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Dentro del marketing empresarial el precio de transferencia es el precio que pactan dos empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o a una misma persona. Mediante este precio se transfieren utilidades entre ambas empresas. Una le puede vender más caro o más barato, a diferencia del precio de mercado. Por lo tanto, el precio de transferencia no siempre sigue las reglas de una economía de mercado, es decir no siempre se regula mediante la oferta y la demanda.

Las normas sobre precios de transferencia buscan evitar que empresas vinculadas o relacionadas (casa matriz y filiales, por ejemplo) manipulen los precios bajo los cuales intercambian bienes o servicios, de forma tal que aumenten sus costos o deducciones, o disminuyan sus ingresos gravables. Este concepto se conoce internacionalmente como Principio Arm’s Length, y ha sido adoptado por la mayoría de las economías del mundo y, en particular, por los países que integran la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE).

 

1 Definición

2 Precios de transferencia en impuestos

2.1 La transferencia de precios como técnica de evasión de impuestos

2.1.1 Ejemplo

3 Marco legal en Venezuela

4 Países que han implementado regulaciones de Precios de Transferencia

 

En empresas con varias divisiones, donde cada una genera parte de un mismo producto final, es difícil medir la eficiencia de cada división, ya que el ingreso por ventas no revela si hay divisiones ineficientes que podrían estar siendo subsidiadas por las eficientes.

Así, una empresa textil podría tener divisiones de: cultivo de algodón, hilado, tejido, fabricación de prendas y venta de las mismas. Cuando esta empresa venda su producto solo puede saber si en el total del proceso ganó o perdió, pero no sabrá el grado de eficiencia de cada división.

Algunas empresas usan un método llamado precios de transferencia (PT) para medir el desempeño de sus divisiones, que consiste en aplicar un precio a las transferencias de productos entre dichas divisiones. Así, por ejemplo, cuando el algodón sale del campo hacia el procesamiento, la división agrícola registra un ingreso por la venta y la división de hilado registra un gasto por la compra.

El valor que registrará cada división depende del parámetro de eficiencia que se quiera usar: el mercado (precio usual de mercado), otras divisiones de la empresa (precio fijado por la Gerencia) o aporte al costo total del producto (costos incurridos), entre los principales métodos.

En la administración tributaria, los PT son usados para determinar las utilidades gravables de grupos empresariales que, por su carácter internacional (transnacional, importador, exportador) tienen divisiones en otros países, puesto que, si todos los gastos del grupo se producen en un país que cobra impuestos y la venta se produce en otro que no los cobra o que tiene menor tasa impositiva, la mayor parte de la ganancia no estará pagando impuestos o pagará una menor cantidad. En otras palabras, una corporación puede aprovechar el control que tiene sobre sus vinculados en el exterior, para transferir tributación de un país con un mayor nivel de impuestos a uno con menor nivel. Por ello, la legislación de precios de transferencia centra su atención en forma especial sobre las operaciones realizadas entre vinculados económicos o partes relacionadas, cuando uno de las partes tiene domicilio fiscal en uno de los territorios conocidos como "paraísos fiscales".

Por ello, los países más desarrollados, que hacen parte de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), y más adelante otros países en el mundo, definieron un marco metodológico para determinar, a través de los PT, los precios o márgenes de utilidad en operaciones realizadas entre compañías controladas (vinculadas económicamente), incluyendo las obtenidas en el extranjero. La base de este marco metodológico es el llamado "principio de plena comp etencia", que en esencia busca determinar cual hubiera sido el precio de la operación o los márgenes obtenidos por las partes si todas sus transacciones se hubiesen realizado dentro de un mercado competitivo, esto es, como si la operación se hubiera realizado con o entre partes independientes. De esta manera, se busca anular el efecto de las llamadas "transacciones controladas", que son aquellas realizadas entre empresas de un mismo grupo y que, por lo tanto, usualmente no mostrarán un precio igual al que tendría esa misma transacción si se hubiera realizado con una parte independiente o en el mercado libre.

