anual de IVA

2.20.8.

II.2.18.9.

RFC y CURP en declaración informativa

2.20.9.

II.2.18.10.

Información de fideicomisos que generan ingresos

2.20.10.

II.2.19.

Declaración Informativa de Contribuyentes del Régimen de Pequeños Contribuyentes

2.21.

II.2.19.1.

Información de sueldos y crédito al salario por REPECOS

2.21.2.

II.2.19.2.

Opción para expedir constancias de retenciones por salarios

2.21.3.

II.2.19.3.

RFC y CURP en declaración informativa de REPECOS

2.21.4.

II.2.20.

Medios electrónicos

2.22.

II.2.20.1

Procedimiento para obtener certificado de FIEL

2.22.1.

II.2.20.2.

Renovación de FIEL

2.22.2.

II.2.20.3.

Información que deben contener los certificados

2.22.3.

II.2.20.4.

Revocación de certificados

2.22.5.

II.2.20.5.

Comprobantes fiscales digitales

2.22.6.

II.2.20.6.

Información mensual de las personas que emitan comprobantes fiscales digitales

2.22.7.

II.2.20.7.

Valor de las impresiones de comprobantes fiscales digitales y sus requisitos

2.22.8.

II.2.20.8.

Autenticidad de los acuses de recibo con sello digital

2.22.10.

II.2.20.9.

RFC en comprobantes fiscales digitales con público en general

2.22.11.

II.2.20.10.

Requisitos para ser proveedor autorizado de servicios de generación y envío de comprobantes fiscales digitales

2.22.13.

II.2.20.11.

Requisitos para mantener la autorización como proveedor de servicios autorizados para la generación y envío de comprobantes fiscales digitales

2.22.14.

II.2.20.12.

Posibilidad de contratar servicios de uno o más proveedores de servicios de generación y envío de comprobantes fiscales digitales.

2.22.15.

II.2.20.13.

Requisitos que deben cumplir los contribuyentes que opten  por emitir comprobantes fiscales digitales a través de un proveedor de servicios de generación y envío

2.22.16.

II.2.20.14.

Autenticidad de folios y vigencia de los certificados de sellos digitales

2.22.17.

II.2.21.

De los remates iniciados con anterioridad al 29 de junio de 2006

2.23.

II.2.21.1.

Remate de bienes embargados con anterioridad al 29 de junio de 2006

2.23.1.

II.2.22.

De los controles volumétricos para gasolina, diesel, gas natural para combustión automotriz y gas licuado de petróleo para combustión automotriz, que se enajene en establecimientos abiertos al público en general

2.24.

II.2.22.1

Equipos para llevar los controles volumétricos

2.24.1.

II.2.22.2.

Características de la unidad central de control. Gasolina o diesel

2.24.2.

II.2.22.3.

Características del equipo de telemedición en tanques. Gasolina o diesel

2.24.3.

II.2.22.4.

Características de los dispensarios. Gasolina o diesel

2.24.4.

II.2.22.5.

Impresoras para la emisión de comprobantes. Gasolina o diesel

2.24.5.

II.2.22.6.

Información de los tanques y su contenido en la unidad central de control. Gasolina o diesel

2.24.6.

II.2.22.7.

Información que los dispensarios deben concentrar en la unidad central de control. Gasolina o diesel

2.24.7.

II.2.22.8

Comprobantes para las personas que enajenan gasolina o diesel al público en general

2.24.8.

II.2.22.9.

Archivo de información al inicio de la operación de los equipos para controles volumétricos. Gasolina o diesel

2.24.9.

II.2.22.10.

Almacenamiento de los registros de archivo. Gasolina o diesel

2.24.10.

II.2.22.11.

Obligaciones para mantener en operación los controles volumétricos. Gasolina o diesel

2.24.11.

II.2.22.12.

Formatos de equipos de control volumétrico

2.24.12.

II.2.22.13.

Obligación de llevar los equipos de control volumétrico

2.24.13.

II.2.22.14.

Unidad central de control. Gasolina o diesel

2.24.14.

II.2.22.15.

Equipo de medición de volumen suministrado a través de gasoducto

2.24.15.

II.2.22.16

Dispensarios. Gas natural para combustión automotriz

2.24.16.

II.2.22.17.

Impresoras para la emisión de comprobantes. Gas natural para combustión automotriz

2.24.17.

II.2.22.18.

