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INSTRUCTIVO PARA LA INTEGRACION Y PRESENTACION DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS PARA EFECTOS FISCALES EMITIDO POR CONTADOR PUBLICO REGISTRADO, POR EL EJERCICIO FISCAL DEL 2003, UTILIZANDO EL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN 2003 (SIPRED'2003), APLICABLE A LOS SIGUIENTES TIPOS DE DICTAMENES:

A. ESTADOS FINANCIEROS GENERAL

B. CONTRIBUYENTES AUTORIZADOS PARA RECIBIR DONATIVOS

C. CONTRIBUYENTES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO

D. ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

I.- PAQUETE UTILIZADO PARA LA GENERACION DEL DICTAMEN.

SIPRED'2003

·LA VERSION SERA LA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

II.- PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL.

LA PRESENTACION SE INTEGRA POR:

·LOS ANEXOS DEL DICTAMEN GENERADO A TRAVES DEL SIPRED’2003.

·LA CARTA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN.

·LA OPINION DEL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO QUE DICTAMINA Y EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE.

·EN SU CASO, INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

III.- CARACTERISTICAS GENERALES.

A.- NOMBRE DEL ARCHIVO.

LA INFORMACION SE INTEGRARA EN UN SOLO ARCHIVO ENCRIPTADO Y ENSOBRETADO CON EXTENSION SB2, EL CUAL SERA CONFORMADO POR 22 CARACTERES (INCLUYENDO EXTENSION) Y CONTENDRA LA INFORMACION SEÑALADA EN EL PUNTO II ANTERIOR.

B.- LA INFORMACION DE CADA DICTAMEN SE INTEGRARA DE LA SIGUIENTE MANERA.

ESTADOS FINANCIEROS GENERAL.

No. DE REFERENCIA

DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

· DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

 

 

2.-

·ESTADO DE RESULTADOS.

 

 

3.-

·ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

 

 

4.-

·ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

4.1.-

·NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

 

 

5.-

6.-

 

7.-

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS.

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.

8.-

·RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

8.1.-

·DECLARATORIA.

9.-

·RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

10.-

·DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

 

 

11.-

·RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

 

 

12.-

·BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

 

 

13.-

·CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

14.-

15.-

16.-

17.-

- INGRESOS FISCALES NO CONTABLES.

- DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES.

- DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES.

- INGRESOS CONTABLES NO FISCALES.

 

 

18.-

·CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

 

 

19.-

·CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

 

 

20.-

·AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

 

 

21.-

·INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

 

 

22.-

·OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

 

 

23.-

·DATOS INFORMATIVOS DE LA DECLARACION ANUAL.

 

 

24.-

·INVERSIONES.

 

 

25.-

·OPERACIONES CON CLIENTES.

 

 

26.-

·OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.

 

 

27.-

·OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

CONTRIBUYENTES AUTORIZADOS PARA RECIBIR DONATIVOS.

No. DE REFERENCIA

DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE.

- REPRESENTANTE LEGAL.

- CONTADOR PUBLICO.

 

 

 

·DATOS GENERALES.

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·ESTADO DE INGRESOS Y EGRESOS.

1.1.-

·NOTAS AL ESTADO DE INGRESOS Y EGRESOS.

 

 

2.-

·RELACION DE DONATIVOS RECIBIDOS EN ESPECIE Y TOTAL DE LOS RECIBIDOS EN EFECTIVO.

3.-

·ANALISIS COMPARATIVO DE GASTOS.

 

 

4.-

·RELACION DE LOS DONANTES Y DONATIVOS QUE REPRESENTEN EL 90% DE SUS INGRESOS POR ESTE CONCEPTO.

 

 

5.-

 

·RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DE LA DONATARIA COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDORA.

5.1.-

·DECLARATORIA.

 

 

6.-

·RELACION DE BIENES INMUEBLES.

 

 

7.-

·RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

 

 

8.-

·RELACION DE DONATARIAS A LAS QUE LES HAYAN OTORGADO DONATIVOS ASI COMO DE LOS DONANTES DE LOS QUE SE HUBIEREN RECIBIDO DONATIVOS.

 

 

9.-

·RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

 

 

10.-

·DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

 

 

11.-

·OPERACIONES CON CLIENTES.

 

 

12.-

·OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS.

 

 

13.-

·DATOS INFORMATIVOS DE LA DECLARACION ANUAL.

 

CONTRIBUYENTES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO.

No. DE REFERENCIA

DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·DATOS DE IDENTIFICACION:

- CONTRIBUYENTE

- REPRESENTANTE LEGAL

- CONTADOR PUBLICO

 

 

 

·DATOS GENERALES.

 

 


 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

 

 

2.-

·ESTADO DE RESULTADOS.

 

 

3.-

·ESTADO DE VARIACIONES DE CAPITAL CONTABLE.

 

 

4.-

·ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

 

 

4.1.-

·NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

5.-

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

 

 

6.-

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS.

 

 

7.-

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.

 

 

8.-

·RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

 

 

8.1.-

·DECLARATORIA.

 

 

9.-

·RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

 

 

10.-

·DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS.

 

 

11.-

·RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

 

 

12.-

·BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

 

 

13.-

·CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

 

 

14.-

·INGRESOS FISCALES NO CONTABLES.

 

 

15.-

·DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES.

 

 

16.-

·DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES.

 

 

17.-

·INGRESOS CONTABLES NO FISCALES.

 

·

18.-

·DETERMINACION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

 

 

19.-

·CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN.

 

 

20.-

·AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

 

 

21.-

·ADQUISICION DE ACTIVOS FIJOS CON LA INVERSION DE LA UTILIDAD SUJETA AL PAGO DEL IMPUESTO, SEGUN FRACCION XVI DEL ART. SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY DEL ISR PARA 2002.

 

 

22.-

·DETERMINACION DE LA INVERSION EN TERRENOS DEDUCIDA DE LA UTILIDAD FISCAL, SEGUN FRACCION LXXXVI DEL ART. SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY DEL ISR PARA 2002

 

 

23.-

·INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

 

 

24.-

·OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

 

 

25.-

·DATOS INFORMATIVOS DE LA DECLARACION ANUAL

26.-

·INFORMACION DE LOS INTEGRANTES

 

 

27.-

· OPERACIONES CON CLIENTES

 

 

28.-

· OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

 

 

29.-

·OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

No. DE REFERENCIA

DEL ANEXO

DATOS A CONTENER

 

DATOS FIJOS:

 

 

 

·DATOS DE IDENTIFICACION:

- ESTABLECIMIENTO PERMANENTE.

- OFICINA CENTRAL EN EL EXTRANJERO

- REPRESENTANTE LEGAL.

- C.P.R.

 

 

 

·DATOS GENERALES

 

 

 

INFORMACION DEL DICTAMEN REFERENTE A:

 

 

1.-

·ESTADO DE POSICION FINANCIERA.

 

 

2.-

·ESTADO DE RESULTADOS.

 

 

3.-

·ESTADO DE VARIACIONES EN EL PATRIMONIO DE LA OFICINA CENTRAL DEL EXTRANJERO EN EL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE.

 

 

4.-

·ESTADO DE CAMBIOS EN LA SITUACION FINANCIERA.

 

 

4.1.-

·NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS.

 

·

5.-

6.-

7.-

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE OTROS GASTOS Y OTROS PRODUCTOS.

·ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DEL COSTO INTEGRAL DE FINANCIAMIENTO.

 

 

8.-

·RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR.

8.1.-

·DECLARATORIA.

 

 

9.-

·RELACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS DEFINITIVOS.

 

 

10.-

·DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS DEFINITIVOS.

 

 

11.-

·RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR

 

 

12.-

·BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

13.-

·OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

 

 

14.-

·CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, PARA EMPRESAS QUE SE DEDICAN AL TRANSPORTE INTERNACIONAL ARTICULO 30 4o. Y 5o. PARRAFOS L.I.S.R.

 

 

15.-

·CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

16.-

17.-

18.-

19.-

- INGRESOS FISCALES NO CONTABLES.

- DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES.

- DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES.

- INGRESOS CONTABLES NO FISCALES.

 

 

20.-

·CONCILIACION ENTRE LOS INGRESOS DICTAMINADOS SEGUN ESTADO DE RESULTADOS Y LOS ACUMULABLES PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

 

 

21.-

·AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES.

