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TARIFAS APLICABLES A 2005
Tarifa mensual establecida en el artículo 80 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente en 1991, adecuada con la reforma para 2005, aplicable para el cálculo del impuesto correspondiente a 2005
4. Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales que se deban efectuar, tratándose de enajenación de inmuebles a que se refiere la regla 3.15.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004.
1. Tarifa aplicable en función de la cantidad de trabajo realizado y no de días laborados, correspondiente a 2005, calculada en días.
2. Tarifa aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo de 7 días, correspondiente a 2005.
3. Tarifa aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo de 10 días, correspondiente a 2005.
4. Tarifa aplicable cuando hagan pagos que correspondan a un periodo de 15 días, correspondiente a 2005.
5. Tarifa aplicable durante 2005, para el cálculo de los pagos provisionales mensuales.
6. Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales trimestrales correspondientes a 2005.
7. Tarifa para el pago provisional del mes de enero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.
Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso distinto del de casa habitación
Tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondientes al primer semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
8. Tarifa integrada para el pago provisional del mes de enero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.
8a. Tarifa integrada aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso distinto del de casa habitación, misma que contempla el subsidio aplicable.