Concentración de la información en el equipo de medición de volumen suministrado a través de gasoducto

2.24.18.

II.2.22.19.

Información que debe concentrarse en la unidad central de control. Gas natural para combustión automotriz

2.24.19.

II.2.22.20.

Requisitos de los comprobantes para quien enajena gas natural para combustión automotriz

2.24.20.

II.2.22.21.

Almacenamiento de información al inicio de la operación de equipos para llevar controles volumétricos. Gas natural para combustión automotriz

2.24.21.

II.2.22.22.

Almacenamiento de los registros de archivos. Gas natural para combustión automotriz

2.24.22.

II.2.22.23.

Operación continua de los controles volumétricos de gas natural

2.24.23.

II.2.22.24.

Equipos de control volumétrico de gas natural automotriz

2.24.24.

II.2.22.25.

Equipos necesarios para enajenar gas licuado de petróleo para combustión automotriz

2.24.25.

II.2.22.26.

Unidad central de control. Gas licuado de petróleo

2.24.26.

II.2.22.27.

Medidor de volumen de entrada. Gas licuado de petróleo

2.24.27.

II.2.22.28.

Indicador de carátula de volumen en tanques. Gas licuado de petróleo

2.24.28.

II.2.22.29.

Dispensarios. Gas licuado de petróleo

2.24.29.

II.2.22.30.

Impresoras para la emisión de comprobantes. Gas licuado de petróleo

2.24.30.

II.2.22.31.

Información a concentrar de cada medidor de volumen de entrada. Gas licuado de petróleo

2.24.31.

II.2.22.32.

Almacenamiento de información de dispensarios en la unidad central de control. Gas licuado de petróleo

2.24.32.

II.2.22.33.

Comprobantes de quienes enajenen gas licuado de petróleo

2.24.33.

II.2.22.34.

Controles volumétricos de gas licuado de petróleo al inicio de la operación de los equipos

2.24.34.

II.2.22.35.

Registro de archivos de cada medidor de volumen de entrada

2.24.35.

II.2.22.36.

Operación continua de los controles volumétricos de gas licuado de petróleo

2.24.36.

II.2.22.37.

Equipos de control volumétrico para enajenar gas licuado de petróleo para combustión automotriz

2.24.37.

II.2.22.38.

Obligación de garantizar la confiabilidad de la información de controles volumétricos

2.24.38.

II.2.22.39.

Cumplimiento del requisito cuando a los originales de los comprobantes se anexen los simplificados

2.24.39.

II.2.23.

Del pago de derechos, productos y aprovechamientos vía Internet

2.25.

II.2.23.1.

Procedimiento para pago de DPA´s  vía Internet

2.25.1.

II.2.24.

Del pago de derechos, productos y aprovechamientos por ventanilla bancaria

2.26.

 

 

 

II.2.24.1.

Pago de DPA´s de personas físicas a dependencias, entidades, órganos u organismos

 

Pago de DPA´s en ventanilla bancaria

2.26.1.

II.2.25.

Disposiciones adicionales para el pago de derechos, productos y aprovechamientos vía Internet y ventanilla bancaria

2.27.

II.2.25.1.

Variación de pago de DPA´s que se realicen en forma subsecuente

2.27.2.

II.2.25.2.

Pago de IVA en DPA´s

2.27.4.

II.2.26.

Del remate de bienes embargados

2.28.

II.2.26.1.

Remate de bienes embargados por medios electrónicos

2.28.1.

II.2.26.2.

Subasta de bienes embargados vía Internet

2.28.2.

II.2.26.3.

Requisitos que deben cumplir los interesados en participar en remates por medios electrónicos

2.28.3.

II.2.26.4.

Duración de la subasta electrónica

2.28.5.

II.2.26.5.

Recepción y aceptación de posturas

2.28.6.

II.2.26.6.

Entero del saldo de la cantidad ofrecida en la postura o de la que resultó de las mejoras

2.28.7.

II.2.26.7.

Entrega del bien rematado

2.28.8.

II.2.26.8.

Incumplimiento del postor

2.28.9.

II.2.27.

Disposiciones adicionales del remate de bienes embargados

2.29.

II.2.27.1.

Reintegro del depósito en garantía

2.29.1.

II.2.27.2.

Cancelación o suspensión del remate

2.29.2.

II.2.27.3.