 

 

22.-

·CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA. CUFIN

 

 

23.-

·CUENTA DE REMESAS DE CAPITAL

 

 

24.-

·INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS

 

 

25.-

·INVERSIONES

 

 

26.-

·DATOS INFORMATIVOS DE LA DECLARACION ANUAL

 

 

27.-

·OPERACIONES CON CLIENTES

 

 

28.-

·OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

 

 

29.-

·OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

 

C. FORMATO DE PRESENTACION EN SIPRED’2003.

·LA ESTRUCTURA INTERNA DE LA INFORMACION ESTA INTEGRADA POR LOS DATOS DE IDENTIFICACION, DATOS GENERALES, ASI COMO LA INFORMACION RELATIVA A LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, NOTAS A LOS MISMOS, CONCILIACIONES Y RELACIONES; Y SE PRESENTARAN EN FORMA LINEAL VERTICAL, CON BASE EN LAS REGLAS ESPECIFICAS CON LAS QUE EL SISTEMA OPERA. ASIMISMO CONTIENE LA CARTA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN, LA OPINION Y EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE, Y EN SU CASO, LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

D.- PRESENTACION DE LA INFORMACION.

·LOS DICTAMENES DEBERAN ELABORARSE Y PREPARARSE PARA SU ENVIO INVARIABLEMENTE MEDIANTE EL SISTEMA DENOMINADO SIPRED’2003, DESARROLLADO POR EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.

·EN LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS SE PUEDEN ADICIONAR RENGLONES CONFORME A LAS NOTAS TECNICAS, PERO NO SE PUEDEN ADICIONAR COLUMNAS.

·CABE SEÑALAR QUE LOS ESPACIOS DE DATOS A PROPORCIONAR DE LOS ANEXOS DEL DICTAMEN QUE NO SE OCUPEN, PODRAN DEJARSE EN BLANCO O BIEN PONER UN CERO PARA EVITAR ERRORES DE OMISION DE LA CAPTURA.

·LA INFORMACION NO PODRA PRESENTARSE BAJO NINGUN CONCEPTO EN FORMA PROTEGIDA, OCULTA, ENCRIPTADA O EMPAQUETADA, RESPETANDO LA ESTRUCTURA DE CONSTRUCCION Y ENCRIPTACION DE DATOS DEL SIPRED’2003. ASIMISMO, POR NINGUN MOTIVO PODRA PRESENTARLA O EDITARLA CON ALGUN OTRO SOFTWARE.

·EN LA PRESENTACION DE LOS IMPORTES, SE PODRAN UTILIZAR FORMULAS, SUMATORIAS Y CUALQUIER TIPO DE OPERACION O RUTINA QUE ESTE INCLUIDA DENTRO O A TRAVES DE LAS HERRAMIENTAS EXTERNAS QUE UTILICE EL SIPRED’2003.

·PARA LOS EFECTOS DE DESCRIBIR LOS TEXTOS DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE O EN SU CARACTER DE RETENEDOR, LA OPINION, EL INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE Y LA INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN, PODRAN UTILIZARSE CARACTERES ESPECIALES (COMAS, PUNTOS, PARENTESIS, CORCHETES, ETC.).

·LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION Y EL INFORME SE DEBERAN REQUISITAR OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CASOS Y DEBERAN CONTENER UN MINIMO DE 100 CARACTERES CAPTURADOS.

·EN EL CASO DE UTILIZAR LA PANTALLA DE “INFORMACION ADICIONAL”, SE DEBERAN CAPTURAR AL MENOS 100 CARACTERES.

·CON LA FINALIDAD DE REALIZAR LAS ACOTACIONES DE LOS ESTADOS FINANCIEROS, RELACIONES Y CONCILIACIONES QUE ESTARAN RELACIONADAS CON LAS NOTAS A LOS MISMOS, SE ANOTARA LA REFERENCIA INMEDIATAMENTE DESPUES DEL NOMBRE DE LA CUENTA O SUBCUENTA QUE SE VA A REFERENCIAR INSERTANDO UNA NOTA POR MEDIO DEL SISTEMA. EN LAS NOTAS RELACIONADAS CON CUENTAS ADICIONADAS MEDIANTE INDICES AGREGADOS, SE DEBE INDICAR EL INDICE AL QUE SE REFIERE LA NOTA. EJEMPLO:

NOTA DEL INDICE 011074...

·TODOS LOS DATOS DE LAS CELDAS, SE CAPTURARAN DE ACUERDO A LAS REGLAS DE VALIDACION PROPIAS DEL SISTEMA.

IV.- CARACTERISTICAS ESPECIFICAS.

A.- LAS COLUMNAS.

·SE DEBERA RESPETAR EL NUMERO DE COLUMNAS ESTABLECIDAS PARA CADA UNO DE LOS
ANEXOS ESPECIFICOS.

·POR NINGUN MOTIVO SE DEBERAN INCORPORAR COLUMNAS NI ARCHIVOS O ANEXOS EXTRAS.

·LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, LA DECLARATORIA, LA OPINION, EL INFORME Y LA INFORMACION ADICIONAL, NO TENDRAN COLUMNAS DE INDICES.

B.- LOS INDICES.

·SE MANEJARAN SEIS CARACTERES.

·EL TRATAMIENTO DEL INDICE SERA COMO UN CARACTER ALFANUMERICO.

·LA JUSTIFICACION DE LOS CARACTERES DE LOS INDICES SERA CENTRADA.

C.- LOS CONCEPTOS.

·TODOS LOS TEXTOS UTILIZADOS SE PRESENTARAN EN LETRAS MAYUSCULAS Y NO PODRAN CONTENER SIGNOS ESPECIALES (COMAS, CORCHETES, PARENTESIS, ETC.). SE PODRAN CAPTURAR CON MINUSCULAS; SIN EMBARGO, EL SIPRED’2003 AUTOMATICAMENTE LAS CONVIERTE
A MAYUSCULAS.

D.- LAS CANTIDADES.

·LAS CIFRAS DE IMPORTES, PODRAN CONTENER FORMULAS PERO NO SIGNOS ESPECIALES (SIGNO DE PESOS, COMAS, PUNTOS, CORCHETES O PARENTESIS), UNICAMENTE DEBERAN CONSTAR DE LOS DIGITOS DEL 0 AL 9.

·LOS SIMBOLOS COMO LOS PARENTESIS, LOS SEPARADORES DE MILES, ETC.; SOLAMENTE SERAN LOS QUE EL SISTEMA ASIGNE (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).

·LAS CANTIDADES NEGATIVAS DEBERAN CAPTURARSE CON SIGNO NEGATIVO, ANTEPONIENDOSE EL SIGNO A DICHA CANTIDAD, PERO PODRAN VISUALIZARSE CON PARENTESIS (SEGUN LA CONFIGURACION QUE ELIJA EL USUARIO).

·LOS CAMPOS NUMERICOS QUE CONTENGAN INFORMACION SERAN JUSTIFICADOS A LA DERECHA.

·LOS IMPORTES DEBERAN ANOTARSE EN PESOS.

·LAS CANTIDADES REPRESENTATIVAS DE PORCENTAJES SE DEBERAN CAPTURAR CON ENTEROS Y 2 DECIMALES, SIN EL SIGNO DE PORCENTAJE, EXCEPTO EN LOS CASOS EN QUE DICHAS CANTIDADES REPRESENTEN UN FACTOR DE ACTUALIZACION, LOS CUALES DEBERAN CONTENER ENTEROS
Y 4 DECIMALES.

EJEMPLOS:

10 % SE ESCRIBIRA 10.00

1.3% SE ESCRIBIRA 1.30

2.89078 SE ESCRIBIRA 2.8907

4.56320 SE ESCRIBIRA 4.5632

V.- TERMINOLOGIA UTILIZADA.

ALFABETICO

CUANDO SE CAPTURAN SOLO LETRAS

 

 

ALFANUMERICO.-

CUANDO SE CAPTURA UNA COMBINACION DE LETRA(S) Y/O NUMERO(S).

 

 

BACKUP.-

RESPALDO DE INFORMACION.

 

 

BYTES.-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO MAGNETICO EQUIVALENTE A 8 BITS (BINARY DIGIT) O A UN CARACTER DE INFORMACION.

