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Anexo 1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005

 

A.

Contenido

Formas oficiales aprobadas.

B. a E.

...

F.

Listado de información que deberán contener las formas oficiales que publiquen las Entidades Federativas.

 

A. Formas oficiales aprobadas.

 

 

1.                                                                                                                                                                                          

 

 

2.     Ley del ISR

 

Número

Nombre de la forma oficial

Medio de presentación

Impreso

(Número de ejemplares a presentar)

Electrónico

....

 

...

 

...

 

 

 

 

 

35

Declaración Informativa por contraprestaciones o donativos recibidos superiores a 100,000.00 pesos

Programa electrónico www.sat.gob.mx

 

Internet

 

 

 

....

..

...

 

 

 

 

 

3. a 6. ...

 

B. a E. ..

F.

Listado de información que deberán contener las formas oficiales que publiquen las Entidades Federativas.

1.

Declaraciones de pago.

a) a c).

d)

....

Listado de requisitos mínimos que deberán contener las formas oficiales que publiquen las Entidades Federativas a que hace referencia la fracción III de la Cláusula Segunda del Anexo
No. 3 de los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal conforme a las Leyes del Impuesto sobre la Renta y Valor Agregado para el ejercicio fiscal de 2006 y siguientes. Régimen de Pequeños Contribuyentes.

 

d) Listado de requisitos mínimos que deberán contener las formas oficiales que publiquen las Entidades Federativas a que hace referencia la fracción III de la Cláusula Segunda del Anexo No. 3 de los Convenios de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal conforme a las Leyes del Impuesto sobre la Renta y Valor Agregado para el ejercicio fiscal de 2006 y siguientes. Régimen de Pequeños Contribuyentes.

DATOS DE IDENTIFICACION

REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC)

CLAVE UNICA DE REGISTRO DE POBLACION (CURP)

PERIODO DE LA DECLARACION QUE SE PRESENTA (MES-AÑO/MES-AÑO)

APELLIDO PATERNO, MATERNO Y NOMBRE(S)

TIPO DE DECLARACION:

N= NORMAL

C= COMPLEMENTARIA

R= CORRECCION FISCAL

EN CASO DE COMPLEMENTARIA O CORRECCION FISCAL, FECHA DE PRESENTACION DE LA DECLARACION INMEDIATA ANTERIOR (DIA/MES/AÑO Y NUMERO DE OPERACION O FOLIO ANTERIOR)

TOTAL A PAGAR (J) o (S + CC)

PAGO CUOTA UNICA ISR E IVA

A. CUOTA UNICA (ISR e IVA) (Sólo cuando fue estimada por la Entidad Federativa, anote monto renglón j. del apartado CUOTA UNICA ISR e IVA )

B. PARTE ACTUALIZADA DE LA CUOTA UNICA

C. RECARGOS

D. MULTA POR CORRECCION FISCAL

E. TOTAL DE CONTRIBUCIONES (A + B + C + D) 

F. CREDITO AL SALARIO (sin exceder de E)    

G. OTROS ESTIMULOS (sin exceder de E - F)

H. MONTO PAGADO CON ANTERIORIDAD (en la declaración que rectifica)

I . PAGO EN EXCESO (F + G + H – E cuando E es menor )

J. CANTIDAD A PAGAR (E – F - G – H cuando E es mayor)

PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Cuando no se pague mediante cuota única

K. IMPUESTO SOBRE LA RENTA (anote la suma de los renglones e + i)

L. PARTE ACTUALIZADA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

M. RECARGOS

N. MULTA POR CORRECCION FISCAL

Ñ. TOTAL DE CONTRIBUCIONES (K + L + M + N) 

O. CREDITO AL SALARIO (sin exceder de Ñ)    

P. OTROS ESTIMULOS (sin exceder de Ñ - O)

Q. MONTO PAGADO CON ANTERIORIDAD (en la declaración que rectifica)

R. PAGO EN EXCESO (O + P + Q – Ñ cuando Ñ es menor )

S. CANTIDAD A PAGAR (Ñ – O – P – Q cuando Ñ es mayor)

PAGO DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Cuando no se pague mediante cuota única

T. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (anotar renglón k u o)

U. PARTE ACTUALIZADA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

V. RECARGOS

W. MULTA POR CORRECCION FISCAL

X. TOTAL DE CONTRIBUCIONES (T + U + V + W)

Y. CREDITO AL SALARIO (sin exceder de X)

Z. OTROS ESTIMULOS (sin exceder de X - Y)

AA. MONTO PAGADO CON ANTERIORIDAD (en la declaración que rectifica)

BB. PAGO EN EXCESO (Y + Z + AA - X cuando X es menor)

CC. CANTIDAD A PAGAR (X - Y- Z - AA cuando X es mayor)

 


 

DETERMINACION DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Cuando no se pague mediante cuota única

CONFORME A LA LEY

a. TOTAL DE INGRESOS OBTENIDOS EN EL PERIODO

b. DISMINUCION (sin exceder de a)

c. BASE DEL IMPUESTO (a – b)

d. TASA 2%

e. IMPUESTO A PAGAR (c por d)

 

INGRESOS POR LA ENAJENACION DE MERCANCIAS DE PROCEDENCIA EXTRANJERA

(ART. 137, SEXTO PARRAFO DE LA LISR)

f. INGRESOS POR LA ENAJENACION DE MERCANCIAS

g. VALOR DE ADQUISICION DE DICHAS MERCANCIAS

h. UTILIDAD BASE DEL PAGO (f – g)

i. IMPUESTO A PAGAR (h por la tasa 20%)

CUOTA UNICA (ISR e IVA)

j. CUOTA UNICA ISR e IVA

DETERMINACION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Cuando no se pague mediante cuota única

1. Ultima cuota mensual de IVA pagada con anterioridad a la fecha de entrada en vigor del Decreto que reforma adiciona y deroga diversas disposiciones fiscales vigente a partir del 1o. de enero de 2006

k. CUOTA CORRESPONDIENTE AL ULTIMO BIMESTRE DE 2005

2. Cuota estimada mensual (inicio de actividades)

l. Valor de las actividades a la tasa del 15%

m. Valor de las actividades a la tasa del 10%

n. IVA a cargo (l por 15% + m por 10%)

ñ. IVA Acreditable estimado mensual

o. Cantidad a pagar ((n - ñ) por 2)

DATOS INFORMATIVOS DEL PERIODO

I. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

A1. VALOR DE LOS ACTOS O ACTIVIDADES POR EL PERIODO QUE SE DECLARA:

aa. A LA TASA DEL 15%

bb. A LA TASA DEL 10%

cc. A LA TASA DEL 0%

dd. ACTOS O ACTIVIDADES EXENTAS

B1. MONTO TOTAL DE GASTOS, DE MERCANCIAS Y DE INVERSIONES POR LOS QUE SE LE TRASLADO IVA

II. IMPUESTO SOBRE LA RENTA

C1. MONTO TOTAL DE INGRESOS PROPIOS DE SU ACTIVIDAD EMPRESARIAL OBTENIDOS POR EL PERIODO QUE SE DECLARA

D1. MONTO DE INTERESES OBTENIDOS POR EL PERIODO QUE SE DECLARA

DATOS COMPLEMENTARIOS DE IDENTIFICACION

DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE LOS DATOS CONTENIDOS EN ESTA DECLARACION
SON CIERTOS

FIRMA O HUELLA DIGITAL DEL CONTRIBUYENTE O BIEN, DEL REPRESENTANTE LEGAL, QUIEN MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE A ESTA FECHA EL MANDATO CON EL QUE SE OSTENTA NO HA SIDO MODIFICADO O REVOCADO

 

Atentamente

México, D.F., a 17 de marzo de 2006.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, José María Zubiría Maqueo.- Rúbrica.