Instituciones de Crédito autorizadas para recibir pagos mediante transferencia electrónica de fondos

2.29.3.

I.3.

Impuesto sobre la Renta

3.

II.3.1.

Disposiciones generales

3.1.

II.3.1.1.

Constancia de percepciones y retenciones de ingresos por dividendos de acciones extranjeras

3.1.4.

II.3.1.2.

Dirección de correo electrónico para manifestar interés en recibir donativos de bienes que han perdido su valor

3.1.6.

II.3.1.3.

Medio para informar las operaciones superiores a $100,000.00

3.1.5.

II.3.1.4.

Aviso de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital recibidos en efectivo

3.1.8.

II.3.2.

Personas Morales

3.2.

II.3.2.1.

Declaración informativa de sociedades de inversión de capitales y de fideicomisos empresariales

3.2.1.

II.3.3.

Deducciones

3.4.

II.3.3.1.

Requisitos para solicitar la autorización para emitir monederos electrónicos

3.4.36.

II.3.3.2.

Autoridad competente para presentar el aviso de pérdida en enajenación de acciones y otros títulos valor

3.4.32.

II.3.4.

Régimen de consolidación

3.5.

II.3.4.1.

Obligación de las sociedades controladoras de informar los cambios de denominación o razón social

3.5.1.

II.3.4.2.

Documentación que debe adjuntarse a la solicitud de autorización para consolidar fiscalmente

3.5.3.

II.3.4.3.

Autoridad competente para la presentación del aviso de incorporación

3.5.9.

II.3.4.4.

Solicitud de desconsolidación

3.5.5.

II.3.4.5.

Autoridad competente para la presentación de la solicitud de desconsolidación y los avisos de desincorporación

3.5.8.

II.3.4.6.

Procedimiento para presentar la información del dictamen de estados financieros

3.5.12.

II.3.5.

Obligaciones de las personas morales

3.6.

II.3.5.1.

Claves utilizadas en las constancias de pagos a extranjeros

3.6.1.

II.3.6.

Personas morales con fines no lucrativos

3.8.

II.3.6.1.

Declaración informativa de personas morales con fines no lucrativos

3.8.1.

II.3.7.

Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles

3.9.

II.3.7.1.

Autorización a las organizaciones civiles y fideicomisos de recibir donativos deducibles

3.9.1.

II.3.7.2.

Causas para revocar o no renovar la autorización para recibir donativos deducibles

3.9.2.

II.3.7.3.

Supuestos y requisitos para recibir donativos deducibles

3.9.4.

II.3.7.4.

Formalidades de los documentos para la solicitud de donativos deducibles

3.9.6.

 

 

 

II.3.7.5.

Información relativa a la transparencia y al uso y destino de los donativos recibidos

 

Medio a través del cual las donatarias autorizadas deberán garantizar la transparencia de los donativos recibidos

3.9.10.

 

 

 

II.3.7.6.

Concepto de partes relacionadas para donatarias autorizadas y medio para presentar información

 

Medio para presentar información para donatarias autorizadas

3.9.11.

II.3.8.

Personas físicas

3.11.

II.3.8.1.

Procedimiento para el pago provisional del ISR por salarios pagados por no obligados a retener y por ingresos provenientes del extranjero

3.11.5.

II.3.8.2.

Procedimiento para enterar el ISR en el régimen simplificado vigente hasta 2001

3.11.10.

II.3.9.

Salarios

3.13.

II.3.9.1.

Procedimiento y requisitos para la presentación de la constancia de sueldos pagados

3.13.5.

II.3.10.

Pago en especie

3.14.

II.3.10.1.

Decreto que otorga facilidades para el pago de ISR y de IVA a las personas dedicadas a las artes plásticas

3.14.1

II.3.10.2.

Requisitos a cumplir tratándose de donación de obras a museos.

3.14.2.

II.3.11.

Ingresos por enajenación de inmuebles

3.15.

II.3.11.1.

Procedimiento para cumplir la obligación de los fedatarios públicos de pagar el ISR y el IVA

3.15.4.

II.3.12.

Ingresos por intereses

3.17.

II.3.12.1.

Autoridad competente para la presentación de la constancia de reciprocidad en materia de ISR

3.17.1.

II.3.12.2.

Procedimiento para que las instituciones que componen el sistema financiero presenten información

3.17.15.

II.3.12.3.