 

 

CARACTER.-

ES LA REPRESENTACION DE CUALQUIER LETRA O NUMERO EN
FORMA INDIVIDUAL.

 

 

CELDA.-

SE DEFINE POR LA INTERSECCION DE UNA COLUMNA Y UN RENGLON.

 

 

COPY (COPIAR).-

INSTRUCCION QUE PERMITE COPIAR UNO O MAS ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO.

 

 

DIRECTORIO.-

ESTRUCTURA QUE AGRUPA UN CONJUNTO DE ARCHIVOS O SUBDIRECTORIOS

 

 

DISCO MAGNETICO FLEXIBLE.-

ES UN MEDIO DE ALMACENAMIENTO MAGNETICO, LLAMADO TAMBIEN: DISCO, DISKETTE, FLOPPY, ETC.

 

 

DISKCOPY.-

INSTRUCCION QUE PERMITE HACER UNA COPIA FIEL DE UN DISCO.

 

 

ENCRIPTADO.-

FORMATO DE ARCHIVO EL CUAL SIGUIENDO UN CONJUNTO DE METODOS, SE OCULTA EL CONTENIDO DEL MISMO A TODOS AQUELLOS A QUIEN NO ESTE DIRIGIDO.

 

 

ENSOBRETADO O FIRMADO DIGITAL.-

PROCESO DE INTEGRACION AL DICTAMEN FISCAL DE LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL Y LLAVE PRIVADA DE UN REMITENTE Y UNA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL DE UN DESTINATARIO QUE PERMITA GARANTIZAR SU AUTENTICIDAD, INTEGRIDAD, CONFIDENCIALIDAD Y NO REPUDIACION DE LA INFORMACION TRASMITIDA.

 

 

GARANTIA/ CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE PUBLICA)

DOCUMENTO ELECTRONICO QUE CONTIENE UN CONJUNTO DE INFORMACION A LA QUE SE LE HA FIJADO UNA FIRMA DIGITAL, POR UNA AUTORIDAD CERTIFICADORA, EN ESTE CASO EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, Y SE UTILIZA PARA FIRMAR DOCUMENTOS ELECTRONICOS. RELACIONADA EN FORMA INEQUIVOCA CON LA LLAVE PRIVADA.

 

 

GENERAR DISCO.-

CREAR A TRAVES DEL SISTEMA SIPRED, EL DISCO MAGNETICO FLEXIBLE QUE CONTENGA LA INFORMACION DEL DICTAMEN.

 

 

INTERNET.-

RED DE ALCANCE MUNDIAL QUE INTERCONECTA UNA GRAN CANTIDAD DE EQUIPOS DE COMPUTO.

 

 

KILOBYTE (KB).-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 BYTES.

 

 

LLAVE PRIVADA.-

CONTRASEÑA QUE PERMITE IDENTIFICAR JUNTO CON LA GARANTIA/CERTIFICADO DIGITAL (LLAVE PUBLICA) QUE EL REMITENTE Y DESTINATARIO DE LA INFORMACION SON QUIENES DICEN SER.

 

 

MEGABYTE (MB).-

UNIDAD DE MEDIDA DE ALMACENAMIENTO EQUIVALENTE A 1024 KILOBYTES.

 

 

NUMERICO.-

CUANDO SE CAPTURAN SOLO NUMEROS.

 

 

PASTE (PEGAR).-

INSTRUCCION QUE PERMITE PEGAR UNO O MAS ARCHIVOS EN OTRO DISCO O TEXTO SELECCIONADO DENTRO DE UN MISMO O DIFERENTE DOCUMENTO.

 

 

RESPALDAR.-

PROCEDIMIENTO O RUTINA QUE GENERA UNA COPIA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION.

 

 

RESTAURAR.-

PROCEDIMIENTO O RUTINA DE RECUPERACION DE DATOS A PARTIR DE UN RESPALDO.

 

 

SUBDIRECTORIO.-

ESTRUCTURA DE ALMACENAMIENTO QUE AGRUPA A UN CONJUNTO DE ARCHIVOS.

 

VI.- PROCEDIMIENTOS PARA UTILIZAR EL SISTEMA SIPRED’2003.

PARA EFECTOS DE UTILIZAR EL SIPRED’2003 SE PROCEDERA COMO SE INDICA A CONTINUACION:

A.- REQUERIMIENTOS:

·COMPUTADORA PERSONAL PC O COMPATIBLE

·MONITOR SVGA A COLOR (RECOMENDABLE)

·PROCESADOR PENTIUM® A 400 Mhz O SUPERIOR (RECOMENDABLE)

·MINIMO 128 MB DE MEMORIA RAM

·UNIDAD DE DISCO FLEXIBLE DE 3 ½” ALTA DENSIDAD (1.44 MB)

·DISCO DURO CON 60 MB LIBRES PARA LA INSTALACION DEL SISTEMA, CONSIDERANDO ADEMAS 900 KB APROXIMADAMENTE, POR CADA DICTAMEN QUE SE CAPTURE O GENERE.

·SISTEMA OPERATIVO MICROSOFT WINDOWS® 95, 98, 98SE, NT, 2000 Y XP.

·IMPRESORA DE INYECCION DE TINTA O LASER COMPATIBLE CON MICROSOFT WINDOWS®.

·RATON INSTALADO.

·MICROSOFT® EXCEL 2000 O MICROSOFT® OFFICE 2000

·NAVEGADOR DE INTERNET VERSION 5.0 O SUPERIOR

·MODEM DE 56K O SUPERIOR.

B.- PROCEDIMIENTO DE INSTALACION DEL SIPRED.

·LA INSTALACION SE LLEVARA A CABO SIGUIENDO LAS INSTRUCCIONES ESPECIFICADAS EN EL MANUAL DE USUARIO CONTENIDO EN EL APENDICE IV DE ESTE INSTRUCTIVO, ASI COMO EN EL PROPIO MANUAL DE OPERACION.

C.- PROCEDIMIENTO DE ENTRADA.

1.ENCENDER EL EQUIPO DE COMPUTO.

2.EJECUTAR EL SIPRED’2003 DESDE EL GRUPO DE PROGRAMAS GENERADO POR LA PROPIA INSTALACION: INICIO-PROGRAMAS-DICTAMENES FISCALES 2003.

3.SE PROCEDERA A LA GENERACION DE UN DICTAMEN NUEVO O TRANSFERENCIA DEL DICTAMEN DEL EJERCICIO ANTERIOR Y AL LLENADO DE LOS DATOS DE IDENTIFICACION (DEL CONTRIBUYENTE, CONTADOR, REPRESENTANTE LEGAL), DATOS GENERALES Y POSTERIORMENTE A LOS DEMAS ANEXOS DEL DICTAMEN.

APENDICE I CATALOGO DE CLAVES DE ENTIDADES FEDERATIVAS.

01

AGUASCALIENTES

 

17

MORELOS

02

BAJA CALIFORNIA

 

18

NAYARIT

03

BAJA CALIFORNIA SUR

 

19

NUEVO LEON

04

CAMPECHE

 

20

OAXACA

05

COAHUILA

 

21

PUEBLA

06

COLIMA

 

22

QUERETARO

07

CHIAPAS

 

23

QUINTANA ROO

08

CHIHUAHUA

 

24

SAN LUIS POTOSI

09

DISTRITO FEDERAL

 

25

SINALOA

10

DURANGO

 

26

SONORA

11

GUANAJUATO

 

27

TABASCO

12

GUERRERO

 

28

TAMAULIPAS

13

HIDALGO

 

29

TLAXCALA

14

JALISCO

 

30

VERACRUZ

15

MEXICO

 

31

YUCATAN

16

MICHOACAN

 

32

ZACATECAS

 

CABE HACER MENCION, QUE EL SIPRED CUENTA CON ESTE CATALOGO DEL CUAL SE PODRA ELEGIR EL ESTADO QUE CORRESPONDA.

APENDICE II CATALOGO DE CLAVES DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS FISCALES.

PARA LOS EFECTOS DE ESTE APENDICE, SE APLICARA EL CATALOGO DE CLAVES DE ACTIVIDADES PARA EFECTOS FISCALES, VIGENTE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN. EL SIPRED CONTIENE DICHO CATALOGO ACTUALIZADO, SEGUN LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2003.