Las disposiciones sobre la materia que acogen los principios enunciados por la OCDE, obligan a las empresas a escoger entre seis distintas formas de evaluar el cumplimiento del Principio de Plena Competencia para fines tributarios. Para ello se usa como referencia los precios o márgenes usuales de transacciones comparables en todo el mundo. Dado que las comparaciones normalmente no son perfectas, se deben realizar los ajustes cuantitativos correspondientes a fin de hacer procedente la comparación entre operaciones o compañías. En el caso que se demuestre que las operaciones no se realizaron a precios objetivos, la empresa deberá ajustar al alza su base tributaria y pagar en consecuencia el impuesto adicional, como si la operación hubiera tenido los precios o márgenes que se obtendrían en una operación comparable realizada entre partes independientes.

Por ejemplo, si un artículo se vende a una distribuidora, en otro país, a un precio menor al que cobran otras empresas que venden el mismo artículo, entonces las ganancias del vendedor deben calcularse basadas en el precio usual cobrado por esas otras empresas, con lo cual se incrementa la base gravable y, en consecuencia, la recaudación tributaria. Es por ello que las empresas que realizan operaciones con sus vinculados del exterior, en particular las compañías multinacionales, consideran que las regulaciones en PT son uno de los aspectos tributarios que requieren especial atención y planeación.

La transferencia de precios como técnica de evasión de impuestos

La Transferencia de Precios es una técnica de evasión de impuestos consistente en la venta de productos o servicios entre empresas vinculadas económicamente y situadas en países con diferentes legislaciones en materia de impuestos. Normalmente una de ellas suele estar ubicada en un paraíso fiscal.

Consiste en la venta de productos o servicios muy por debajo del precio de mercado a empresas situadas en jurisdicciones fiscalmente favorables que, luego, son revendidos por estas empresas en mercados donde se gravan más los beneficios empresariales. De este modo, se logra obtener beneficios en jurisdicciones que gravan los beneficios empresariales sin pagar impuestos.

Ejemplo

La empresa A está ubicada en un país donde se gravan los beneficios empresariales con un impuesto del 35%, mientras que la empresa B está situada en un país donde los beneficios empresariales no tributan. Ambas empresas pertenecen al mismo propietario.

La empresa A vende a la empresa B su producción a precio de coste, obteniendo 0 beneficio. La empresa B vende la producción adquirida a la empresa A en la jurisdicción de la empresa A, a precio de mercado y obteniendo cuantiosos beneficios, por los cuales no paga impuestos en su jurisdicción.

Resultado: El propietario de las empresas A y B está obteniendo beneficios de su actividad productiva y comercial en la jurisdicción que grava los beneficios fiscales sin pagar impuestos.

El 22 de Octubre de 1999, según la Gaceta Oficial No 5390, se emitió el Decreto Ley de Reforma Parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta, el cual introdujo por primera vez las normativas en materia de precios de transferencia.

La introducción de esta nueva norma permite a Venezuela prevenir la transferencia de ingresos al exterior por parte de las compañías multinacionales mediante el manejo de precios de los bienes y servicios importados y exportados a las compañías relacionadas, sea por la razón que fuera.

El 28 de Diciembre de 2001, se reformó nuevamente la Ley de Impuesto Sobre La Renta, esta última introdujo importantes cambios a la normativa relativa a la materia de precios de transferencia, desde el artículo 112 hasta el artículo 170. De esta forma se cambió totalmente la normativa legal acerca de los Precios de Transferencia, así como también se le dio una orientación conceptual diferente a la establecida el 22 de octubre de 1999.

En la nueva normativa de precios de transferencia se adoptó el PRINCIPIO ARM'S LENGTH "Principio de Plena competencia o concurrencia " para transacciones entre compañías relacionadas similar al concepto establecido en la Guía sobre Precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) en el año 1995, de hecho nuestra Ley de Impuesto sobre la Renta contempla la aplicación de esta norma en forma supletoria.

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