Identificación del perceptor de los intereses por parte de las Administradoras de Fondos para el Retiro

3.17.20

II.3.13.

Residentes en el extranjero

3.21.

II.3.13.1.

Estructura del registro de bancos, entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión del extranjero

3.21.2.

II.3.13.2.

Documentación necesaria para la inscripción en el registro de bancos y entidades de financiamiento

3.21.3.

II.3.13.3.

Documentación necesaria para la renovación de la inscripción en el registro de bancos y entidades de financiamiento

3.21.4.

II.3.13.4.

Documentación necesaria para la Inscripción y registro de fondo de pensiones y jubilaciones y fondos de inversión o personas morales en los que participan

3.21.5.

II.3.13.5.

Renovación de la inscripción de fondos de pensiones y jubilaciones del extranjero

3.21.6.

II.3.13.6.

Información del ejercicio 2002 y anteriores sobre financiamiento

3.21.7.

II.3.13.7.

Autoridad competente para la presentación de las solicitudes y demás información respecto del registro

3.21.10.

II.3.13.8.

Requisitos para la inscripción de entidades de financiamiento como bancos de inversión

3.21.11.

II.3.13.9.

Autoridad competente para la presentación de avisos de residentes en el extranjero

3.21.13.

II.3.13.10.

Escrito de los residentes en el extranjero en el que manifiesten su voluntad de optar por determinar el impuesto

3.21.17.

II.3.14.

Opción para residentes en el extranjero

3.22.

II.3.14.1

Autoridad competente para presentar la solicitud de inscripción como retenedor por los residentes en el extranjero que paguen salarios

3.22.1.

II.3.15.

Pagos a residentes en el extranjero

3.23.

II.3.15.1.

Aviso de diferimiento de ISR por venta de acciones

3.23.10.

II.3.15.2.

Requisitos de la información para la retención sobre los intereses provenientes de títulos de crédito

3.23.6.

II.3.15.3.

Autoridad competente para la presentación del aviso de diferimiento de ISR por venta de acciones

3.23.11.

II.3.15.4.

Autoridad competente para la presentación de la solicitud de inscripción al RFC como retenedor por actividades artísticas distintas de espectáculos públicos o privados

3.23.12.

II.3.16.

De los regímenes fiscales preferentes y de las empresas multinacionales

3.24.

II.3.16.1.

Autoridad competente para presentar la declaración informativa de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes

3.24.4.

II.3.16.2.

Sujetos no obligados a presentar declaración informativa de ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes

3.24.5.

II.3.16.3.

Contenido de la declaración informativa de entidades transparentes

3.24.7.

II.3.17.

Cuentas de ahorro y primas de seguros

3.25.

II.3.17.1.

Acciones de sociedades de inversión que se consideran para los efectos de las cuentas personales para el ahorro

3.25.1.

II.3.18.

Maquiladoras

3.26.

II.3.18.1.

Autoridad competente para presentar información de las empresas bajo el programa de albergue

3.26.9.

II.3.19.

Depósitos e inversiones que se reciban en México

3.28.

II.3.19.1.

Lugar y forma para enterar el ISR por repatriación de capitales

3.28.2.

II.3.20.

Máquinas registradoras de comprobación fiscal

3.29.

II.3.20.1.

Registros de fabricantes, importadores y empresas desarrolladoras de sistemas autorizadas

3.29.5.

II.3.20.2.

Logotipo de los comprobantes fiscales de máquinas y equipos electrónicos

3.29.4.

II.3.20.3.

Autoridad competente para presentar el aviso de pérdida de máquina, equipo o sistema fiscal

3.29.3.

II.3.21.

De los pagos a que se refieren los artículos 136-Bis, 139, fracción VI y 154-Bis de la Ley del ISR

3.30.

II.3.21.1.

Pagos de los contribuyentes del régimen de pequeños contribuyentes

3.30.1.

II.4.

Impuesto Empresarial a Tasa Única

17.

II.4.1.

Personas que presentarán el escrito de fideicomitentes o fideicomisarios sobre cumplimiento de obligaciones

17.14.

II.4.2.

Aviso de fiduciaria sobre cumplimiento de obligaciones

17.15.

II.4.3.

Aviso de concurso mercantil y documentación adjunta

17.23.

II.5.

Impuesto al valor agregado

5.

II.5.1.

Disposiciones Generales

5.1

II.5.1.1

Aviso del destino de los saldos a favor del IVA obtenidos por contribuyentes que suministren agua para uso doméstico

5.1.4.