 


 

APENDICE IIINOTAS TECNICAS.

GENERALES:

UTILIZACION DE SIGNOS NEGATIVOS.

·CUANDO LAS CUENTAS ACREEDORAS TENGAN SALDO DEUDOR O BIEN LAS CUENTAS DEUDORAS TENGAN SALDO ACREEDOR, SE LES ANTEPONDRA EL SIGNO NEGATIVO Y CUANDO SE TRATE DE CUENTAS QUE SU SALDO PUEDA SER TANTO ACREEDOR COMO DEUDOR, SE DEBERA PONER EL SIGNO NEGATIVO EN DICHA CUENTA CUANDO:

-REPRESENTE UN SALDO DEUDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA CLASIFICACION DE CUENTAS ACREEDORAS.

-REPRESENTE UN SALDO ACREEDOR, PERO LA CUENTA SE ENCUENTRE UBICADA DENTRO DE UNA CLASIFICACION DE CUENTAS DEUDORAS.

·PARA EFECTOS DE UNA MEJOR VISUALIZACION EL SISTEMA PERMITE VER LAS CANTIDADES NEGATIVAS ENTRE PARENTESIS.

UTILIZACION DE INDICES.

·POR NINGUN MOTIVO SE PODRAN AGREGAR INDICES DENOMINADOS TOTAL, QUE POR ESENCIA REFLEJEN EL IMPORTE DE UN GRUPO DE CUENTAS Y/O SUBCUENTAS, TAMPOCO SE PODRA UTILIZAR UN INDICE YA PREESTABLECIDO PARA SER OCUPADO POR OTRO CONCEPTO, SIN EMBARGO DENTRO DE ESTOS GRUPOS PODRAN INCORPORARSE AQUELLOS QUE SE REQUIERAN Y QUE ESTE PERMITIDO CONFORME A LAS REGLAS QUE MAS ADELANTE SE INDICAN.

·CADA INDICE SE COMPONE DE SEIS CARACTERES, QUE IDENTIFICAN DE MANERA UNICA A
CADA CONCEPTO.

·EL SIPRED PERMITIRA ADICIONAR RENGLONES CON INDICES PERO NO PERMITIRA ADICIONAR COLUMNAS.

·LOS RENGLONES QUE REPRESENTEN TITULOS NO LLEVAN INDICE Y POR LO TANTO EL SIPRED NO PERMITIRA ANOTAR EN ELLOS NINGUNA CANTIDAD.

CONSTRUCCION DE NUEVOS INDICES.

·EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL CONTRIBUYENTE TUVIESE EN SU CONTABILIDAD NOMBRES DE CUENTAS DIFERENTES A LAS QUE SE MENCIONAN EN LOS ANEXOS DE INFORMACION OFICIALES QUE INTEGRAN EL FORMATO GUIA DEL DICTAMEN FISCAL, DEBERA UBICAR DICHAS CUENTAS EN LOS CONCEPTOS DE DICHO FORMATO QUE POR SU NATURALEZA SEAN ANALOGOS A LAS CUENTAS QUE SE DESEAN INCORPORAR, RESPETANDO LOS INDICES Y CONCEPTOS YA ESTABLECIDOS.

·ASIMISMO PODRA CONSTRUIR NUEVOS CONCEPTOS, ASIGNANDOLES UN NUEVO INDICE CONFORME A LA DEFINICION DE INDICES ANTES SEÑALADA, SIEMPRE Y CUANDO NO HAYA PODIDO UBICARLOS COMO SE INDICA EN EL PARRAFO ANTERIOR.

LAS NOTAS TECNICAS GENERALES QUE A CONTINUACION SE MENCIONAN SERAN APLICABLES PARA LOS TIPOS DE DICTAMENES QUE CONTENGAN LA INFORMACION O DATOS A QUE SE REFIERE CADA UNA DE ELLAS.

DATOS GENERALES.

·PARA EFECTOS DE LLENAR LOS RENGLONES DENOMINADOS “SECTOR ECONOMICO AL QUE PERTENECE” Y “NOMBRE DEL SECTOR ECONOMICO”, SE DEBERA TOMAR EN CUENTA LA DESCRIPCION QUE AL EFECTO SE HACE EN EL ANEXO No. 6 DE LA RESOLUCION MISCELANEA VIGENTE PARA 2003.

ANALISIS COMPARATIVO DE LAS SUBCUENTAS DE GASTOS.

·EL IMPORTE QUE SE ANOTE EN EL CONCEPTO DE GASTOS “VARIOS”, DENTRO DEL GRUPO DE “OTROS GASTOS”, NO DEBERA EXCEDER DEL 5% DEL TOTAL DE LOS GASTOS DE QUE SE TRATE, POR LO QUE EN CASO DE QUE EXISTAN OTROS CONCEPTOS DE GASTOS NO CONTEMPLADOS EN ESTE ANEXO, SE DEBERAN ADICIONAR LOS INDICES NECESARIOS PARA DETALLARLOS.

RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE (DONATARIA) COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR(A).

·EN ESTA RELACION, CUANDO EXISTAN DIFERENCIAS ENTRE LA COLUMNA “IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA” Y LA COLUMNA “IMPUESTO PAGADO POR EL CONTRIBUYENTE”, EN UNO O MAS INDICES DE LOS CAPITULOS:

- IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IMPUESTO AL ACTIVO.

- IMPUESTO SUSTITUTIVO DEL CREDITO AL SALARIO.

SE DEBERAN REPORTAR LAS DIFERENCIAS DETECTADAS EN CADA UNO DE LOS INDICES DE DICHOS CAPITULOS, INCLUYENDO EL DEL “TOTAL DE IMPUESTO A CARGO” O EL DE “TOTAL DE IMPUESTO A FAVOR”, EN LA COLUMNA DE “DIFERENCIA”, EN EL INDICE CORRESPONDIENTE.

LA INFORMACION QUE SE REVELE EN LOS INDICES CORRESPONDIENTES A LA COLUMNA “IMPUESTO PAGADO POR EL CONTRIBUYENTE”, DEBERA CORRESPONDER A LOS IMPUESTOS EFECTIVAMENTE PAGADOS POR EL CONTRIBUYENTE.

·PARA EFECTOS DE LAS CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE POR CONCEPTO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS SE DEBERA REPORTAR EN LAS COLUMNAS “IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA” E “IMPUESTO PAGADO POR EL CONTRIBUYENTE”, LA SUMATORIA DE LAS CIFRAS MENSUALES RELATIVAS A LOS IMPUESTOS CAUSADOS, IMPUESTO ACREDITABLE Y, EN SU CASO, IMPUESTO RETENIDO DE QUE SE TRATE, ETC., CORRESPONDIENTE A LOS PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS DEL EJERCICIO.

·IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR INVERSIONES EN TERRITORIOS CON REGIMENES FISCALES PREFERENTES.

EN RELACION CON ESTE CONCEPTO, SE DEBERA CONSIDERAR COMO BASE GRAVABLE LA SUMA DE LOS INGRESOS ACUMULABLES Y/O RESULTADOS FISCALES DE TODAS AQUELLAS INVERSIONES MANTENIDAS POR EL CONTRIBUYENTE EN DICHOS TERRITORIOS, LA SUMATORIA DEL IMPUESTO CAUSADO POR CADA UNA DE LAS INVERSIONES POR LAS QUE SE GENERO BASE GRAVABLE Y EL IMPUESTO PAGADO EN EL EJERCICIO. SE DEBERAN OMITIR, EN SU CASO, LAS INVERSIONES EN LAS QUE SE HAYA GENERADO O AMORTIZADO PERDIDAS, ES DECIR, UNICAMENTE SE CONSIDERARAN LAS INVERSIONES QUE HAYAN GENERADO BASE GRAVABLE PARA LA CAUSACION Y ENTERO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

·OTROS INGRESOS MANIFESTADOS COMO PERSONA FISICA.

EN RELACION CON ESTE CONCEPTO, EL C.P.R. PODRA MANIFESTAR, EN SU CASO, EN EL "INFORME SOBRE LA REVISION DE LA SITUACION FISCAL DEL CONTRIBUYENTE" QUE NO DICTAMINO DICHOS INGRESOS Y QUE LOS MISMOS LE FUERON PROPORCIONADOS POR EL CONTRIBUYENTE.

DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS

·CUANDO EN LOS ANEXOS “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE (DONATARIA) COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR(A)”, SE CONSIGNEN DIFERENCIAS ENTRE EL IMPORTE PAGADO POR EL CONTRIBUYENTE Y EL IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA, POR CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES O MENSUALES DEFINITIVOS, SE DEBERA PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN EL ANEXO DENOMINADO “DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS”, ANALIZANDOLA, TAL COMO SE INDICA EN EL ANEXO, POR MES O PERIODO AL QUE CORRESPONDE LA DIFERENCIA, UNICAMENTE DE AQUELLOS PAGOS PROVISIONALES O MENSUALES DEFINITIVOS EN LOS QUE EL CONTADOR PUBLICO REGISTRADO DETERMINE DIFERENCIAS A CARGO, CON MOTIVO DE SU REVISION.

LO ANTERIOR SIEMPRE Y CUANDO DICHAS DIFERENCIAS NO SE HAYAN PAGADO A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN.

SI POR EL CONTRARIO, EN EL ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DEL CONTRIBUYENTE (DONATARIA) COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDOR(A)”, NO SE CONSIGNAN DIFERENCIAS ENTRE EL IMPORTE PAGADO POR EL CONTRIBUYENTE Y EL IMPUESTO DETERMINADO POR AUDITORIA, POR CONCEPTO DE PAGOS PROVISIONALES O MENSUALES DEFINITIVOS, NO SE PROPORCIONARA LA INFORMACION DEL ANEXO DENOMINADO “DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS MENSUALES DEFINITIVOS”.

RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR.

·LAS CONTRIBUCIONES QUE AL CIERRE DEL EJERCICIO DICTAMINADO ESTEN PENDIENTES DE PAGO, SEGUN EL ESTADO DE POSICION FINANCIERA, SE RELACIONARAN EN EL ANEXO DENOMINADO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, IDENTIFICANDOLAS POR TIPO DE CONTRIBUCION Y DENTRO DE ESTA, POR MES, EJERCICIO O PERIODO DE CAUSACION, INDICANDO SU IMPORTE, FECHA DE PAGO Y NOMBRE DE LA INSTITUCION DE CREDITO EN EL QUE SE EFECTUO EL PAGO, O EN SU CASO, NUMERO DE LA OPERACION, O BIEN, DEJANDO EN BLANCO ESTOS DATOS CON EXCEPCION DEL IMPORTE, CUANDO NO SE HUBIERA CUBIERTO LA CONTRIBUCION A LA FECHA DE PRESENTACION
DEL DICTAMEN.

·LOS CONTRIBUYENTES QUE ESTEN EFECTUANDO EL PAGO EN PARCIALIDADES, DE UNA O MAS CONTRIBUCIONES, DEBERAN ANOTAR LOS DATOS DEL AVISO DE OPCION (FORMULARIO 44): NUMERO DE FOLIO, FECHA DE PRESENTACION Y LA ADMINISTRACION RECEPTORA, ASI COMO LOS DATOS DE LA AUTORIZACION DE PAGO EN PARCIALIDADES, INDICANDO EL NUMERO DEL OFICIO Y LA FECHA.

EJEMPLO:

SE TIENE EL CASO DE UN CONTRIBUYENTE QUE PRESENTA DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS GENERAL, CON LOS SUPUESTOS SIGUIENTES:

-SE LE DETERMINO, CON MOTIVO DEL DICTAMEN, UNA DIFERENCIA DE I.S.R. A CARGO, QUE A LA FECHA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN NO SE HA CUBIERTO.

-AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO LOS PAGOS PROVISIONALES DEL I.S.R. A SU CARGO, DE LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE, MISMOS QUE QUEDAN CUBIERTOS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE Y DE LOS CUALES SE PRESENTA UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA EN EL MES DE MARZO DEL AÑO SIGUIENTE.

-AL CIERRE DEL EJERCICIO NO HA EFECTUADO EL ENTERO DE LAS RETENCIONES DEL I.S.R. SOBRE SUELDOS Y SALARIOS DE DICIEMBRE, MISMAS QUE QUEDARON CUBIERTAS EN EL MES DE ENERO DEL AÑO SIGUIENTE.

ESTOS DATOS SE REFLEJARAN EN EL ANEXO “RELACION DE CONTRIBUCIONES POR PAGAR”, EN LOS INDICES Y CON LOS CONCEPTOS SIGUIENTES:

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA COMO SUJETO DIRECTO

 

 

111020

DETERMINADO AL CIERRE DEL EJERCICIO POR DICTAMEN

 

SE LLENARA UNICAMENTE LA COLUMNA DE IMPORTE

111030

PAGO PROVISIONAL DE NOVIEMBRE DE 2003

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

111031

PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE NOVIEMBRE DE 2003

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

111032

PAGO PROVISIONAL DE DICIEMBRE DE 2003

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

111033

PAGO PROVISIONAL COMPLEMENTARIO DE DICIEMBRE DE 2003

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

 

IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO EN SU CARACTER DE RETENEDOR

 

 

111130

CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2003

 

SE LLENARAN, ADEMAS DE LA COLUMNA DE IMPORTE LAS QUE APLIQUEN PARA ANOTAR LA FECHA Y FORMA DE PAGO

 

BASE DETERMINADA DE PAGOS AL EXTRANJERO.

·EN ESTE ANEXO LOS DATOS SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA RESIDENTE EN EL EXTRANJERO, GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES POR CONCEPTO DE PAGO Y POR TASA DE IMPUESTO RETENIDO CONSIGNANDOLAS EN EL RENGLON QUE LES CORRESPONDA.

AMORTIZACION DE PERDIDAS.

·LOS CONTRIBUYENTES QUE AMORTICEN EN ESTE EJERCICIO PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES, INVARIABLEMENTE DEBERAN PROPORCIONAR LA INFORMACION SOLICITADA EN EL ANEXO DENOMINADO “AMORTIZACION DE PERDIDAS DE EJERCICIOS ANTERIORES”.

CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA.

·POR LO QUE RESPECTA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA PARA EFECTOS DE LA CUENTA DE UTILIDAD FISCAL NETA, SE DEBERA PROPORCIONAR CON UNA INTEGRACION DE LA MISMA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO DECIMO PRIMERO, FRACCION I DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS, DE LA LEY QUE ESTABLECE, REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES FISCALES Y QUE ADICIONA LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE DICIEMBRE DE 1989, APLICABLES A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y AL ARTICULO 88 DE ESTE MISMO ORDENAMIENTO.

·PARA EFECTOS DE ESTE ANEXO, CUANDO SE DISTRIBUYAN O PERCIBAN DIVIDENDOS, SE PODRAN ABRIR INDICES ADICIONALES A LOS YA EXISTENTES, CUANDO SE REQUIERA UTILIZAR RENGLONES ADICIONALES A LOS PREESTABLECIDOS, APLICANDO LA MECANICA OPERACIONAL CONTEMPLADA EN ESTE ANEXO, ENTRE EL CONCEPTO “FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS” Y EL CONCEPTO “SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS”.

EJEMPLO:

EN EL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS GENERAL, ESTOS CONCEPTOS SE PRESENTAN COMO SIGUE:

194010

FACTOR DE ACTUALIZACION AL MES EN QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

194011

SALDO CUFIN ACTUALIZADO ANTES DE QUE SE PERCIBAN DIVIDENDOS

194012

DIVIDENDOS COBRADOS

194013

SALDO CUFIN ACTUALIZADO DESPUES DEL COBRO DE DIVIDENDOS

 

·LA PRESENTACION DE ESTA INFORMACION SERA OBLIGATORIA PARA AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE DISTRIBUYAN DIVIDENDOS.

OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

·EN EL ANEXO “OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS”, SE DEBERAN ADICIONAR TANTOS INDICES, COMO PARTES RELACIONADAS CON LAS QUE HUBIESE REALIZADO ALGUN TIPO DE OPERACION DURANTE EL EJERCICIO, YA SEA DE INGRESOS O DE EGRESOS, VALUADOS EN PESOS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ES DECIR, LA COLUMNA CORRESPONDIENTE AL “MONTO DE LA OPERACION”, DEBERA CONTENER LOS IMPORTES DE LAS OPERACIONES REALIZADAS Y/O DEVENGADAS EN EL EJERCICIO.

ASIMISMO, EN LA COLUMNA QUE SE REFIERE AL “NUMERO DE IDENTIFICACION O RFC”, SE ANOTARA EL NUMERO O CLAVE DE IDENTIFICACION FISCAL QUE UTILIZA LA PARTE RELACIONADA EN SU PAIS DE RESIDENCIA, EN CASO DE QUE EN EL PAIS DE RESIDENCIA DE LA PARTE RELACIONADA NO SE UTILICE DICHA CLAVE, SE ANOTARA N/A. CUANDO LA PARTE RELACIONADA SEA UN RESIDENTE EN TERRITORIO NACIONAL, SE ANOTARA EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES

POR LO QUE SE REFIERE A LA COLUMNA “TIPO DE OPERACION”, SE DEBERA ANOTAR LA CLAVE Y DESCRIPCION QUE CORRESPONDA AL TIPO DE OPERACION REALIZADA, DE CONFORMIDAD CON EL CATALOGO CONTENIDO EN EL APENDICE V.

OPERACIONES CON CLIENTES Y OPERACIONES CON PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS

·LA INFORMACION DE ESTOS ANEXOS SE REFERIRA A LAS OPERACIONES CELEBRADAS EN EL EJERCICIO, CON LOS 100 MAS IMPORTANTES CLIENTES Y CON LOS 100 MAS IMPORTANTES PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 86 FRACCION VIII DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y SE PROPORCIONARA ATENDIENDO A LAS INSTRUCCIONES QUE SE INDICAN EN LA DECLARACION DE OPERACIONES CON CLIENTES Y PROVEEDORES DE BIENES
Y SERVICIOS.

OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

·EN EL ANEXO “OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR”, LOS DATOS QUE SE SOLICITAN SE PROPORCIONARAN AGRUPADOS POR CADA UNO DE LOS AGENTES ADUANALES Y DENTRO DE CADA AGENTE ADUANAL AGRUPADOS POR PAIS DE ORIGEN Y PROCEDENCIA GLOBALIZANDO LAS OPERACIONES EN QUE INTERVINO Y CONSIGNANDOLAS EN EL RENGLON O RENGLONES QUE
LES CORRESPONDA .

HOJA DE CAPTURA DE INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN.

·ESTA HOJA DE CAPTURA DE TEXTO LIBRE, SE UTILIZARA PARA PROPORCIONAR INFORMACION ADICIONAL AL DICTAMEN, COMO PUEDE SER LA QUE PROPORCIONAN LAS SOCIEDADES QUE SE ESCINDAN O FUSIONEN, A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 51, FRACCION III, INCISOS g) O h) RESPECTIVAMENTE, DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

ESPECIFICAS:

APLICABLES AL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS GENERAL.

ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE.

·DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN EL ESTADO DE VARIACIONES EN EL CAPITAL CONTABLE SE HA INCLUIDO UNA COLUMNA PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, LA CUAL PODRA UTILIZARSE CUANDO SEA NECESARIO AGREGAR CUENTAS QUE NO TENGAN UNA COLUMNA ESPECIFICA. EJEMPLO: “PRIMAS EN VENTA DE ACCIONES”.

·QUIEN ANOTE CANTIDADES EN LA COLUMNA DE “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, DEBIDO A QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS SE DEBERA PRESENTAR INMEDIATAMENTE DESPUES DEL INDICE 033900 “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2003”, Y ANTES DE LA LEYENDA “LAS NOTAS ADJUNTAS SON PARTE INTEGRANTE DE ESTE ESTADO FINANCIERO”, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHO SALDO Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE DE CADA CUENTA.

INTEGRACION DE CIFRAS REEXPRESADAS.

·PARA EFECTOS DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS BASICOS, QUE SE DICTAMINAN, ESTOS SE DEBERAN REFLEJAR A CIFRAS HISTORICAS; SIN EMBARGO, AQUELLOS CONTRIBUYENTES QUE REEXPRESEN LAS CIFRAS DE DICHOS ESTADOS, CONFORME AL BOLETIN B-10 DE LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS Y SUS DOCUMENTOS DE ADECUACIONES, DEBERAN PROPORCIONAR LA INTEGRACION DE LA ACTUALIZACION EN EL ANEXO DEINTEGRACION DE
CIFRAS REEXPRESADAS”.

·DICHA INTEGRACION CONSISTIRA EN REFLEJAR EL AJUSTE DE CARGO O ABONO DERIVADO DE LOS EFECTOS DE REEXPRESION QUE FUERON MOTIVO DE REVISION EN LA AUDITORIA DEL EJERCICIO DEL QUE SE TRATE Y QUE SE ASIENTAN EN SU HOJA DE TRABAJO, ASIMISMO, EN LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS, SE INCLUIRA LA REVELACION DE QUE LA INFORMACION PROPORCIONADA POR REEXPRESION, SE PRESENTA EN PESOS DE PODER ADQUISITIVO DE COMPRA DE CIERRE DEL ULTIMO EJERCICIO O QUE ESTOS NO INCLUYEN LOS EFECTOS DE LA APLICACION DEL BOLETIN B-10 Y SUS DOCUMENTOS DE ADECUACIONES, O BIEN EL DE LA ULTIMA ACTUALIZACION.

INCORPORACION DE SUBCUENTAS EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE GASTOS.

·LOS CONTRIBUYENTES QUE POR SU GIRO O CONTROL INTERNO REQUIERAN DE AGREGAR SUBCUENTAS EN EL ANALISIS COMPARATIVO DE GASTOS, PODRAN ADICIONAR DICHAS SUBCUENTAS DENTRO DEL ANALISIS DE GASTOS DE LA CUENTA A LA QUE CORRESPONDA, ESTO ES:

-SI LA SUBCUENTA QUE SE DESEA INCORPORAR CORRESPONDE A GASTOS DE VENTA, DENTRO DEL ANALISIS COMPARATIVO DE GASTOS, EN LAS COLUMNAS RELATIVAS A ESTA CUENTA SE PODRA ADICIONAR O AGREGAR.

-SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA QUE SE DESEA ADICIONAR, ES DECIR:

-SI SE DESEA ADICIONAR LA SUBCUENTA DE “PRIMA DOMINICAL”, SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE REMUNERACIONES POR TENER LA MISMA NATURALEZA DE LAS SUBCUENTAS QUE SE INCLUYEN EN ESTE CAPITULO.

-EN EL CASO DE QUE NO EXISTA UN CAPITULO O GRUPO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA DE LA SUBCUENTA QUE SE DESEA ADICIONAR, EN ESTE CASO, SE INCORPORARA EN EL CAPITULO DE OTROS GASTOS.

-LAS SUBCUENTAS SE ADICIONARAN DENTRO DEL CAPITULO A QUE CORRESPONDAN, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL ULTIMO INDICE SEÑALADO EN DICHO CAPITULO.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.

·CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 131140 “PERDIDA FISCAL”, CONCLUYENDO LA CONCILIACION. POR NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE 131170
“RESULTADO FISCAL”.

DATOS INFORMATIVOS DE LA DECLARACION ANUAL E INVERSIONES

·LA INFORMACION QUE SE SOLICITA CORRESPONDE A LA QUE SE PROPORCIONABA EN LA DECLARACION DEL EJERCICIO

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE LOS CONTRIBUYENTES AUTORIZADOS PARA RECIBIR DONATIVOS.

DECLARATORIA

·POR LO QUE RESPECTA A LA DECLARATORIA QUE FORMA PARTE DE LA RELACION DE CONTRIBUCIONES A CARGO DE LA DONATARIA COMO SUJETO DIRECTO O EN SU CARACTER DE RETENEDORA, DEBERA CONTENER COMO MINIMO LA INFORMACION SEÑALADA EN EL ARTICULO 51-B FRACCION VII INCISO b) DEL REGLAMENTO DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION.

I.V.A. DEDUCIBLE

·PARA EFECTOS DE LA PRESENTACION DE LAS CIFRAS A PROPORCIONAR POR I.V.A. DEDUCIBLE: UNICAMENTE SERAN UTILIZADOS POR AQUELLAS DONATARIAS QUE NO TIENEN DERECHO AL ACREDITAMIENTO NI A SU DEVOLUCION.