II.5.1.2

Concesión para la administración de devoluciones de IVA a turistas

5.1.7.

II.5.1.3

Título de concesión para devolución de IVA a extranjeros, condiciones y modalidades del servicio

5.1.8.

II.5.1.4

Documentos necesarios para devolución de IVA a turistas extranjeros

5.1.9.

II.5.1.5

Requisitos adicionales de comprobantes fiscales digitales para devolución de IVA a turistas extranjeros

5.1.10.

II.5.1.6

Requisitos del formato de solicitud de devolución de IVA a turistas extranjeros

5.1.11.

II.5.1.7.

Declaración informativa del operaciones con terceros a cargo de personas físicas, formato, periodo y medio de presentación

5.1.14.

II.5.1.8.

Declaración informativa de operaciones con terceros a cargo de personas morales, formato, periodo y medio de presentación

5.1.12.

II.5.2.

Acreditamiento del impuesto

5.2.

II.5.2.1

Solicitud de devolución de IVA para misiones diplomáticas y organismos internacionales

5.2.4.

II.5.3.

Importación de bienes y servicios

5.5.

II.5.3.1

Requisitos para  la procedencia del no pago del IVA en importación de vehículos

5.5.1.

II.5.4.

Pago del IVA mediante estimativa del Régimen de Pequeños Contribuyentes

5.7.

II.5.4.1

Aviso de cambio de régimen a contribuyentes que no realicen el cálculo del IVA mediante estimativa

5.7.2.

II.5.4.2

Ejercicio de la opción de pago de IVA mediante estimativa para  personas que se inscriban al RFC como REPECOS

5.7.3.

II.5.4.3

Periodo y formas oficiales para pagos de ISR e IVA de REPECOS en Entidades Federativas con convenio de coordinación.

5.7.8.

II.6.

Impuesto especial sobre producción y servicios

6.

II.6.1.

Información de entidades federativas sobre recaudación de IEPS por la venta final al público en general de gasolinas y diesel en territorio nacional

6.38.

II.6.2.

Lugar y forma para el pago del IEPS por la venta final al público en general de gasolinas y diesel en territorio nacional

6.36.

II.6.3.

Declaración de pago de IEPS en dos o más entidades federativas

6.37.

II.6.4.

Obligaciones que se deben cumplir a través del programa “Declaración informativa Múltiple del IEPS”

6.1.

II.6.5.

Declaración informativa del IEPS trasladado, a través del programa “MULTI-IEPS”

6.8.

II.6.6.

Registro de la lista de precios de venta de cigarros a cargo de productores e importadores, a través del programa “MULTI-IEPS”

6.9.

II.6.7.

Características de seguridad de los marbetes y precintos

6.6.

II.6.8.

Solicitud anticipada de marbetes o precintos para importación de bebidas alcohólicas

6.2.

II.6.9.

Procedimiento para la solicitud y entrega de marbetes y precintos

6.12.

II.6.10.

Representante legal autorizado para recoger marbetes o precintos

6.13.

II.6.11.

Procedimiento para la sustitución de marbetes o precintos con defectos

6.14.

II.6.12.

Robo, pérdida, deterioro y devolución de marbetes o precintos

6.15.

II.6.13.

Control de marbetes y precintos en la importación de bebidas alcohólicas

6.16.

II.6.14.

Información de bienes producidos, enajenados o importados, por entidad federativa, a través del programa “MULTI-IEPS”

6.19.

II.6.15.

Información de clientes y proveedores a través del programa “MULTI- IEPS”

6.20.

II.6.16.

Información de precios de enajenación, valor y volumen de tabacos labrados, a través del programa “MULTI- IEPS”

6.21.

II.6.17.

Información de control físico de volumen fabricado, producido o envasado, a través del sistema de declaraciones informativas por medios magnéticos (D.I.M.M.)

6.22.

II.6.18.

Información sobre equipos para destilación o envasamiento, a través del programa “MULTI- IEPS”

6.23.

II.6.19.

Reporte sobre procesos de producción, destilación o envasamiento, a través del programa “MULTI- IEPS”

6.24.

II.6.20.

Información de adquisición, incorporación o modificación de equipos a través del programa “MULTI- IEPS”

6.25.

II.6.21.

Información sobre precios de enajenación, a través del programa “MULTI- IEPS”

6.26.