DONATIVOS EN ESPECIE

·EN RELACION A LOS DONATIVOS QUE SE RECIBAN EN ESPECIE SE DEBERAN REFLEJAR A VALOR ACTUALIZADO A LA FECHA DE LA DONACION, CONFORME AL ARTICULO 14-E DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL I.S.R. EN RELACION CON LOS ARTICULOS 21, 24 Y 31 FRACCION I DE LA LEY DEL I.S.R.

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE LOS CONTRIBUYENTES DEL REGIMEN SIMPLIFICADO.

ESTADO DE VARIACIONES DE CAPITAL CONTABLE.

·DEBIDO A LA LIMITACION PARA AGREGAR NUEVAS COLUMNAS A LOS FORMATOS, EN EL ESTADO DE VARIACIONES DE CAPITAL CONTABLE SE HA INCLUIDO UNA COLUMNA PARA “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, LA CUAL PODRA UTILIZARSE EN EL CASO DE QUE EN EL CAPITAL CONTABLE SEA NECESARIO AGREGAR RENGLONES TALES COMO “PRIMAS EN VENTAS DE ACCIONES”.

·QUIEN ANOTE CANTIDADES EN LA COLUMNA DE “OTRAS CUENTAS DE CAPITAL”, DEBIDO A QUE SU SALDO SE INTEGRA POR EL IMPORTE DE UNA O MAS CUENTAS, LA INTEGRACION DE LAS MISMAS SE DEBERA PRESENTAR INMEDIATAMENTE DESPUES DEL INDICE 033900 “SALDOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2003”, Y ANTES DE LA LEYENDA “LAS NOTAS ADJUNTAS SON PARTE INTEGRANTE DE ESTE ESTADO FINANCIERO”, CONSIGNANDO EN LA COLUMNA DE CONCEPTO EL NOMBRE DE LAS CUENTAS QUE INTEGRAN DICHO SALDO Y EN LA COLUMNA DE REFERENCIA, EL IMPORTE CORRESPONDIENTE DE CADA CUENTA.

ADQUISICION DE ACTIVOS FIJOS CON LA INVERSION DE LA UTILIDAD SUJETA AL PAGO DEL IMPUESTO, SEGUN FRACCION XVI DEL ART. SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY DEL ISR PARA 2002.

·EN EL ANEXO 21 EN LA DESCRIPCION DE LA INVERSION, SE DEBERAN PROPORCIONAR LOS DATOS SUFICIENTES QUE PERMITAN IDENTIFICAR CLARAMENTE EL ACTIVO FIJO ADQUIRIDO, INDICANDO EL TIPO DEL BIEN Y SUS CARACTERISTICAS, ADEMAS EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE AMPARA LA ADQUISICION DEL ACTIVO FIJO, SU NUMERO Y FECHA; ASI COMO EL NOMBRE DE LA PERSONA QUE
LO EXPIDE.

EJEMPLO:

ADQUISICION DE UN TERRENO DE_______HECTAREAS, UBICADO EN EL DOMICILIO________; ESCRITURA PUBLICA O TITULO DE PROPIEDAD No._________DE FECHA ________EXPEDIDA POR_________

ADQUISICION DE UN AUTOMOVIL MARCA_______, TIPO_______, MODELO______; FACTURA No._____ DE FECHA _________, EXPEDIDA POR_____________.

 


 

APLICABLES A LOS DICTAMENES DE ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO.

AEROLINEAS

·POR LO QUE RESPECTA A LAS AEROLINEAS DE RESIDENTES EN EL EXTRANJERO, PRESENTARAN LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS CUATRO ESTADOS FINANCIEROS BASICOS CONSIDERANDO, PARA ELLO, QUE EL SIPRED PERMITE ADICIONAR LOS RENGLONES QUE JUZGUEN CONVENIENTES, CON EL FIN DE ADECUARLOS DEPENDIENDO SUS NECESIDADES.

DATOS DE IDENTIFICACION

·EN EL RENGLON DE “NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL” DE LA OFICINA CENTRAL EN EL EXTRANJERO, SE PODRA OMITIR EL LLENADO DE ESTE CAMPO, EN CASO DE QUE LA AUTORIDAD FISCAL DEL PAIS DONDE SE ENCUENTRA UBICADA O SEA RESIDENTE LA OFICINA CENTRAL DEL ESTABLECIMIENTO PERMANENTE DEL RESIDENTE EN EL EXTRANJERO NO ASIGNE A DICHAS OFICINAS CENTRALES NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL.

DETERMINACION DE PAGOS PROVISIONALES Y PAGOS DEFINITIVOS.

·EN EL INDICE 101610 VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES AL 25% GRAVADOS A LA TASA DEL 15%, POR LO QUE SE REFIERE A LAS LINEAS AEREAS, CONSIDERARAN UNICAMENTE LA PARTE QUE DE CONFORMIDAD CON EL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 16 DE LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CORRESPONDA AL SERVICIO PRESTADO EN TERRITORIO NACIONAL.

·ASIMISMO, EN EL INDICE 101630 VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES GRAVADOS A LA TASA DEL 0%, AGREGARA LA PARTE NO CONSIDERADA COMO PRESTACION DE SERVICIOS EN LOS TERMINOS DEL PENULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 16, ANTES MENCIONADO, EN RELACION CON LO QUE ESTABLECEN LAS FRACCIONES V Y VI DEL ARTICULO 29 DE LA CITADA LEY DEL IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL I.S.R., PARA EMPRESAS QUE SE DEDIQUEN AL TRANSPORTE INTERNACIONAL.

·PARA EFECTOS DEL LLENADO DE LOS RENGLONES “UTILIDAD ANTES DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS” E “INGRESOS CONTABLES OBTENIDOS EN EL EJERCICIO FISCAL DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS”, EL CONTRIBUYENTE DEBERA OBTENER DICHOS IMPORTES DE ACUERDO CON EL ARTICULO 30 DE L.I.S.R. EN CASO DE QUE EL CONTRIBUYENTE HAYA OPTADO POR DETERMINAR LA DEDUCCION DE LA PARTE PROPORCIONAL DEL GASTO PROMEDIO QUE POR SUS OPERACIONES HAYA TENIDO EN EL MISMO EJERCICIO DE CONFORMIDAD CON DICHO PRECEPTO LEGAL, CONSIDERANDO LOS DATOS DE LA OFICINA CENTRAL Y TODOS SUS ESTABLECIMIENTOS.

·RESPECTO DE LOS INDICES 141050 Y 141070 CORRESPONDIENTE AL FACTOR DE GASTO PROMEDIO APLICABLE, SE DEBERA MANEJAR CON ENTEROS Y DOS DECIMALES

EJEMPLO:

FACTOR DE GASTO DEL 80%SE ESCRIBIRA 0.80

FACTOR DE GASTO DEL 100%SE ESCRIBIRA 1.00

INCORPORACION DE SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS COMPARATIVOS DE GASTOS.

·LOS CONTRIBUYENTES QUE POR SU GIRO O CONTROL INTERNO REQUIERAN DE AGREGAR SUBCUENTAS EN LOS ANALISIS DE GASTOS COMPARATIVOS, PODRAN ADICIONAR DICHAS SUBCUENTAS DENTRO DEL ANALISIS DE GASTOS DE LA CUENTA A LA QUE CORRESPONDA, ESTO ES:

- SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA QUE SE DESEA ADICIONAR, ES DECIR:

- SI SE DESEA ADICIONAR LA SUBCUENTA DE “PRIMA DOMINICAL”, SE ADICIONARA DENTRO DEL CAPITULO DE REMUNERACIONES POR TENER LA MISMA NATURALEZA DE LAS SUBCUENTAS QUE SE INCLUYEN EN ESTE CAPITULO.

- EN EL CASO DE QUE NO EXISTA UN CAPITULO O GRUPO DE SUBCUENTAS DE NATURALEZA ANALOGA A LA DE LA SUBCUENTA QUE SE DESEA ADICIONAR, EN ESTE CASO, SE INCORPORARA EN EL CAPITULO DE OTROS GASTOS.