II.6.22.

Registro en el padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas del RFC

6.27.

II.6.23.

Causales para la baja en el padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas del RFC

6.28.

II.6.24.

Requisitos para ser considerados contribuyentes cumplidos con derecho a la obtención de marbetes y precintos

6.34.

II.6.25.

Informe sobre folios de marbetes o precintos a través del programa “MULTI-IEPS”

6.30.

II.6.26.

Informe del número de litros producidos de conformidad con los aparatos de control volumétrico a través del programa “MULTI- IEPS”

6.31.

II.6.27.

Información del IEPS, a través de la declaración informativa múltiple

6.32.

II.6.28.

Forma oficial para registro de destrucción de envases

6.33.

II.6.29.

Obligaciones de contribuyentes que celebren contratos con terceros para fabricar, producir o envasar bebidas alcohólicas

6.18.

II.6.30.

Asignación de clave para producir e importar nuevas marcas de tabacos labrados

6.35.

II.7.

Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos

7.

II.7.1.

Obligaciones

7.3

II.7.1.1.

Presentación de la información del precio de unidades vendidas a través de medios magnéticos

7.3.1.

II.7.2.

Del pago del impuesto de aeronaves

7.4.

II.7.2.1.

Procedimiento para la presentación de declaraciones del ISTUV de aeronaves vía Internet

7.4.1.

II.7.2.2.

Forma oficial para presentar declaraciones de ISTUV de aeronaves

7.4.2.

II.8.

Contribución de mejoras

8.

II.8.1.

Actualización de contribuciones de mejoras

8.1

II.9.

Derechos

9.

II.9.1.

Pago de derechos en oficinas del extranjero en dólares de los EUA

9.2.

II.9.2.

Forma para pago de derechos por calidad migratoria

9.4.

II.9.3.

Claves a usar en el pago de derechos por servicios

9.12.

II.10.

Impuesto sobre automóviles nuevos

10.

II.10.1.

Requisitos para la exención del ISAN en la importación de vehículos en franquicia

10.2.

II.10.2.

Formas para el pago provisional y definitivo del ISAN

10.8.

II.10.3.

Lugar, forma y plazo para proporcionar la clave vehicular de vehículos que serán enajenados

10.1.

II.10.4.

Solicitud de aasignación de número de empresa para integrar la clave vehicular

10.3.

II.10.5.

Integración del 4o. y 5o. digito de la  clave vehicular

10.7.

II.11.

Impuesto a los Depósitos en Efectivo

20.

II.11.1.

Registro de depósitos en efectivo

20.18.

II.12.

Ley de Ingresos de la Federación

11

II.12.1.

Acreditamiento del IEPS bajo el concepto de “Crédito IEPS Diesel sector primario y minero”

11.5.

II.12.2.

Acreditamiento del IEPS bajo el concepto “Crédito IEPS diesel marino”

11.11.

II.12.3.

Unidad competente para recibir documentos de acreditamiento de IEPS

11.16

II.12.4.

Periodicidad de intercambio de información crediticia por el SAT

11.17.

II.12.5.

Aclaración ante el SAT de la información enviada a las Sociedades de Información Crediticia

11.18.

II.13.

Título 13. De los Decretos

 

II.13.1.

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2003 y modificado mediante Decretos publicados en el DOF el 12 de enero de 2005, 12 de mayo, 28 de noviembre de 2006 y 4 de marzo de 2008

12.

II.13.1.1.

Procedimiento para verificar que los vehículos usados fueron utilizados en el servicio público de autotransporte federal de carga o pasajeros

12.1.

II.13.1.2.

Documentación que deberá recabarse del adquirente

12.2.

II.13.1.3.

Emisión del certificado de destrucción de vehículo en los centros autorizados

12.5.

II.13.1.4.

Relación de la documentación que se proporciona al SAT de cada vehículo destruido

12.6.

II.13.1.5.

Trámite de baja y alta ante la SCT, una vez destruido el vehículo

12.7.

II.13.1.6.

Entrega de vehículo y conservación de copia certificada del alta y de la tarjeta de circulación

12.8.

II.13.1.7.

Aviso de destrucción, de los centros autorizados por el SAT

12.11.

II.13.1.8.

Entrega del vehículo al centro de destrucción

12.15.

II.13.2.