- LAS SUBCUENTAS SE ADICIONARAN DENTRO DEL CAPITULO A QUE CORRESPONDAN, INMEDIATAMENTE DESPUES DEL ULTIMO INDICE SEÑALADO EN DICHO CAPITULO.

CONCILIACION ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y FISCAL PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA.

·CUANDO EL CONTRIBUYENTE DETERMINE UNA PERDIDA FISCAL, SOLAMENTE DEBERA LLENAR ESTE ANEXO, HASTA EL INDICE 151140 “PERDIDA FISCAL”, CONCLUYENDO LA CONCILIACION. POR
NINGUN MOTIVO DEBERA ANOTAR EL IMPORTE DE LA PERDIDA FISCAL EN EL INDICE 151170 “RESULTADO FISCAL”.

DATOS INFORMATIVOS DE LA DECLARACION ANUAL E INVERSIONES

·LA INFORMACION QUE SE SOLICITA CORRESPONDE A LA QUE SE PROPORCIONABA EN LA DECLARACION DEL EJERCICIO

APENDICE IV MANUAL DE USUARIO DEL SIPRED’2003.

PARA OBTENER EL MANUAL DE OPERACION Y EL SOFTWARE DE INSTALACION DEL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL 2003 (SIPRED’2003), SE REQUIERE TENER ACCESO A INTERNET Y ACCEDER A LA DIRECCION WEB DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (WWW.SAT.GOB.MX) O ACCEDER A ESTA A TRAVES DE LA PAGINA WEB DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO (WWW.SHCP.GOB.MX).

PARA INICIAR CON LA OBTENCION DEL MANUAL DE OPERACION Y SOFTWARE DE INSTALACION DEL SIPRED’2003 SIGA EL PROCEDIMIENTO QUE SE DESCRIBE A CONTINUACION:

1. ACCESAR A LA SECCION DE DICTAMENES Y AL BOTON IDENTIFICADO COMO SOFTWARE SIPRED DE LA PAGINA DE INTERNET DEL SAT (WWW.SAT.GOB.MX) PARA DESCARGAR AL DISCO DURO
DE LA COMPUTADORA EL MANUAL DE OPERACION Y EL ARCHIVO QUE CONTIENE EL SOFTWARE DE INSTALACION DEL SIPRED’2003.

2. DESCOMPACTAR EN EL DISCO DURO DE LA COMPUTADORA EL CONTENIDO DE LOS ARCHIVOS QUE CONTIENEN EL MANUAL DE OPERACION Y SOFTWARE DE INSTALACION DEL SIPRED’2003.

3. PREVIO A LA INSTALACION DEL SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL 2003 (SIPRED’2003), IMPRIMA EL MANUAL DE OPERACION Y VERIFIQUE QUE NO SE ESTEN EJECUTANDO EN EL EQUIPO APLICACIONES O MANEJADORES DE MEMORIA ACTIVOS O QUE HAGAN USO EXCLUSIVO DE LA MEMORIA ALTA.

4.VERIFIQUE QUE NO HAYA SIDO INSTALADO ANTERIORMENTE EL SISTEMA SIPRED’2003, DE LO CONTRARIO VEA LA SECCION “DESINSTALACION DE SIPRED’2003” EN EL MANUAL DEL USUARIO Y SIGA EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO PARA LA DESINSTALACION.

5.EJECUTAR EL ARCHIVO DE INSTALACION, DE LA RUTA DONDE DEPOSITO LOS ARCHIVOS QUE DESCARGO DE LA PAGINA DEL SAT. ARCHIVO SETUP.EXE.

6.LA INSTALACION DEL SIPRED’2003, INICIARA EL COPIADO DE LOS ARCHIVOS Y UTILERIAS NECESARIAS PARA SU EJECUCION.

7.EL PAQUETE INSTALADOR REVISARA EL ESPACIO DISPONIBLE QUE HAY EN SU DISCO DURO Y EN CASO DE NO CONTAR CON EL ESPACIO NECESARIO, LE INDICARA QUE LIBERE ESPACIO EN DISCO DURO PARA CONTINUAR CON LA INSTALACION. EL ESPACIO LIBRE EN DISCO RECOMENDADO PARA SIPRED’2003 ES DE 60 MB, MAS 900 KB APROXIMADAMENTE, POR CADA DICTAMEN QUE SE CAPTURE.

8.SI USTED DESEA INTERRUMPIR LA INSTALACION DEL SIPRED’2003, LO PODRA REALIZAR EN CUALQUIER MOMENTO. SI RATIFICA QUE ESTA DE ACUERDO EN SALIR DE LA INSTALACION, EL PAQUETE INSTALADOR MANDA UN MENSAJE DE CONFIRMACION Y ELIMINARA LOS ARCHIVOS PREVIAMENTE INSTALADOS.

9.SI DESEA CONTINUAR, EL INSTALADOR MUESTRA UNA BARRA DE AVANCE EN LA QUE INDICA EL PORCENTAJE DE INSTALACION, EL DESTINO Y EL NOMBRE DE LOS ARCHIVOS QUE VA COPIANDO (SE DEBERA RESPETAR LA RUTA DE INSTALACION PROPUESTA POR EL PROGRAMA INSTALADOR).

10.AL TERMINAR DE COPIAR TODOS LOS ARCHIVOS, EL INSTALADOR LE ENVIARA EL MENSAJE QUE INDICA QUE LA INSTALACION HA TERMINADO CORRECTAMENTE Y MUESTRA EL GRUPO DE TRABAJO QUE HA CREADO AUTOMATICAMENTE, CON SU RESPECTIVO ICONO.

11.DURANTE EL PROCESO DE INSTALACION PUEDEN PRESENTARSE CONFLICTOS DE VERSIONES. SE RECOMIENDA CONSERVAR EL ARCHIVO CON LA VERSION MAS ACTUAL.

12.PARA EJECUTAR EL SISTEMA, LO UNICO QUE REQUIERE ES ACCEDER A LA OPCION INICIO-PROGRAMAS-DICTAMENES FISCALES 2003 Y DAR UN CLIC EN LA OPCION SISTEMA DE PRESENTACION DEL DICTAMEN FISCAL 2003.

ES INDISPENSABLE QUE PARA LOGRAR UNA CORRECTA INSTALACION DEL SISTEMA SIPRED’2003, SIGA EL ORDEN DE INSTALACION QUE SE HA MOSTRADO EN CADA UNO DE LOS PASOS ANTERIORES Y ATIENDA LAS RECOMENDACIONES ESPECIFICAS DEL APARTADO “INSTALACION DEL SISTEMA” DEL MANUAL DE OPERACION DEL SIPRED’2003.

APENDICE V CATALOGO DE TIPOS DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS.

OPERACIONES DE INGRESO

01INGRESOS NETOS POR VENTA DE INVENTARIOS PRODUCIDOS

02INGRESOS NETOS POR VENTA DE INVENTARIOS PARA DISTRIBUCION

03INGRESOS POR PRESTACION DE SERVICIOS

04INGRESOS POR MAQUILA

05INGRESOS POR SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

06INGRESOS POR SEGUROS Y REASEGUROS

07INGRESOS POR COMISIONES

08INGRESOS POR REGALIAS

09INGRESOS POR ASISTENCIA TECNICA

10INGRESOS POR INTERESES

11INGRESOS POR ARRENDAMIENTO

12ENAJENACION DE ACCIONES

13VENTA DE ACTIVO FIJO

14OTROS INGRESOS (ESPECIFICAR)

OPERACIONES DE EGRESO

15COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA PRODUCCION

16COMPRA NETA DE INVENTARIOS PARA DISTRIBUCION

17COMPRA DE ACTIVO FIJO

18PAGO DE REGALIAS

19PAGO DE ASISTENCIA TECNICA

20PAGO DE HONORARIOS

21PAGO DE ARRENDAMIENTO

22PAGO DE GARANTIAS

23PAGO DE PUBLICIDAD

24PAGO DE SERVICIOS DE MAQUILA

25PAGO POR OTROS SERVICIOS PRESTADOS

26PAGO POR SERVICIOS FINANCIEROS

27PAGO DE COMISIONES

28PAGO DE INTERESES

29PRIMAS PAGADAS POR SEGURO Y REASEGURO

30COMPRA DE ACCIONES

31OTROS PAGOS (ESPECIFICAR)