Del decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para el uso de medios de pago electrónicos en las empresas que se indican, publicado en el DOF el 12 de noviembre de 2004

13.

II.13.2.1.

Información de los montos del estímulo fiscal que determine la institución fiduciaria

13.2

II.13.2.2.

Presentación de los informes de las aportaciones realizadas al FIMPE y de las acciones y funciones del Coordinador Ejecutivo mediante escrito libre

13.3

II.13.2.3.

Plan de Trabajo Anual, presentación en la Unidad de Banca y Ahorro de la SHCP

13.5

II.13.2.4.

Vigilancia por parte del SAT de la correcta aplicación de los estímulos

13.6

II.13.2.5.

Mesa de control de solicitudes de instalación y operación de las TPV(s)

13.9

II.13.2.6.

Información para la aplicación del acreditamiento del estímulo

13.17

II.13.2.7.

Documentación soporte del programa de inversiones

13.18

II.13.3.

Del Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a los contribuyentes que adquieran e instalen dispensarios de gasolina en establecimientos abiertos al público en general, publicado en el DOF el 26 de junio de 2006

16.

II.13.3.1.

Documentación de destrucción de dispensarios dentro del plazo

16.5.

 

Transitorios

 

Primero

Vigencia de la RMF

 

Segundo

Anexos que se dan a conocer

 

Tercero

Anexos prorrogados

 

Cuarto

Aviso de aumento de obligaciones en materia de IETU

2.3.2.22.

Quinto

Aviso de disminución de obligaciones en materia de IMPAC

2.3.2.24.

Sexto

Aviso de aumento de obligaciones “Venta de gasolina y diesel”

2.3.2.25. (Primer párrafo)

Séptimo

Calendario de inscripción en el RFC de personas físicas

 

Octavo

Presentación del dictamen de estados financieros en los municipios del Estado de Tabasco afectados por las fuertes y atípicas precipitaciones pluviales ocurridas a finales de octubre y principios de noviembre de 2007

 

Noveno

Deducción de costo de lo vendido en enajenaciones a plazos que al 31 de diciembre de 2004 tengan ingresos pendientes de acumular

3.4.23.

Décimo

Mecánica para la deducción de costo de lo vendido en enajenaciones a plazos que al 31 de diciembre de 2004 tengan ingresos pendientes de acumular

3.4.24.

Décimo Primero

Cumplimiento del requisito de que el periodo de revisión tasa de interés es de cuando menos seis meses, en el caso de intereses que provengan de títulos de crédito denominados en pesos

3.17.10.

Décimo Segundo

Requisitos para aplicar la opción de transmitir pérdida fiscal a los socios permisionarios, personas físicas coordinadas e integrantes de un Coordinado

3.7.3.

Décimo Tercero

Procedimiento para la determinación del saldo inicial de la cuenta de utilidad fiscal neta tratándose de los contribuyentes que iniciaron sus actividades antes del 1 de enero de 2002

3.6.2.

Décimo Cuarto

Pago de ISR de los contribuyentes que tributaron en el régimen simplificado de conformidad con el Título II-A de la Ley del ISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2001

3.6.3.

Décimo Quinto

Exención del pago de ISR a las personas físicas que hayan pactado un reporto con anterioridad al 1 de enero de 2003

3.17.12.

Décimo Sexto

Acumulación de inventarios pendientes de acumular, en el caso de fusión de sociedades

3.4.25.

Décimo Séptimo

Procedimiento para determinar el inventario acumulable del ejercicio fiscal de 2005 y posteriores

3.4.26.

Décimo Octavo

Intereses pagados por las instituciones de seguros

3.17.7.

Décimo Noveno

Opción para considerar como valor de los inmuebles,

el contenido en los estados financieros correspondientes al ejercicio fiscal de 2004

3.23.3.

Vigésimo

Opción de no considerar

como ingreso acumulable el monto equivalente al 3% del monto deducido actualizado, en cada uno de los ejercicios que transcurran desde el ejercicio en el que se adquirió el terreno y hasta el ejercicio inmediato anterior a aquel en el que se enajene el mismo, para efectos de pagos provisionales

3.4.27.

Vigésimo Primero

Cumplimiento de la obligación del séptimo párrafo de la regla 3.9.1. de la RMF 2007 para continuar la con autorización para recibir donativos deducibles.

 

Vigésimo Segundo

Vigencia de la regla II.2.3.15. tercer párrafo.